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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 1998 (27/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

Lima, martes 27 de enero de 1998 bar una copia del convenio, en la Oficina d e Trámite Docu- mentario del Ministerio de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de ExtracciónCONVENIO DE GARAN TIA DE FIEL Y CABAL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTE- NIDAS EN LA R.M. N° 031-98-PE POR EL QUE SE AUTORIZA LA EXTRACCION DEL RECURSO HIDROBIOLOGICO ANCHOVETA BLANCA EN LA ZONA COMPRENDIDA ENTRE EL EXTREMO NORTE DEL DOMINIO MARITIMO Y EL PARALELO 6” LATITUD SUR, CON DESTINO AL CONSUMO HUMANO DIRECTO Y/O INDIRECTO Conste por el presente documento, el Convenio que celebran de una parte el MINISTERIO DE PESQUERIA con RUC N° 13137196, con domicilio en calle Uno Oeste N° 060, ur%nización Corpac, San Isidro - Lira, reresentado Por Director Nacional 8xtracción . . . . . . . ..*........................*....... .a quien en adelante se denomina- ra «EL MINISTERIO», y de otra parte el armador o empre- sa. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . conRUC N° . . . . . . . . . domicilio representada por ~~;;;&*‘*&ctoral N O. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .identificado con . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . con poder inscrito en. . . . . . . . . . . . ...*.. >delos Registros Públicos d e. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . presentant edela(s) embarcación( es) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .con GE- trícula N° . . . . . . . . ,capacidad de bodega . . . . . . . . . . . . . m3, a quien en adelante se le denominará «EL ARMADOR" o LA EM- PRESA),, en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES La suscripción del presente Convenio se realiza en base a las disposiciones establecidas en la Resolución Ministerial No 031-98-PE de fecha 23 de enero 1998, a través de la cual el Ministerio de Pesquería autoriza desde las 00.00 horas deldía 27 de enero de 1998 y por un período de sesenta (60) días calendario, las actividades pesqueras de extracción y proce- samiento del recurso anchoveta blanca (Anchoa nasus), con destino al consumo humano directo e indirecto. CLAUSULA SEGUNDA : OBJETO El presente Convenio tiene por objeto garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones a cargo de los arma- dores y/o empresas pesqueras comprendidas en la R.M. No 03 l-98-PE, que autoriza las actividades pesqueras de extrac- ción y procesamiento del recurso anchoveta blanca (Anchoa nasus), con destino al consumo humano directo e indirecto, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo y el paralelo 6” Latitud Sur. CLAUSULA TERCER A : OBLIGACIONES La suscripción del presente Convenio genera a cargo del armador y/o la empresa pesquera las siguientes obligacio- nes: a) Contar con permiso de pesca para la extracción de anchoveta y sardina, otorgado por el Ministerio de Pesque- ría. b) Estar incluidas en el Anexo 1 del Decreto Supremo No 008-97-PE de fecha 22 de octubre de 1997, o haber sido incorporadas al indicado anexo mediante la Resolución co- rrespondiente. c) Utilizar en las faenas de pesca, redes de cerco con un tamaño mínimo de malla de 1/2 pulgada (13 mm.). d) Contar con los equipos conformantes del Sistema de Control Automatizado del Ministerio de Pesquería. e) Acatar el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 7” de la Resolución Ministerial No 031-98-PE, que establece una tolerancia máxima de 10% como captura incidental en conjunto de los recursos anchoveta (Engraulis ringens) y sardina (Sardinops sagax), expresada en el número de ejemplares. f) Brindar las facilidades que el caso’requiera, para que los inspectores de la empresa que resultó ganadora del concurso “Verificación de artes de pesca, sistemas de conser- vación a bordo y volúmenes de descarga de las embarcacio- nes industriales para consumo humano directo e indirecto de las especies anchoveta, sardina, jurel y caballa”, en adición a los Organos del Ministerio de Pesquería, Direcciones Regionales y Subregionales de Pesquería, efectúen la s labo- res de seguimiento y control de las actividades extractivas autorizadas en el Artículo 1° de la Resolución Ministerial N°031-98-PE.CLAUSULA CUARTA : COMPROMISO GENERAL El armador