Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 1998 (15/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de junio de 1998

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 618-98-DGPNP/ DIPER de 27.FEB.98, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC AA PNP MORDAZA LONGA MORDAZA, por haber incurrido en presunto Abandono de Cargo desde el 22.ABR.97, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicacion de la indicada Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada por la mencionada servidora constituye grave falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "d" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en su Acta Nº 60-98-COPEPROAD-PNP de 16.MAR.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC AA PNP MORDAZA LONGA MORDAZA (52), CIP Nº 31027588, con Destitucion con fecha 22.ABR.97, en via de regularizacion; por falta disciplinaria (Abandono de Cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6061 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0453-98-IN/PNP MORDAZA, 3 de junio de 1998 Visto, el Parte Nº 142-97-OCI-DIPER-PNP de 27.SET.97, de Registro C-381-2597-DIPER PNP-DAPEYEC, instruido con relacion a la falta disciplinaria cometida por el EC TA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA (48), CIP Nº 70017334. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 222-98-DGPNP/ DIPER de 9.FEB.98, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al EC TA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber sustraido sistematicamente del Departamento de Tesoreria de la Asociacion de Oficiales en Retiro "Guardia Republicana del Peru" (ASOFER-GRP), DIECISEIS (16) cheques de la cuenta corriente que la citada Asociacion tenia en el Banco Continental, retirando dinero por un monto de TRECE MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES (S/. 13,500.00); hecho ocurrido desde aproximadamente el 31.DIC.96 hasta el 9.JUL.97, cuando el referido servidor se desempenaba en el Area de Contabilidad de la ASOFER-GRP, para lo cual falsifico la firma del Presidente de la Asociacion mencionada; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, el MORDAZA no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada por el mencionado servidor constituye grave falta disciplinaria,

acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "j" y 26º Inc. "d" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en su Acta Nº 44-98-COPEPROAD-PNP de 26.FEB.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar al EC TA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA (48), CIP Nº 70017334, con Destitucion con fecha de la presente resolucion; por falta disciplinaria (Actos de inmoralidad). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente resolucion al interesado, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6062

Sancionan con cese temporal a servidor de la Subprefectura de la provincia de Tumbes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0454-98-IN-1300 MORDAZA, 3 de junio de 1998 Vista el Acta Nº 011-98-IN-1300 del 19 de MORDAZA de 1998 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior relativa a la conclusion del MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Libreta Electoral Nº 15599431, Tecnico Administrativo III - STA de la Subprefectura de la provincia de Tumbes de la Prefectura de la Region Grau de la Direccion General de Gobierno Interior. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0289-98-IN-01130 del 13 de MORDAZA de 1998, se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario al mencionado servidor por haber incurrido presuntamente en graves faltas de caracter disciplinario tipificadas en el Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276, inciso a) al incumplir lo dispuesto en el inciso e) del Articulo 21º de la misma MORDAZA legal e inciso b) por reiterada resistencia al cumplimiento de las ordenes de sus superiores relacionadas con sus labores; inciso h) uso de la funcion con fines de lucro e inciso k) por ausencias injustificadas por mas de tres (3) dias consecutivos al tomar quince (15) dias de vacaciones suplementarios a su periodo vacacional reglamentario; Que, mediante Notificacion Nº 004-SG/OR la Secretaria General del Ministerio del Interior hizo conocer al mencionado servidor la Resolucion Ministerial MORDAZA acotada; Que, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Documento de Recepcion Nº 054-98 del 23 de MORDAZA de 1998, solicito prorroga del plazo legal para la MORDAZA de su descargo escrito y pruebas en su defensa; prorroga que fue concedida mediante Oficio Nº 044-98-IN-011300000000 del 24 de MORDAZA de 1998; Que, el mencionado servidor mediante Documento de Recepcion Nº 057-98 del 30 de MORDAZA de 1998 presento su Descargo Escrito y pruebas en su defensa y solicito efectuar su Informe Oral; diligencia que se desarrollo de conformidad a lo establecido en el Oficio Nº 046-98-1300 del 5 de MORDAZA de 1998; Que, revisados los actuados, escuchando el Informe Oral y analizadas las pruebas presentadas, la Comision Permanente

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