Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 1998 (26/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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Normas para la implementacion del Sistema de Informacion Estadistica Pesquera
ANEXO R.M. Nº 246-98-PE (La resolucion ministerial en referencia fue publicada en nuestra edicion del 17 de MORDAZA de 1998, pagina 159914). I. OBJETIVO Establecer las pautas para la captacion y procesamiento de informacion estadistica de los desembarques diarios de los principales recursos hidrobiologicos. II. FINALIDAD 2.1 Cuantificar el desenvolvimiento productivo de los desembarques diarios de los principales recursos hidrobiologicos (anchoveta, sardina, jurel, caballa, samasa, merluza) en todo el litoral. 2.2 Disponer de una informacion estadistica consistente y oportuna de los volumenes de los desembarques diarios de los citados recursos considerando las variables necesarias para su correcta evaluacion. III. BASE LEGAL 3.1 Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca. 3.2 Decreto Supremo Nº 01-94 - Reglamento de la Ley General de Pesca. 3.3 Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. IV. AMBITO La presente MORDAZA es de cumplimiento obligatorio por parte de las personas naturales o juridicas dedicadas a la actividad pesquera industrial, cuyo incumplimiento sera causal de infraccion establecida en el inciso 10) del Articulo 76º de la Ley General de Pesca. V. NORMAS GENERALES 5.1 Metodologia de Captacion 5.1.1 Unidad de Observacion Para la captacion de la informacion estadistica de los desembarques diarios, se constituye como tal, la unidad extractiva o embarcacion. 5.1.2 Cobertura Geografica El Sistema de Informacion Estadistica Pesquera para el seguimiento y control de los desembarques diarios de los principales recursos hidrobiologicos, abarcara toda la actividad extractiva del Litoral Peruano, y estara dirigida a los establecimientos industriales que recepcionan dichos desembarques, tanto lo destinado al Consumo Humano Indirecto como Directo. 5.1.3 Base de Informacion a Utilizar (a) Para la captacion de informacion estadistica sobre el desembarque diario a nivel de embarcacion, se utilizara un UNICO formulario con caracter de Declaracion Jurada, que emitiran las empresas en el cual se indicara lo siguiente: - Denominacion o Razon Social de la Empresa Procesadora. - Fecha de Desembarque. - Hora de Desembarque. - Nombre de la Embarcacion. - Numero de Matricula. - Volumen de Descarga (TM). - Especie Recepcionada. - Destino. - Precio por TM. (b) El Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, alcanzara a la Oficina General de Economia Pesquera los informes diarios referentes a tallas, peso e incidencia de juveniles de los principales recursos segun lugares de desembarque; asi como otros requerimientos que permitan desarrollar las acciones pertinentes de los objetivos del presente Sistema. 5.1.4 Metodos de Captacion (a) Para la captacion de los informes Diarios de desembarque, se utilizara el metodo CENSAL.

(b) Remision de la Informacion Los reportes del desembarque diario por embarcacion, seran alcanzados por las empresas pesqueras industriales en el formato establecido, directamente a la Oficina General de Economia Pesquera del Ministerio de Pesqueria, empleando el fax convencional como medio de comunicacion rapida. (c) Control de Cobertura La cobertura de captacion diaria sera evaluada y controlada, utilizando como base el Directorio actualizado de los establecimientos industriales pesqueros operativos, y en funcion a la representatividad de cada uno. (d) Seguimiento de Omisos De acuerdo al resultado del control de cobertura, se efectuara un oportuno seguimiento de omisos a fin de complementar la informacion obtenida, asi como determinar y aplicar las correspondientes sanciones de acuerdo a Ley. 5.2 Procesamiento de la Informacion (a) Ingreso de Informacion La informacion captada bajo los diferentes medios, es ingresada por el personal digitador al Sistema de Informacion Estadistica Pesquera, desarrollado e instalado en la Red del Ministerio de Pesqueria, logrando la consolidacion de las diversas variables incluidas en el formulario. (b) Control de Ingreso Al finalizar el ingreso de la informacion diaria, el personal digitador realizara un estricto control de los datos ingresados a fin de evitar omisiones o errores en la digitacion. (c) Consistencia y Representatividad de la Informacion Con la finalidad de dar un grado de confiabilidad a la informacion procesada, se procedera a realizar la consistencia entre los resultados obtenidos, la misma que sera responsabilidad de los supervisores respectivos. 5.3 Resultados El Sistema de Informacion Estadistica Pesquera esta en capacidad de generar MORDAZA de informacion con las diversas combinaciones de variables, siendo las principales: - Reporte diario de desembarque por especies, segun puerto. - Reporte diario de desembarque por especies, segun embarcacion. - Reporte diario de desembarque por especies, segun destino. - Reporte semanal y mensual ajustado del desembarque por especies, segun puerto, embarcacion y destino. - Otros de acuerdo a requerimientos especificos. 5.4 Sistemas de Informacion Pesquera 5.4.1 Caracteristicas Generales Permite al Ministerio de Pesqueria, a traves de la tecnologia de la informacion, disponer de herramientas para la gestion y automatizacion de procesos y operaciones, referentes a la actividad pesquera en todas sus fases (Extraccion, Produccion, Ventas Internas y Exportaciones). Esta disenado para ejecutarse en la plataforma operativa Windows NT, con la caracteristica principal de ser de arquitectura abierta Cliente / Servidor optimizada. El lenguaje utilizado para el desarrollo del Sistema de Informacion es Visual Basic y el Motor de Base de Datos es SQL Server, que combina una interfase grafica intuitiva con desarrollo a objetos. VI. RESPONSABILIDADES 6.1 La Oficina General de Economia Pesquera tiene la responsabilidad de efectuar la captacion, evaluacion, procesamiento y difusion de la informacion diaria del desembarque de los recursos hidrobiologicos, para cuyos efectos adoptara las acciones y medidas necesarias para el eficiente cumplimiento de lo dispuesto por la presente norma. 6.2 Las personas naturales y juridicas dedicadas a la actividad pesquera industrial, que incumplan las presentes normas se les aplicara las sanciones a que hubiese lugar. VII. VIGENCIA Las normas contenidas en el presente documento entraran en vigencia al dia siguiente de su publicacion.

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