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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (26/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

ORDENANZA DE REAJUSTE DEL PLANO DE ZONIFICACION GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO-2002, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo Unico.- Aprobar el ReaJuste del Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metro- politana a mediano plazo-2002, correspondiente al distri- to de San Juan de Miraflores, en los siguientes twminos que figuran en el Cuadro de Resumen de Calificación de Expedientes de Zonificación: Nq DE EXPTE. - - 703965 210556 701878RAZON SOCIAL AMPLIACION “LOS ANGELES” (SECTOR DEPAMPLONA ALTA) ASOCIACION DECOMERCIANTES Al zf?ORA FRENTE NACIONAL DE ORGANIZACIONES POPULARES CAMPESINAS FRENAORPOCIPSS POR TANTOCAMBIO DE ZONIFICACION SOLICITADO ZRP (Cerro) a R4 OUaC2 R4 a Varios Usos OUa h2 Mando se registre, publique y cumpla.GERMAN APARICIO LEMBCKETeniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 13682CALIFICACION PROCE DE Cambio Factible previa Adjudicación Yo requiere cambio de zonificación ano de uso No requiere cambio Aprueban adecuación vial que contie-ne la reformulación parcial de la vía de interconexión entre los distritos de San- tiago de Surco y La Molina RESOLUCION DE ALCALDIA N” 4610 Lima, 23 de noviembre de 1998 VISTOS: El estudio de Interconexión Vial entre los distritos de Santiago de Surco y La Molina. elaborado por el Instituto Metropolitano de Planificación; y. CONSIDERANDO: Que, por Reso ució n 1 Suprema N” 293- 71-VI-DU de fecha 6 dejulio de 1971 se aprobó el PlanVial Metropolitano para Lima, dentro del cual estaba previsto, una vía de interconexión entre los distritos de Santiago de Surco y La Molina, a través de las laderas del cerro San Francisco; Que, por Resolución de Alcaldía N” 5337 de fecha 29 de diciembre de 1983 se fijo para la prolongación de la avenida Angamos la sección de 21.60 metros que debería respetarse para el desarrollo del proyecto interconexión vial de la Av. Angamos con la Av. Las Viñas en el distritode La Molina; Que, por Reso ución N” 727-86-MLM-AM-SMDU de 1 fecha 31 de diciembre de 1986 se aprobó el trazo de la vía en el tramo comprendido entre la habilitación urbana de la Cooperativa del Colegio de Ingenieros y las est ribacio- nes de los cerros en el distrito de Santiago de Surco; Que, por Resolucicín N” 45%89-MLM-YMDU de fecha 20 dejulio de 1989, se aprobó la adecuación vial propuesta por la Municipalidad de La Molina referente a la Interco- nexión de la prolongación de la Av. Angamos y la Av. Las Viñas de La Molina, la que contempla la ejecución de un túnel a través del cerro San Francisco. la misma que fue ratificada por la Resolución de C oncejo N” 02 1 de fecha 26 de mayo de 1995;Que, mediante Ordenanza Municipal N” 127 de fecha 29 lde setiembre de 1997 se aprobó el Plano del Sistema Vial Metropolitano, dentro del cual se ratifica la vigencia de la presente vía a la que se le clasifica como “Vía Arterial”, bajo la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima, estableciéndose además que corresponde a esta entidad, la definición del derecho de vía, cuyas áreas son de dominiopúblico, y por lo tanto inalienables e imprescriptibles; Que, parte de la vía aprobada por la Resolución N” 727-86-MLM-AM-SMDU ha devenido en inadecuada para <su funcionamiento y para los requerimientos de tránsito que debe absorber; Que, el crecimiento poblacional y urbano de los distritos de lSantiago de Surco y La Molina, requieren de una vía de interconexión con características especiales, es decir de pasoindependiente de la estructura vial local, que no comprometanlas actividades urbanas de las áreas por las que atraviesa; Que, por ello ha sido necesario la reformulación parcial del trazo de la vía para permitir dotarla de una mejor infraestruc- tura vial y así lograr una mayor fluidez vehicular y seguridad len su funcionamiento, habiéndose para tal efecto, coordinado con la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y Municipa- lidades de Santiago de Surco y La Molina; Que, en tal sentido los propietarios ylo poseedores de los terrenos sobre los que se ha elaborado el rediseño parcial de la presente vía, están obligados a respetar el nuevo trazo y sección para lo cual dejarán los aportes deáreas reglamentarias al momento de la ejecución de sus habilitaciones urbanas de conformidad con lo dispuesto por los Arts. II-IV.l, IV-13.1 y II-IV-13.7 del ReglamentoNacional de Construcciones; siendo también necesario se contemple la necesidad de preveer el resarcimiento por las afectaciones de dichas propiedades; Estando alo dispuesto por los Arts. 11”Inc. 1); 72”; 149” .y ll 1” de la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853; SE RESUELVE: Artículo l”.- Aprobar la nueva adecuación vial elabo- rada por el Instituto Metropolitano de Planificación, que contiene la reformulación parcial de la vía de interco- nexión vial entre los distritos de Santiago de Surco y La Molina y que contempla además la construcción de un túnel a través del cerro San Francisco. Artículo 2”.- Disponer las reservas de las áreas que como derecho de vía, están designadas para la presente interconexión vial, en el tramo comprendido entre la prolongación de la Av. Angamos y la Av. Las Viñas de La Molina, cuyas secciones se establecen en 50.00 m. y se (encuentran contenidas en el Plano N” DV-01 que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3”.- El resto de la vía que es objeto de modificación mediante la presente resolución se manten- #drá con las características físicas aprobadas en la Resolu- ción N” 727-86-MLM-AM-SMDU, quedando con una fun- ción de carácter local distrital. Artículo 4”.- Encargar a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, para que en su condición de órgano delínea de la Municipalidad Metropolitana de Lima, procedaa tomar las acciones necesarias para el cumplimiento de lapresente resolución, en coordinación con las Municipalida- des Distritales de Santiago de Surco y de La Molina, incluyendo las sanciones correspondientes a las urbaniza-ciones circundantes que hayan efectuado obras de urbani-zación y edificación de viviendas de manera irregular, sinhaber respetado el trazo y sección de la vía anteriormente aprobada: así como efectúe las coordinaciones necesariascon el o los propietarios de las Habilitaciones Urbanas entrámite, que se encuentren afectadas por la ejecución deltrazo vial, para determinar el justiprecio que correspondaabonar a los mismos, en aplicación del Artículo II.IV.13.2 del Reglamento Nacional de Construcciones. Artículo 5”.- Ratificar las Resoluciones N”s. 727-86- MLM-AM-SMDU de fecha 31 de diciembre de 1986 y 458- 89-MLM-SMDIJ de fecha 20 de junio de 1989 en cuanto no se opongan a la presente resolución, las que quedan adecuadas a la misma. Artículo 6”.- Incorporar la modificación del trazo y característica de esta vía al Sistema Vial Metropolitano, aprobado por Ordenanza Municipal N” 127 del 29 de setiembre de 1997. Regístrese y comuníquese. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 13673