Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 1998 (22/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

I,ima, MORDAZA 22 de noviembre de 1998

e[PppU(UIO Pag.166041
Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : OAT-3E : 250~. : 256F8E : H24 : Jr. Ucayali, Mz. 2, Lt. 7, Urb. Puquio MORDAZA, Disk y Prov. Carhuaz, Dpto. Ancash. Coordenadas: L.O. 77" 38' 35" LS. 09" 16' 57" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2".- Dentro de los treinta (30) dias de publicada la presente resolucion, el Titular de la autorizacion debera cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. Articulo 3".- La empresa RADIO DIFUSORA CARHUAZ E.I.R.LTDA., en su condicion de titular de la presente autorizacion, esta obligada a solicitar la inspeccion tecnica a sus instalaciones hasta MORDAZA de los 60 dias calendario del vencimiento del periodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162" del Reglamento General mencionado, debiendo asumir los gastos de viaje y viaticos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio MORDAZA de la fecha fijada para la inspeccion. Articulo 4".- La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguientes casos: 1" No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el Articulo 3". 2" Si vencido el periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables. 3" Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el periodo de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalacion de los equipos.
Articulo 5".- Si la inspeccion tecnica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizacion a la empresa RADIO DIFUSORA CARHUAZ E.I.R.LTDA., hasta por el plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6".- El titular de la autorizacion esta obligado a instalar y operar el Servicio acorde con la presente resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contrae el Articulo l", sin autorizacion previa de este Ministerio.

gastos deben ser cancelados al Ministerio MORDAZA de la fecha fijada para la inspeccion. Articulo 4".- La presente autorizacion quedara sm efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el Titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguientes casos: 1" No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el Articulo 3". 2" Si vencido el periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables. 3" Si las ruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido eP periodo de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalacion de los equipos. Artfculo 5".- Si la inspeccion tecnica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizacion a la empresa RADIO SABOR MM S.A., hasta por el plazo de diez (101 anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6".- El titular de la autorizacion esta obligado a instalar y operar el Servicio acorde con la presente resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contrae el Articulo l", sin autorizacion previa de este Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
13513 RESOLUCION VICEMINISTERIAL W 339-9&MTCh5.03

MORDAZA, 19 de noviembre de 1998 VISTO el Expediente N" 972899 presentado por la empresa RADIO DIFUSORA CARHUAZ E.I.R.LTDA., para establecer una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Carhuaz, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones. arrobado nor Decreto Sunremo W 013-93TCC, en sus ktkulos 22": 48" y 49" prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equi os de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizaCY0, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N" 06-94TCC, y modificado por D.S. N" 0059%MTC, en sus Articulos 161"~ 162" indica la informacion y documentacion que debera acompanar la persona solicitante para obtener la autorizacion res ectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro xel cual el Titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los Informes NS. 433.97-MTC/ 15.19.03.2. y 145-98-MTC/15.19.01., consideran procedente la solicitud de la empresa RADIO DIFUSORA CARHUAZ E.I.R.LTDA., al haber cumplido con la informacion y documentacion exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos NS. 013-93TCC, 06-94-TCC y 005-9%MTC; y: Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo lo.- Otorgar a la empresa RADIO DIFUSORA CARHUAZ E.I.R.LTDA., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Carhuaz, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia : BC-FM : 104.9MHz

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
13516

JUSTICIA
Declaran infundadas impugnaciones contra resoluciones referidas a sanciones de cese temporal y destitucion impuestas a servidor y ex servidor del INPE
RESOLUCION MINISTERIAL No 26%98-JUS

MORDAZA, 18 de noviembre de 1998 Visto el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 409-9%INPE-CFW, de fecha 17 de setiembre de 1998; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 409-98-INPE-CRIP, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Tratamiento de la Direccion

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