Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 1998 (17/02/1998)
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NORMAS LEGALES
MORDAZA, martes 17 de febrero de 1998
el que propone la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MOREANO SISLEY, como Defensora de Oficio; CONSIDERANDO:
Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 1771
Que por Decreto de Urgencia Nº 082-97 fueron transferidas las Partidas Presupuestales de los Defensores de Oficio del Pliego: 004 Poder Judicial al Pliego 006: Ministerio de Justicia; Que por Resolucion Ministerial Nº 018-98-JUS, se aprobo el MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal en el que se encuentran comprendidas las plazas de Defensor de Oficio; Que se encuentra vacante una plaza de Defensor de Oficio; Que es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo publico considerado de confianza a fin de garantizar la continuidad del servicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la doctora MORDAZA MORDAZA MOREANO SISLEY, como Defensora de Oficio. Articulo 2º.- El Director Nacional de Justicia determinara la Sala Penal donde prestara sus servicios. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 1791
PESQUERIA
Aprueban modelos de declaracion jurada y convenio de garantia de cabal cumplimiento de obligaciones contenidas en la R.M. Nº 068-98-PE
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 034-98-PE/DNE MORDAZA, 16 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 068-98-PE, de fecha 13 de febrero de 1998, se establece que los armadores de embarcaciones pesqueras con capacidad de bodega entre los 32.6 m3 y 110 m3, podran dedicarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion indicada hasta el 30 de junio de 1998 a la actividad extractiva de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, distinto a los autorizados en sus correspondientes permisos de pesca, con excepcion de los recursos anchoveta, sardina y merluza, cualquiera que fuera su destino. Que el inciso a) del Articulo 2º de la citada Resolucion dispone que para dedicarse a las actividades extractivas referidas en el considerando anterior, las embarcaciones pesqueras deben contar con permiso de pesca otorgado por el Ministerio de Pesqueria de conformidad al Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca y su Reglamento. Asimismo, los incisos d) y e) establecen que los armadores deberan presentar Declaracion Jurada en la que se senale que cuentan con MORDAZA con hielo o sistema CSW cuyo uso es obligatorio durante las faenas de pesca y suscribir ante la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria, Direcciones Regionales y Subregionales segun corresponda, un convenio en el que se garantice el fiel y cabal cumplimiento de cada una de las obligaciones contenidas en la presente norma; Que en el mismo articulo a que se hace referencia en el considerando precedente, se confiere a la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria la facultad de aprobar mediante Resolucion Directoral los modelos de Declaracion Jurada y convenio a que se refieren los incisos d) y e) del citado articulo; De conformidad a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 068-98-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el modelo de Declaracion Jurada y Convenio a suscribirse ante la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria, Direcciones Regionales y Subregionales de Pesqueria segun corresponda, por el que se garantiza el fiel y cabal cumplimiento de cada una de las obligaciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº 068-98-PE, los mismos que en anexo forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los armadores y empresas que deseen acogerse a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 068-98-PE deberan presentar a la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria, Direcciones Regionales y Subregionales de Pesqueria segun corresponda: a) Solicitud dirigida al Director Nacional de Extraccion.
INTERIOR
Encargan las funciones del cargo de Procurador Adjunto de la procuraduria de asuntos judiciales relativos a terrorismo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0151-98-IN-010101000000 MORDAZA, 16 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA CJ. PNP MORDAZA TAMAYO MORDAZA Procurador Adjunto de la Procuraduria de Asuntos Judiciales relativos a Terrorismo se encuentra de vacaciones durante el mes de febrero; Que, es conveniente que se encargue dicha Procuraduria Adjunta en tanto dure la ausencia del referido oficial CJ. PNP; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley Organica del Ministerio del Interior; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar a partir de la fecha, las funciones del cargo de Procurador Adjunto de la Procuraduria de Asuntos Judiciales relativos a Terrorismo, al senor Crnl. CJ. PNP MORDAZA MORDAZA COELLO MORDAZA, mientras dure la ausencia del titular.