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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 1998 (22/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 162476 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de julio de 1998 DISPOSICION FINAL Unica.- En lo no previsto en el presente reglamento, se aplicará supletoriamente la Ley Orgánica de Eleccio- nes, en tanto sea pertinente; quedando facultado el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales a dictar las disposiciones necesarias para la organización y desarrollo del proceso electoral. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Existiendo actualmente en el Consejo Nacional de la Magistratura un miembro de los Cole- gios Profesionales, en la primera elección comple- mentaria que deberá realizar la Oficina Nacional de Procesos Electorales se proclamará sólo al primero que obtenga mayor votación como titular y el siguiente como suplente; quienes en todo caso desempeñarán el cargo sólo hasta cubrir el período que falta al cargo declarado vacante. Segunda.- Para el proceso a que se refiere la disposi- ción anterior la Oficina Nacional de Procesos Electorales, solicitará el presupuesto respectivo a la entidad corres- pondiente. 8174 J N E Convocan a candidatos no proclama- dos para que asuman cargos de regi- dores de los Concejos Distritales de Marcas y Santa María RESOLUCION Nº 434-98-JNE Lima, 16 de julio de 1998 VISTOS: El Oficio Nº 33-98-MDM recibido con fecha 14 de mayo del año en curso, remitido por el Alcalde del Concejo Distrital de Marcas, de la provincia de Acobamba, don Angel Rolando Chancha Cabrera, comunicando que en sesión ordinaria de fecha 12 de junio de 1997, se declaró la vacancia del cargo de regidor que desempeñaba don Teodoro Vítor Pedroza, por la causal de haberse reincor- porado como trabajador de la Municipalidad Distrital de Marcas; por lo que solicita pronunciamiento sobre dicha vacancia, remitiendo para el efecto, la documentación sustentatoria; Las comunicaciones recibidas con fechas 9 y 15 de julio del presente año, remitidas por el ciudadano Juan Vitalia- no Sulca Aguilar, candidato no proclamado de la Lista Independiente "Unidos por un Nuevo Cambio Acobamba - 95" para el distrito de Marcas, quien solicita se le otorgue credencial de regidor en reemplazo de don Teodoro Vítor Pedroza, presentado para efectos de acreditar su identi- dad, copia legalizada de su Libreta Electoral y transcrip- ción original de su Partida de Nacimiento; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 10) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, es atribución de los Concejos Municipales declarar la vacancia de los cargos de Alcalde y Regidores, por las causales previstas en los Artículos 26º, 38º y 88º de la ley acotada; Que, el Concejo Distrital de Marcas, de la provincia de Acobamba, en sesión de fecha 12 de junio de 1997, adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 20-97-MDM que declaró la vacancia del cargo de regidor que venía desempeñando don Teodoro Vítor Pedroza, por la causal prevista en el inciso 11) del Artículo 23º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, concordante con el inciso 3) del Artículo 26º del mismo cuerpo legal, conforme se aprecia de la copia certificada de la correspondiente acta obrante a fojas cuatro a la siete, en la que ha quedado asentada la concurrencia de la totalidad de miembros del Concejo Distrital de Marcas, a dicha sesión, incluyendo al regidorvacado, habiéndose aprobado por unanimidad declarar la vacancia submateria; Que, la causal invocada en el presente caso, ha que- dado acreditada con la Resolución Municipal Nº 01-87/ AL-MDM de fecha 11 de enero de 1987, cuya copia legalizada corre a fojas ocho, desprendiéndose de la lectura de ésta, el nombramiento de don Teodoro Vítor Pedroza como trabajador permanente de la Municipali- dad de Marcas en el cargo de Oficial Registrador; y estando al inciso 11) del Artículo 23º de la Ley Nº 23853 que señala la prohibición de desempeñar los cargos de Alcalde o Regidor a los trabajadores de la misma Muni- cipalidad, se ha determinado la existencia de la causal de vacancia para el cargo que desempeñaba don Teodoro Vítor Pedroza; Que, pese a la concurrencia del regidor vacado a la sesión del día 12 de junio de 1997, se ha cumplido con efectuar la notificación del Acuerdo de Concejo Nº 20-97- MDM mediante el Juez de Paz del distrito de Marcas, conforme se acredita con el cargo correspondiente que corre a fojas nueve, donde se consigna la firma de recep- ción de don Teodoro Vítor Pedroza; quien no ha impugna- do el acuerdo de vacancia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, los regidores son reemplazados por los suplentes de la misma lista electoral, por lo que corresponde asumir dicho cargo a don Juan Vitaliano Sulca Aguilar, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente "Uni- dos por un Nuevo Cambio Acobamba - 95", conforme aparece en la relación de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Acobamba, que se tiene a la vista; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a don Juan Vitaliano Sulca Aguilar, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente "Unidos por un Nuevo Cambio Aco- bamba - 95", para que asuma el cargo de regidor en el Concejo Distrital de Marcas, de la provincia de Acobamba, a fin de completar el período de gobierno municipal 1996- 1998. Artículo Segundo.- Otorgar a don Juan Vitaliano Sulca Aguilar, la credencial que lo acredite como regidor del Concejo Distrital de Marcas. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías que requiera el cumpli- miento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 8169 RESOLUCION Nº 435-98-JNE Lima, 16 de julio de 1998 VISTOS: La comunicación recibida el 30 de diciembre de 1997, remitida por don Nicéforo Guerrero Herrera, regidor del Concejo Distrital de Santa María, provincia de Huaura, comunicando que el regidor don Luis Rolando Barzola Collantes fue condenado por la Sala Penal de la Corte Superior de Huaura por la comisión del delito de abuso de autoridad en agravio de Tomás Saavedra Susanibar a la pena privativa de un año con el carácter de suspen- dida e inhabilitación; sentencia condenatoria que la Sala Penal de la Corte Suprema de la República ha declarado no haber nulidad en fecha 26 de junio de 1997; que en sesión del Concejo Distrital de Santa María de fecha 24 de octubre de 1997 se acordó no declarar la vacancia del regidor Luis Rolando Barzola Collantes argumentando que éste había presentado un recurso de revisión; y, solicitando que declare la vacancia del regidor Luis Rolando Barzola Collantes por estar incurso en el Artí-