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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (18/10/1998)

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Pág.165040 ~l~1:1I1;1;,WW:IV+~ Lima, daming« 18 de octubre de I9OX entidades que se encuentran bajo el ámbito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE; Que, el Decreto Legislativo No 801 establece que la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, es el órgano del Ministerio de Economía y Finanzas encargado de proponer las directivas y resoluciones nece- sarias para normar el funcionamiento de las entidades bajo su ámbito; De ,conformidad con lo establecido en el Artículo 14” y &D;;;40sexta Disposición Transitoria y Final de la Ley SE RESUELVE: Artículo lo.- Incluir dentro del numeral 2.9 del Título II, Lineamientos, de la Directiva N” 003-9&OIOE, sobre Endeu- damiento, aprobada mediante Resolución Ministerial W 065 98-EF/15 y modificada por la Resolución Ministerial N” 155- 98-EF/15, como segundo párrafo lo siguiente: “Exceptúase de lo establecido en el párrafo anterior a las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, siempre y cuando las operaciones de endeudamiento de corto plazo, sean propias del giro del negocio.” Artículo 2”.- Agregar los numerales 5.6 y 5.7 al Título V, Disposiciones Finales, de la Directiva N” 009-96-OIOE, Norma de Viajes, prorrogada por la Resolución Ministe- rial N” 065-98EF/15, en los siguientes términos: “5.6 Los gastos que por motivo de viajes al exterior realicen las entidades comprendidas bajo el ámbito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, durante el trimestre octubre-diciembre del ejercicio 1998, no podrá exceder el monto que por el mismo concepto se ejecutó en el mismo trimestre del ejercicio anterior. 5.7 Los directivos y personal de las Empresas que se encuentran comprendidas dentro de los Decretos Legis- lativos NS. 674 y 839, podrán realizar viajes al exterior del país sólo para 6nes de promoción de la inversión privada”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 12067 AGRICULTURA Autorizan viaje de funcionarios del SE- NASA a Canadá para participar en re uniónsobremedidassanitariasyfitosa- nitarias RESOLUCION SUPREMA W OS&SS-AG Lima, 15 de octubre de 1998 Visto, la invitación a la XX11 Reunión Anual de la Organización Norteamericana de Protección de Plan- tas (North Ameritan Plan Protection Organization - NAPPO), a realizarse en la ciudad de Halifax - Nueva Escocia, Canadá entre el 19 y el 23 de octubre de 1998; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N” 125-97.EF se aprobó una Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de IJS$45 600 000,OO (CUARENTAY CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL Y OO/100 DOLARES AMERICANOS) destinada a finan- ciar parcialmente el Proyecto: “Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria”; Que, con fecha 15 de diciembre de 1997, el Gobierno Peruano y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID suscribieron el Contrato de Préstamo N” 1025/OCPE, en el cual se establecen los términos para la ejecución del citado proyecto; Que, para el cumplimiento de los objetivos del Proyec- to: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria secontempla, entre otras acciones? la necesidad de capacita- ción de los funcionarios, profesionales y técnicos del Ser- vicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a tin de mantenerlos a un nivel competitivo nacional e internacio- nalmente; Que, es necesario autorizar la participación de dos profesionales del Servicio Nacional de Sanidad Agra- ria - SENASA, en la XX11 Reunión Anual de la Organi- zación Norteamericana de Protección de Plantas (North Ameritan Plant Protection Organization - NAPPO), a desarrollarse en la ciudad de Halifax - Nueva Escocia, Canadá entre el 19 y el 23 de octubre de 1998, evento en el cual se trabajarán aspectos relacionados con las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias del Acuerdo de Libre Comercio de las Américas, del cual nuestro país es miembro; Que, es necesario armonizar las medidas fitosanita- rias que se aplican al comercio de plantas y productos vegetales, con México, Estados Unidos de Norte América y Canadá, países miembros de la Organización Norte- americana de Protección de Plantas (North American Plant Protection Organization - NAPPO); Que, los gastos que irrogue el presente viaje serán financiados integramente con los recursos previstos en el Contrato de Préstamo N” 1025/OC-PE, presu- puestados en el Pliego 160: Servicio Nacional de Sani- dad Agraria; Unidad Ejecutora 002: Programa de De- sarrollo de Sanidad Agropecuaria; Función 04: Agra- ria; Programa 009: Promoción de la Producción Agra- ria; Subprograma 0045: Promoción Agraria; Proyecto 00517: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agrope- cuaria; Componente 0699: Fortalecimiento Institucio- nal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo N’ 560, Ley N” 26894, Decretos Supremos NS. 053. 84-PCM, 074-85PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91. PCM; Y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar el viaje del Ing. Jorge Barrenechea Cabrera, Director de Vigilancia Fitosa- nitaria y del Ing. Gonzalo Tejada López, Especialista en Sanidad Agraria, ambos de la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, a la ciudad de Halifax - Nueva Escocia, Cana- dá, del 18 al 24 de octubre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos que irrogue el presente viaje serán financiados íntegramente con los recursos previs- tos en el Contrato de Préstamo N” 1025/OCPE, presu- puestados en el Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria; Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria; Función 04: Agraria; Programa 009: Promoción de la Producción Agraria; Subprograma 0045: Promoción Agraria; Proyecto 00517: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria; Componente 0699: Fortalecimiento Institucional; de acuerdo al siguiente detalle (para ambos participantes): Pasajes US$ 2 341,00 Viáticos US$ 2 000,OO TOTAL US$ 4 341,00 Artículo 3”.- La presente resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4”.-El funcionario cuyo viaje se autoriza, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país, deberá presentar un informe al Titular del Pliego sobre la misión encomendada. Regístrese, comuníquese y publíquese Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República RODOLFO MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 12051