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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (26/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

Lima, jueves 26 de noviembre de 1998 elm Pág. 166425 13962011 LC-205663 2E BELAONIA HERNANDEZ Pedro Eugenio 13950011 Q-201730 A-l SANCHO SANCHO Leonardo Modesto 13954011 LC-077217 2B1 ALBRECHT DE RAMIREZ Flor da Maria 215830004 LC-000311 2B1 JOO CHANG Victor Eduardo 21583004 G-151012 2B1 RODRIGUE2 PAPUICO Héctor 13965011 LC-270610 2B1 RODRIGUEZ OSORIO ladegario Américo 13990011 G-290551 2E PADILLA MORALES Segundo Juvencio 13992011 LC-329013 261 RODRIGUEZ PANCORVO Ulises Sigfrido 14019011 G-329576 2B1 ARIAS PONCE César Antonio 14016611 G-285277 2B1 TORRES TIRADO Segundo Vicente 13983011 G-156132 2B1 ACEVEDO CASTRO Manuel Dolores 14026011 G-255607 2B1 BOZA URTEAGA Raúl Guillermo 1056 G-115517 2B2 QUISPE MANCO Gregorio 1091 G-357314 2B1 CAVERO ZEGARRA Jaime Walter 0951 G-167166 2B1 BARDALEZ DIAZ Gregorio Tercero 11622011 G-077011 2B1 PONCE DE LEON FERNANDEZ Ramón Albeto José 21769004 LC-263195 2B1 CAMPOS CORDERO Carlos Máximo 14056011 G-426534 281 BERROSPI VALDIVIEZO Silvio 14644011 G-135464 2B1 SAL Y ROSAS JULCA Gerardo Bernabé 14049011 G-l 57561 2B1 ROJAS ALDNA José Belivardo 13679 RESOLUCION DIRECTORAL N” 1375-98-/MTC15.18 Lima, 9 de noviembre de 1998 VISTOS,el Informe N"907-98-MTC/15.18.05.3,y anexo correspondiente emitido por la Subdirección de Otorga-miento de Licencias de Conducir y el Memorándum N° 1265-98-MTC/15.18.05 de la Dirección de Parque Auto- motor y Circulación Vial, sobre peticiones de nulidad deexpedición de licencias de conducir varias. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N°| 665-96-MTC/ 15.15 se ha dispuesto el canje obligatorio de las licencias de conducir de acuerdo al cronograma establecido y como consecuencia se han detectado que diversos titulares de dichos instrumentos públicos tienen dobles brevetes obte- nidos en diferentes Direcciones Regionales de Transpor-tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, de conformidad con lo establecido en el Regla- mento de Licencias de Conducir para Vehículos Motori- zados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo N° 15-94-MTC y sus modificatorias Decretos Supremos N°s. 08 y 09-97-MTC y Decreto Supremo N° 006-98-MTC, toda persona tiene derecho a acceder auna sola licencia de conducir, previo cumplimiento de losrequisitos establecidos; Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han optado por renunciar a una de ellas, para poder acceder al canje de las nuevas licencias de conducir, con tal Fin, han legalizado sus firmas para dar cumpli- miento a lo dispuesto en el Artículo 89° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02-94-JUS; en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial en Memorándum N” 1265- 98-MTC/15.18.05 y de Asesoria Legal en Informe N" 1225- 98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 015-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales deProcedimientos Administrativos aprobado por DecretoSupremo N” 02-94-JUS y Decrete Ley N° 25862; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de conducir en número de diecinueve (19), y sus canjes correspondientes, obtenidas por sus titulares en la Direc- ción de Parque Automotor y Circulación Vial de la Direc- ción General de Circulación Terrestre, de las clases y categorías de dichos instrumentos públicos de sus titula- res que se detallan en el ANEXO al Informe N° 907-98- MTC/15.18.05.3, de fecha 30 de setiembre de 1998, cuyos originales debidamente visados, forman parte integrantede esta resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la misma. Segundo.- Encargar la ejecución de la presente resoF;I a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director GeneralDirección General de Circulación Terrestre MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE DIRECCION DE PARQUE AUTOMOTOR Y CIRCULACION VIAL SUBDIRECCION DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR RELACION DE TITULARES DE LICENCIAS DE CONDUCIR PARA SU NULIDAD: Exp. N° APELLIDOS Y NOMBRES 08963011 HERMOSILLA FALCON. Grover 10326011 AGUINAGA VALLE, Stewart Edilberto 10764611 INGA ORTEGA, Salomón 10076011 VALENCIA ZURITA, Angel Jone 10402011 SARANGO VENDIVES, Rodriguo B. 10804011 SULCA ARONES, Donato 10943011 QUISPE SOTO, Juan10643011 RENTERIA CERRON, César Alejandro 13434011 ULLOA REA, A Felipe 12966011 VEGA LOZANO, Jorge Alfredo 13165011 ROMAN POCCOMO, Carlos 12068011 GARCIA MEZA, Carlos Alberto 12392011 VEGA LANDEO, Isaías 12526011 TAVARA SEVILLANO, José Ronald 12965011 LEVAN0 LA ROSA, Máximo 6047004 PORRAS GRANADOS, Eusebio Félix 12561011 ARAUJO BARRAILLIER, Armando J.E. 13747011 QUISPE RAUCANA, Percy 13707011 CANTORAL MOLINA, Luis Pablo 13678LIC.CANJEAD!_-\LIC. NUEVA 3096059 ABMM Qc85734 ABC039639 oc63666 ADOOO3349 G253105 AFOO95127 0159108 AA 0165136 AAooo7053 P204913 AEGO LC249254 Aco Q146362 Am58839 Qo69680 ADOO19947 cl245957 A80107474 cl272597 AB01 15460 Q224663 AE Q246456 AF0075165 QC@752 AAGO40616 QO13264 AB0076760 Q179960 AEOO20231 Q246439 ACMJ91216 LC323562 ADC046540 RESOLUCION DIRECTORAL W 13’76-98-MTC115.18 Lima, 9 de noviembre de 1998 VISTOS,elInformeN”953-98-MTC05.18.05.3yanexo correspondiente emitido por la Subdirección de Otorga-miento de Licencias de Conducir y el Memorándum N” 1401-98-MTCY15.18.05 de la Dirección de Parque Auto- motor y Circulación Vial, sobre peticiones de nulidad deexpedición de licencias de conducir varias. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N” 665-96-MTC/ 15.15 se ha dispuesto el canje obligatorio de las licencias de conducir de acuerdo al cronograma establecido y como consecuencia se han detectado que diversos titulares de dichos instrumentos públicos tienen doble brevetes obte- nidos en diferentes Direcciones Regionales de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, de conformidad con lo establecido en el Regla- mento de Licencias de Conducir para Vehículos Motori-zados de Transporte Terrestre aprobado por DecretoSupremo N” 15-94-MTC y sus modificatorias Decretos Supremos NS. 08 y 09-97-MTC y Decreto Supremo N” 006-98-MTC, toda persona tiene derecho a acceder a una sola licencia de conducir, previo cumplimiento de losrequisitos establecidos; Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han optado por renunciar a una de ellas, para poder acceder al canje de las nuevas licencias de conducir, con tal fin, han legalizado sus firmas para dar cumpli- miento a lo dispuesto en el Artículo 89” del Texto UnicoOrdenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo