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Pág. 160730 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de junio de 1998 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC PE PNP Carmen Oriele CABEZUDO BERNAOLA (38), CIP Nº 30991624, con Destitu- ción con fecha 27.NOV.94, en vía de regularización; por falta disciplinaria (Abandono de Cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente resolución a la interesada, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente reso- lución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 6044 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0436-98-IN/PNP Lima, 3 de junio de 1998 Visto, el Parte Nº 07-96-DIEDUC-PNP/CFTR-SDAMI-DP de 4.SET.96, de Registro C-325-1821-DIPER PNP-DAPEYEC, instruido con relación a la falta disciplinaria cometida por la EC PB PNP Cecilia Elena BASTAS CARDENAS (33), CIP Nº 269652. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 621-98-DGPNP/ DIPER de 27.FEB.98, se instauró proceso administrativo disci- plinario a la EC PB PNP Cecilia Elena BASTAS CARDENAS, por haber incurrido en presunto Abandono de Cargo desde el 12.AGO.96, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicación de la indicada Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo corres- pondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente resolución, y observadas las garantías y procedi- mientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada por la mencionada servidora constituye grave falta discipli- naria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. k) y 26º Inc. d) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. d) y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en su Acta Nº 69-98-COPEPROAD-PNP de 16.MAR.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía Nacio- nal del Perú; y, Lo opinado por el Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC PB PNP Cecilia Elena BASTAS CARDENAS (33), CIP Nº 269652, con Destitución con fecha 12.AGO.96, en vía de regularización; por falta disciplina- ria (Abandono de Cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente resolución a la interesada, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente reso- lución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 6045 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0437-98-IN/PNP Lima, 3 de junio de 1998Visto, el Parte Nº 06-95-M4.DIMAN.DIRLOG.PNP de 9.OCT.95, de Registro C-221-3004-DIPER PNP-DAPEYEC, instruido con relación a la falta disciplinaria cometida por el EC AB PNP Manuel Alejandro ALVARADO AGUIRRE (27) CIP Nº 31043577; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 702-98-DGPNP/ DIPER de 3.MAR.98, se instauró proceso administrativo disci- plinario al EC AB PNP Manuel Alejandro ALVARADO AGUI- RRE, por haber incurrido en presunto Abandono de Cargo desde el 11.SET.95, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicación de la indicada Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, el procesado no ha presentado su descargo corres- pondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente resolución, y observadas las garantías y procedi- mientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada por el mencionado servidor constituye grave falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministe- rial se le imponga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "d" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en su Acta Nº 68-98-COPEPROAD-PNP de 16.MAR.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía Nacio- nal del Perú; y, Lo opinado por el Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar al EC AB PNP Manuel Alejandro ALVARADO AGUIRRE (27) CIP Nº 31043577, con Destitución con fecha 11.SET.95, en vía de regularización; por falta discipli- naria (Abandono de Cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente resolución al interesado, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente reso- lución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 6046 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0438-98-IN/PNP Lima, 3 de junio de 1998 Visto, el Parte Nº 104.96.DISAN.HCPNP.OCI.UI de 7.JUN.96, de Registro C-277-805-DIPER PNP-DAPEYEC, ins- truido con relación a la falta disciplinaria cometida por la EC PA PNP Edith NEGREIROS MONTERO (38) CIP Nº 263925; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 17-98-DGPNP/DI- PER de 8.ENE.98, se instauró proceso administrativo discipli- nario al EC PA PNP Edith NEGREIROS MONTERO, por haber incurrido en presunto Abandono de Cargo desde el 16.MAY.95, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicación de la indicada Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo corres- pondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente resolución, y observadas las garantías y procedi- mientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada por la mencionada servidora constituye grave falta disciplina- ria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Minis- terial se le imponga la sanción de Destitución;