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Pág. 160727 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de junio de 1998 la OCN-INTERPOL, en donde se habrían falsificado las firmas del Coronel PNP Francisco SALINAS GUERRERO y Comandan- te PNP Oscar M. MUÑOZ DET; Que, en curso de las investigaciones administrativas, se ha determinado que el ciudadano coreano KIM SEONG HWA, se encuentra requisitoriado por la Sala Superior Corporativa de la Corte Superior de Justicia de Lima, por delito de Secuestro Agravado en grado de tentativa y que ésta habría sido la razón para presentar su expediente en Migraciones con documentos fraguados en complicidad con el ESP1 PNP Daniel SAMAME MENDOZA y la ET1 PNP Ernestina Julia CRUZ MENA y otros miembros de la PNP, aún no identificados, según el Informe Nº 005-98-IN/OCI.O.INV.; Que, los hechos expuestos son constitutivos del delito contra la Fe Pública-Falsificación de Documentos, previsto en el Art. 295º Incs. 1), 2), 3) y Art. 297º Inc. 2) del CJM, así como en el Art. 497º del Código Penal vigente, hechos que ameritan ser denun- ciados e investigados en los fueros jurisdiccionales respectivos; Que, de conformidad con el Art. 12º y el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que en defensa y representación del Estado, proceda a interponer las acciones legales pertinentes, contra el ciudadano coreano KIM SEONG HWA, ESP1 PNP Daniel SAMAME MENDOZA, ET1 PNP Ernestina Julia CRUZ MENA y contra los que resulten responsables, por el presunto delito contra la Fe Pública- Falsificación de Documentos a que se contraen los consideran- dos de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase todo lo actuado al Procurador Públi- co a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 4932 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0351-98-IN/0101010000 Lima, 6 de mayo de 1998 Visto, el Oficio Nº 667-98-IN-011202000000 de 14.ABR.98, procedente del Procurador Público a cargo de los Asuntos Judi- ciales del Ministerio del Interior, solicitando expedición de Resolución Ministerial Autoritativa. CONSIDERANDO: Que, el 14.AGO.96, el ex Gobernador del distrito de Vicco provincia de Cerro de Pasco, formuló denuncia ante el Organo de Control Interno del Ministerio del Interior, en contra de Teobe- gildo CHAVEZ MALPARTIDA, Gobernador del distrito de Chaupimarca y encargado de la Subprefectura de la provincia de Cerro de Pasco, por los supuestos delitos contra la Fe Pública- Falsificación de Documentos y cobro indebido de haberes; Que, Juan SERNA MALPARTIDA, en el mes de diciembre de 1995, presentó la Resolución Prefectural Nº 318-95-G- PRAAC; solicitando al Gobernador de ese entonces Sr. Eladio MATIAS ATACHAGUA, la entrega de la gobernación y los bienes por haber sido nombrado Gobernador del distrito deVicco, a quien no se le entregó el cargo, en razón que Teobegildo CHAVEZ MALPARTIDA, encargado de la Subprefectura de la provincia de Pasco, dispuso la encargatura de la gobernación al Sr. Lalo ESPINOZA ARRELLANO, mediante Memorándum Nº 008-96-SP de 29.ENE.96; Que, de las investigaciones administrativas llevadas a cabo en torno a los hechos denunciados, se ha llegado a estable- cer que el ex Subprefecto de la provincia de Cerro de Pasco, ha inducido a error a la Administración Pública, enviando infor- mación falsa, permitiendo que Juan SERNA MALPARTIDA, cobre indebidamente remuneraciones como Gobernador, du- rante los meses de ENE.96 y ABR.96, ascendente a la suma de DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTISIETE 06/100 NUE- VOS SOLES (S/. 2,387.06), en agravio del Estado, según Informe Nº 006-98-IN/OCI.O.INS; Que, los hechos descritos son constitutivos de los delitos contra el Patrimonio-Estafa Genérica, Art. 196º del CP. y contra la Fe Pública-Falsificación de Documentos en general (Art. 427º del CP.), que ameritan ser denunciados e investigados en el órgano jurisdiccional respectivo; Que, de conformidad con el Art. 12º y el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que en defensa y en representación del Estado, proceda a interponer las acciones legales pertinentes, contra Juan SERNA MALPARTI- DA y Teobegildo CHAVEZ MALPARTIDA y de los que resulten responsables por los precitados delitos, referidos en la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase todos los actuados al señor Procura- dor Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 4933 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0352-98-IN/01010100000 Lima, 6 de mayo de 1998 Visto, el Oficio Nº 668-98-IN/011202000000 del 14.FEB.98, procedente del Procurador Público a cargo de los Asuntos Judi- ciales del Ministerio del Interior, solicitando expedición de Resolución Autoritativa. CONSIDERANDO: Que, el 5.AGO.97 el señor Henry ZUÑIGA FLORES pre- sentó su expediente a la Mesa de Partes de la DICSCAMEC registrándose con el Nº 14774, solicitando la renovación de su Licencia para portar un arma PARABELLUM, documento que fue remitido al Departamento de Armas y Municiones (DAM) junto con otros expedientes detallados y en la relación 544, para el estudio y trámite correspondiente; Que, el DAM, con fecha 11.AGO.97 devolvió los expedientes con los Carné-Licencias reteniendo el expediente de Henry ZUÑIGA FLORES porque faltaba el examen psicológico y la copia de la constitución de empresa del solicitante; ante tal AVISO CONTADURIA PUBLICA