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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (22/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 5

I.ima. domingo 22 de noviembre de 199X cl- Pág.166035 Declaran improcedentessolicitudesde transferencia de terrenos a favor de diversas municipalidades RESOLUCION MINISTERIAL No 520-9%PRES Lima, 16 de noviembre de 1998 Visto el Expediente W 06329-97, a través del cual la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita la transfe- rencia del terreno de 434,38 m2, ubicado en la parte posterior del lote W 7, Mz. AK, de la urbanización Los Alarnos de Monterrico, con frente a la Av. Central, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N” 1594.97-MML-DMDU, de fecha 25 de setiembre de 1997, la Municipalidad Metropolitana de Lima, solicitó la transferencia del terreno de 434,38 m2, ubicado en la parte posterior del lote N” 7, Mz. AK, de la urbanización Los Alarnos de Monterrico, con frente a la Av. Central, distrito de Santiago de Surco, provincia y depar- tamento de Lima; Que, mediante documento certificado, de fecha 8 de abril de 1998, expedido por la Oficina Registra1 de Lima y Callao se sostiene que el terreno de 434,38 m2, anteriormente descrito se superpone con propiedad privada de titularidad de la Compañía Inmobiliaria Las Lomas de Monterrico, urbanización Peruana Promotora de Viviendas de Interés Social S.A. y la Asociación de Vivienda el Búho; Que, el Decreto Supremo N” 004.85VC, que aprueba el Reglamento de Adjudicación de Terrenos Fiscales para Fines Urbanos en aplicación de la Ley Orgánica de Municipalida- des, sus modificatorias y conexas, regula la normatividad de la adjudicación de terrenos de propiedad fiscal, ubicados en zonas urbanas o de expansión urbana que realice el Estado a favor de las Municipalidades Provinciales y éstas a favor de terceros, razón por la cual el caso suhmateria no se ajusta a dichos presupuestos legales en atención a que el terreno solicitado es uno de propiedad privada; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N” 25556, modificado por el Decreto Ley N” 25738, se crea la Superintendencia de Bienes Nacionales sobre la base de la Dirección General de Bienes Nacionales, como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de la Presidencia, con la finalidad de llevar el registro, control y administración de los bienes inmuebles que comprenden el patrimonio fiscal; Que, en consecuencia el Estado resulta incompetente de pleno derecho para transferir terrenos de propiedad privada a favor de las Municipalidades Provinciales mediante proce- dimiento administrativo; Que, las acciones referidas a adjudicación de terrenos serán aprobadas mediante Resolución Suprema, correspon- diendo declarar las improcedencias a través de la Resolución Ministerial correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N 25554, Decreto Ley N” 25556, modificado por el Decreto Ley N” 25738 y Decreto Supremo N” 005-93-PRES; y, Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de transferencia formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima respecto del área de terreno de 434,38 m2, ubicada en la parte posterior del lote N” 7, Mz. AR, de la urbanización Los Alarnos de Monterrico, con frente a la Av. Central, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, publíquese y comuníquese. JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 13649 RESOLUCION MINISTERIAL w 521-9EPRES Lima, 16 de noviembre de 1998Visto el Expediente N” 000029-93. a través del cual la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita la transfe- rencia del terreno de 17 033,OO m2, ubicado en la ladera del cerro Puruchuco frente al parque zonal Puruchuco y la urbanización Santa Patricia, comprendidos entre los distri- tos de Ate-Vitarte y La Molina, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N” 503-92-MLM-DMDU-DGAT, de fecha 15 de diciembre de 1992, la Municipalidad Metro- politana de Lima solicitó la transferencia del terreno de 17 033,OO m2, ubicado en la ladera de cerro Puruchuco frente al parque zonal Puruchuco y la urbanización Santa Patricia en el distrito de Ate-Vitarte, provincia y departa- mento de Lima, en cumplimiento a lo dispuesto por el D.S. N” 007-92-W; Que, el área de terreno de 17 033,OO m2, posteriormente replanteada a 13 798,00 m2 se encuentra invadiendo la vía pública (calle 361 y se superpone íntegramente con el lote 1A y parcialmente con el lote 1, estos últimos ubicados en la urbanización Centro Empresarial Laderas de Melgarejo, con frente al Jr. Centenario, distrito de La Molina, inscritos en las Fichas Ws. 1720697 y 1720698 respectivamente, del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, a favor de Inversiones Centenario S.A.; Que, el Decreto Supremo N” 004-85-VC, que aprueba el Reglamento de Adjudicación de Terrenos Fiscales para Fines Urbanos en aplicación de la Ley Orgánica de Municipalidades, sus modificatorias y conexas, regula la normatividad de la adjudicación de t,errenos de propiedad estatal, ubicados en zonas urbanas o de expansión urbana que realice el Estado a favor de las Municipalidades Provinciales y éstas a favor de terceros, razón por la cual el caso submateria no se ajusta a dichos presupuestos legales en atención a que el terreno solicitado es uno de propiedad privada; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N” 25556, modificado por el Decreto Ley N” 25738, se crea la Superintendencia de Bienes Nacionales sobre la base de la Dirección General de Bienes Nacionales, como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de la Presidencia, con la finalidad de llevar el registro, control y administración de los bienes inmuebles que comprenden el patrimonio del Estado; Que, en consecuencia el Estado resulta incompetente de pleno derecho para transferir terrenos de propiedad privada a favor de las Municipalidades Provinciales mediante pro- cedimiento administrativo; Que, las acciones referidas a adjudicación de terrenos serán aprobadas mediante Resolución Suprema, correspon- diendo declarar las improcedencias a través de la Resolución Ministerial correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N” 25554, Decreto Ley N” 25556, modificado por el Decreto Ley N” 25738 y Decreto Supremo N” 005-93-PRES; y, Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de transferencia formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima respecto del área de terreno de 17 033,OO m2, ubicada en la ladera del cerro Puruchuco frente al parque zonal Puruchuco y la urbanización Santa Patricia compren- didos entre los distritos de Ate-Vitarte y La Molina, provincia y departamento de Lima, por lo expuesto en la parte consi- derativa de la presente resolución. Regístrese, publíquese y comuníquese. JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 13550 RESOLUCION MINISTERIAL W 522-9%PRES Lima, 18 de noviembre de 1998 Visto el Expediente N” 05570-96, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San Isidro solicita se expida el