y/o la empresa asume el compromiso de efectuar las faenas de pesca conforme al princi io de responsable que rige el Derecho Pesquero, en t aP sentiS8e compromete a asegurar la conservación y racional explcka- ción de los recursos hidrobiológicos objeto del presente convenio. CLAUSULA QUINTA : COMPROMISOS ESENCIA- LES a) El armador /o la empresa declara asumir como compromiso esencia Ide este convenio, el acogimiento a la Resolución Ministerial No 031-98-PE de fecha 23 de enero de 1998, y las condiciones establecidas en la misma. b) El armador y/o empresa declara asumir como compro- miso esencial, que el incumplimiento d e la obligaciones contenidas en el presente convenio, dará lugar a la suspen- sión de sus efectos jurídicos por un plazo de siete (07 ) días . calendario, contados a partir del día siguiente de la notifica- ción que efectúe la Dirección Naciona l de Extracción del Ministerio de Pesquería. CLAUSULA SEXTA : PLAZO DE DURACION El presente Convenio tendrá como plazo de duración, la vigencia de la Resolución Ministerial N° 031-98-PE la que se hace mención en la clausula primera del presente convenio. CLAUSULA SEPTIMA : RESOLUCION Las partes expresamente acuerdan que el presente Con- venio podrá resolverse automáticamente y de pleno derecho, conforme a lo establecido en’ el Artículo 1430” del Código Civil, en el supuesto de que « EL ARMADOR o «LA EMPRESA,) incumpla con alguna de la s obligaciones y compromisos que se generan con la suscripción del resente documento y que se encuentran detalladas en las c Páusulas precedentes. Las partes declaran su plena conformida d con cada una de las clausulas comprendidas en el presente Convenio, el mismo que se suscribe en original y tres copias a los . . . . . . . . días delmesde. . . . . . . . . . . . . .de mil novecientos noventiocbo. POR EL MINISTERIO DE PESQUERIA Director Nacional de ExtracciónPOR LA EMPRESA 0951 .......................................................................................................... . ............................................................... . ........ . ................................. ., . ............... ..............................................................................:........................................... ..................... .................................................. ........................................... ................ :............................................................. .................................................. . ...................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................... ........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................ ............................. . ................... ................................. ...:.:.:.-.ii:::i:i-i:ii:i:i:i-:i:::i:~:~:i:i:::-:~:ial[-~~~~~~~~~~~~~~~~ .~.~.~.~.~.~.~,~.~.~.~.~.~.~.~.~.’.~.’.~.~.~.~.~.~.~.~.‘.~.......................................................... .~.~.~.~.‘.‘.~.‘.’ ..: ::*~:::.‘.:.:.,:.,::: 1.:. :.:.. * . ....... . ......... . .............. . ................ . ................................................................................................................................................................................................................................................... . ................................................................... . Precisan características técnicas de modelos de automóviles contenidos en la Tabla de Valores Referenciale s de Vehículos RESOLUCION MINISTERIAL N° 020-98-EF/15 Lima, 26 de enero de 1998 CONSIDERANDO:Que mediante la Resolución Ministerial No 011-98.EF/15 se aprob6 la Tabla de Valores Referenciales de Vehículos |ara efecto de determinar la base imponible del Impuesto a a Propiedad Vehicular, correspondiente al ejercicio grava- ble de 1998; Que es conveniente precisar las características técnicas de algunos modelos de vehículos, para la mejor aplicación del Impuesto; De conformidad con lo establecido en el Articulo 32” de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Legis- lativo N° 776; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Precísase las características técnicas de los siguientes modelos de vehículos contenidos en la Tabla de Valores Referenciales de Vehículos, aprobada por Resolu- ción Ministerial N° 01 l-98-EF/15: