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I.ima, síhado I 0 dc octuhrc dc I 99X MmO Pág. 164833 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N” 014-97-EF se apro- bó la Linea de Crédito otorgada por el Gobierno de la República de Francia al Gobierno de la República del Perú, mediante Protocolo Financiero, hasta por FR.FR. 29 000 000,OO (VEINTINUEVE MILLONES y OO/100 FRANCOS FRANCESES,, con la finalidad de financiar proyectos en el Sector Salud; Que, se tiene previsto asignar los recursos del citado Protocolo Financiero al Ministerio de Salud, con el propósito de financiar los siguientes proyec- tos: hasta por FR.FR. 8 900 000.00 (OCHO MILLO- NES NOVECIENTOS MIL y OO/100 FRANCOS FRANCESES, para el proyecto “Suministro de eyui- pos, instalación, mantenimiento y capacitación para el Instituto Nacional de Salud del Niño”; hasta por FR.FR. 19 900 000,OO <DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL y 001100 FRANCOS FRANCE- SES> para el proyecto “Suministro de equipos, insta- lación, mantenimiento y capacitación para el Hospi-precedente, tendrán un plazo de cancelación de vein- te (20) anos y serán amortizados mediante treinta y cuatro (34 I semestralidades, iguales y consecutivas, venciendo la primera semestralidad de cada monto utilizado a los cuarenta y dos (421 meses después del último día del trimestre durante el cual se hayan efectuado los desembolsos, devengando una tasa de interés del 2,9% anual. Artículo 3”.- La Unidad Ejecutora de los proyectos “Suministro de equipos, instalación, mantenimiento y capacitación para el Instituto Nacional de Salud del Niño”, “Suministro de equipos, instalación, manteni- miento y capacitación para el Hospital NacionalArzobis- po Loayza” y la “Supervisión de los citados proyectos” será el Ministerio de Salud. Artículo 4”.- El servicio de amortización, intere- ses y demás gastos que ocasionen las asignaciones que se aprueban por esta norma legal, serán atendi- dos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos que en función de las prioridades intersectoriales y metas del Sector le correspondan. 1 tal Nacional Arzobispo Loayza” y hasta por FRYK. 200 000,OO (DOSCIENTOS MIL y OO/100 FRANCOSen cada ejercicio presupuesta1 para el servicio de la FRANCESES) para la “Supervisión de 10;; citadosDeuda Pública. proyectos”, cuyo alcance se amplía para asesorar alArtículo 5”.- El presente Decreto Supremo será Ministerio de Salud en la preparación de las licita-refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, ciones y suscripción de los contratos correspondien-por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Minis- tes, a través de la Asociación de Cooperación para eltro de Salud. Desarrollo de los Servicios de Salud -ACODESS-, entidad seleccionada por el Gobierno de la Repúbli- Dado en la Casa de Gobierno. en Lima, a los seis días ca de Francia; del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho. Que, de acuerdo con el Artículo 3” de la Ley N” 26893, Ley de Endeudamiento Externo del Sector Publico para ~ ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI 1998, el Ministerio de Economía y Finanzas asigna los Presidente Constitucional de la República recursos de la Linea de Crédito acordada por el Gobier-1 no Central mediante Decreto Supremo;/ /DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Que, las referidas asignaciones han cumplido con IMinistro de Energía y Minas los requisitos establecidos en el Artículo 11” de la /Encargado de la Presidencia del Consejo referida ley;de Ministros Que, sobre el particular han opinado favorable- / mente la Dirección General de Crédito Público y la 1GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Oficina de Asesoría Jurídica del Ministeric? de Eco-Ministro de Industria, Turismo, Integración nomía y Finanzas;y Negociaciones Comerciales Internacionales De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le-Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas gislativo N” 5, la Ley N” 26893 y el Decreto Supremo N” 014-97-EF; y,1 LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Encargado de la Cartera de Salud DECRETA:11728 Artículo l”.- Apruébanse las siguientes asigna- / ciones al Ministerio de Salud con cargo a los recursos del Protocolo Financiero otorgado por el Gobierno deDictan normas para la presentación de la República de Francia para financiar los siguien-información a que están obligadas lastes proyectos: hasta por FR.FR. 8 900 OOO,OO (OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL y OO/100 FRAN-entidades públicas a que se refiere el COS FRANCESES) para el proyecto “SumInistro de D.S. N” 10%98-EFequipos, instalacibn, mantenimiento y capacitación para el Instituto Nacional de Salud del Nino”; hastaOFICINA DE INSTITUCIONES Y ORGANISMOS por FR.FR. 19 900 000,OO IDIECINUEVE MILLO-DEL ESTADO - OIOE NES NOVECIENTOS MIL y 001100 FRANCOS FRANCESES) para el proyecto “Suministro de equi-OFICIO CIRCULAR pos, instalación, mantenimiento y capacitación para W 019-9%EF115.OIOE el Hospital Nacional Arzobispo Loayza” y hasta por FR.FR. 200 000,OO <DOSCIENTOS MIL y OO/100Lima, 9 de octubre de 1998 FRANCOS FRANCESES, para la “Supervisión de los citados proyectos”, tuvo alcance se amplia para En uso de las funciones establecidas en el Artículo 1” asesorar al Ministerio de Salud en la preparación dedel Decreto Supremo N” lOl-98-EF, y para el adecuado las licitaciones y suscripción de los contratos corres-cumplimiento de lo establecido en el Artículo 3” del pondientes, a través de la Asociación de CofiperaciónDecreto Supremo antes mencionado, esta oficina estable- para el Desarrollo de los Servicios de Salud -ACO-ce que: DESS-, entidad seleccionada por el Gobierno de la República de Francia.1. La información que deberán presentar las entida- Artículo 2”.-Los montos utilizados en cada unades, comprendidas dentro del Artículo 2” del Decreto de las asignaciones que se aprueban por el artículoSupremo N” lOl-9%EF, yen virtud de lo establecido por el Artículo 3” del mismo dispositivo legal, deberá ser