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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (26/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

cl-l, Pág. 166429 Artículo Cuarto.- Los gastos por conceptos de pasa- jes y viáticos para los días no incluidos en las fechas del evento serán cubiertos con cargo al Proyecto “Programa de Asesoramiento y Capacitación para el Fortalecimiento de la Gestión del Ministerio Público en su Proceso de Reorganización”, suscrito entre la Organización lnterna- cional para las Migraciones (OIMI y el Ministerio Público. Artículo Quinto.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos adua- neros, cualquiera fuese su clase o denominación. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al doctor Giovanni Tinebra, Presidente de la Reunion Internacional de Ministerios Públicos sobre la Criminalidad Organizada, organizado por el Instituto Superior de Ciencias Criminales de Italia (ISISC), al Director de la Organización Internacional para las Migra- ciones (OIM) y al señor Secretario Ejecutivo de la Comi- sión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARINAS Secretario Ejecutivo Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 13784 JNE . Confirman actas de proclamación que declararon válidas elecciones realiza- das en diversos distritos de las provin- cias de Concepción, Yauyos, Tayacaja, Tocache, Celendín y San Miguel RESOLUCION N” llOO-9%JNE Lima, 24 de noviembre de 1998 Visto, el Oficio N” O54-9WJEEC recibido en fecha 5 de noviembre de 1998, del Presidente del Jurado Electoral Especial de Concepción, doctor Benjamín Torres Villa- nueva, remitiendo la solicitud de nulidad presenl ada por don Timoteo Chávez Dueñas, personero legal de Ia Agru- pación Independiente “Movimiento Independiente So- mos Perú”, contra la Resolución N’ 01 de fecha 21 de octubre de 1998 del Jurado Electoral Especial de Con cepción que declaró improcedente la nulidad de las Actas Electorales en el distrito de Chambará de la provincia de Concepción, solicitado por el rerurrente; CONSIDERANDO: Que, en cuanto a su comunicación del recurrente por la declaratoria de nulidad de la Resolución N” 01 de fecha 21 de octubre de 1998 del Jurado Electoral Especial de Concepción, no puede ser admitido por no haber cumplido con acompañar el recibo del empoce de ley, no obstante que ha sido notificado para que cumpla con hacerlo; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Unico.- Confirmar el Acta de Proclamación de fecha 11 de octubre de 1998 del Jurado Electoral Especial de Concepción, que declaró válida las elecciones municipales realizadas en el distrito de Chambara de la provincia de Concepción.Regístrese y comuníquese. SS. SERPA SEGURA, BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRU,JILLANO 13759 RESOLUCION N” llOl-98-JNE Lima, 24 de noviembre de 1998 Visto, el recurso de nulidad recibido con fecha 28 de octubre de 1998, interpuesto por don Antonio S. Penagos Vásquez, personero legal del Partido Político “Acción Popular”, contra las Mesas de Sufragio NS. 081449 y 081450 del distrito de Chocos de la provincia de Yauyos, alegando que dichas actas fueron adulteradas; Visto, asimismo, el Oficio N” 1714-98-J/ONPE recibido con fecha 18 de noviembre de 1998, del doctor José Portillo Campbell, Jefe de la Oficina de Procesos Electorales, remitiendo la comunicación de don Antonio S. Penagos Vásquez, quien solicita la anulación de dos actas electora- les de las elecciones municipales del distrito de Chocos de la provincia de Yauyos; CONSIDERANDO: Que, en cuanto al recurso de nulidad interpuesto por el recurrente, para declarar nulas las mesas de sufragio en el distrito de Chocos de la provincia de Yauyos, éste no puede ser admitido por no haber cumplido con acompañar el empoce de ley, no obstante que ha sido notificado para que cumpla con hacerlo; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Unico.- Confirmar el Acta de Proclamación de fecha 20 de octubre de 1998 del Jurado Electoral Especial de Yauyos, referente a las elecciones municipa- les realizadas en el distrito de Chocos de la provincia de Yauyos. Regístrese y comuníquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO: DE VALDIVIA CANO: Secretario General, TRUJILLANO 13760 RESOLUCION N” 1103-98-JNE Lima, 24 de noviembre de 1998 Visto, el Oficio N” 78-9%P-JEEffAY, recibido con fecha 27 de octubre de 1998, remitido por el Presidente del Jurado Electoral Especial de la provincia de Tayacaja, doctor Augusto Bonilla Manayay, elevando la comuni- cación presentada por don Félix Baldomero Díaz Gómez, candidato a la reelección de la Alcaldía del Concejo Distri- tal de San Marcos de Rocchac, por la Agrupación Indepen- diente “Movimiento Independiente Vamos Vecino”, quien solicita la nulidad de las elecciones municipales realiza- das en el distrito de San Marcos de Rocchac de la provincia de Tayacaja, por haberse presentado irregularidades en el acto electoral; CONSIDERANDO: Que, en cuanto a su comunicación del recurrente por la declaratoria de nulidad de las elecciones municipales realizadas en el distrito de San Marcos de Rocchac de la provincia de Tayacaja, no puede ser admitido por no haber cumplido con acompañar el empoce de ley, no obstante que ha sido notificado para que cumpla con hacerlo; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones;