Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 1998 (15/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 15 de junio de 1998
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA TALAVERA (41), CIP Nº 262556, con Destitucion con fecha 19.SET.94, en via de regularizacion; por falta disciplinaria (Abandono de Cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6042 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0434-98-IN/PNP MORDAZA, 3 de junio de 1998 Visto, el Parte Nº 081.96.DISAN/HCPNP/OCI.UI. de 25.ABR.96, de Registro C-253-354-DIPER PNP-DAPEYEC, instruido con relacion a la falta disciplinaria cometida por la EC AA PNP MORDAZA Eda MORDAZA MORDAZA (45), CIP Nº 31028446. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 178-98-DGPNP/ DIPER de 29.ENE.98, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC AA PNP MORDAZA Eda MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en presunto Abandono de Cargo desde el 9.MAR.96, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicacion de la indicada Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada por la mencionada servidora constituye grave falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. k) y 26º Inc. d) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. d) y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en su Acta Nº 35-98-COPEPROAD-PNP de 26.FEB.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC AA PNP MORDAZA Eda MORDAZA MORDAZA (45), CIP Nº 31028446, con Destitucion con

fecha 9.MAR.96, en via de regularizacion; por falta disciplinaria (Abandono de Cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6043

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0435-98-IN/PNP MORDAZA, 3 de junio de 1998 Visto, el Parte Nº 001-95-SC-OFISAN.IXRPNP.Ica de 15.FEB.95, de Registro C-267-817-DIPER PNP-DAPEYEC, instruido con relacion a la falta disciplinaria cometida por la EC PE PNP MORDAZA Oriele CABEZUDO MORDAZA (38), CIP Nº 30991624. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 457-98-DGPNP/ DIPER de 16.FEB.98, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC PE PNP MORDAZA Oriele CABEZUDO MORDAZA, por haber incurrido en presunto Abandono de Cargo desde el 27.NOV.94, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicacion de la indicada Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada por la mencionada servidora constituye grave falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. k) y 26º Inc. d) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. d) y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en su Acta Nº 39-98-COPEPROAD-PNP de 2.MAR.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el Director General de la Policia Nacional del Peru;

AVISO

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE MORDAZA

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