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Pág. 160729 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de junio de 1998 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP Elsa Liliana GOMEZ TALAVERA (41), CIP Nº 262556, con Destitución con fecha 19.SET.94, en vía de regularización; por falta disciplinaria (Abandono de Cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente resolución a la interesada, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente reso- lución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 6042 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0434-98-IN/PNP Lima, 3 de junio de 1998 Visto, el Parte Nº 081.96.DISAN/HCPNP/OCI.UI. de 25.ABR.96, de Registro C-253-354-DIPER PNP-DAPEYEC, instruido con relación a la falta disciplinaria cometida por la EC AA PNP María Eda MORANTE OTERO (45), CIP Nº 31028446. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 178-98-DGPNP/ DIPER de 29.ENE.98, se instauró proceso administrativo disci- plinario a la EC AA PNP María Eda MORANTE OTERO, por haber incurrido en presunto Abandono de Cargo desde el 9.MAR.96, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicación de la indicada Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo co- rrespondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente resolución, y observadas las garantías y procedi- mientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada por la mencionada servidora constituye grave falta discipli- naria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. k) y 26º Inc. d) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. d) y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en su Acta Nº 35-98-COPEPROAD-PNP de 26.FEB.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía Nacio- nal del Perú; y, Lo opinado por el Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC AA PNP María Eda MO- RANTE OTERO (45), CIP Nº 31028446, con Destitución confecha 9.MAR.96, en vía de regularización; por falta disciplinaria (Abandono de Cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente resolución a la interesada, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente reso- lución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 6043 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0435-98-IN/PNP Lima, 3 de junio de 1998 Visto, el Parte Nº 001-95-SC-OFISAN.IXRPNP.Ica de 15.FEB.95, de Registro C-267-817-DIPER PNP-DAPEYEC, instruido con relación a la falta disciplinaria cometida por la EC PE PNP Carmen Oriele CABEZUDO BERNAOLA (38), CIP Nº 30991624. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 457-98-DGPNP/ DIPER de 16.FEB.98, se instauró proceso administrativo disciplinario a la EC PE PNP Carmen Oriele CABEZUDO BERNAOLA, por haber incurrido en presunto Abandono de Cargo desde el 27.NOV.94, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicación de la indicada Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo corres- pondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacio- nal del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente resolución, y observadas las garan- tías y procedimientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada por la mencionada servidora constituye gra- ve falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomen- dar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. k) y 26º Inc. d) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. d) y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en su Acta Nº 39-98-COPEPROAD-PNP de 2.MAR.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía Nacio- nal del Perú; y, Lo opinado por el Director General de la Policía Nacional del Perú; AVISO COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE LIMAAVISO COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE LIMA