Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 1998 (18/10/1998)


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entidades que se encuentran bajo el ambito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE; Que, el Decreto Legislativo No 801 establece que la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, es el organo del Ministerio de Economia y Finanzas encargado de proponer las directivas y resoluciones necesarias para normar el funcionamiento de las entidades bajo su ambito; De ,conformidad con lo establecido en el Articulo 14" y &D;;;40sexta Disposicion Transitoria y Final de la Ley SE RESUELVE: Articulo lo.- Incluir dentro del numeral 2.9 del Titulo II, Lineamientos, de la Directiva N" 003-9&OIOE, sobre Endeudamiento, aprobada mediante Resolucion Ministerial W 065 98-EF/15 y modificada por la Resolucion Ministerial N" 15598-EF/15, como MORDAZA parrafo lo siguiente: "Exceptuase de lo establecido en el parrafo anterior a las MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito, siempre y cuando las operaciones de endeudamiento de corto plazo, MORDAZA propias del giro del negocio." Articulo 2".- Agregar los numerales 5.6 y 5.7 al Titulo V, Disposiciones Finales, de la Directiva N" 009-96-OIOE, MORDAZA de Viajes, prorrogada por la Resolucion Ministerial N" 065-98EF/15, en los siguientes terminos: "5.6 Los gastos que por motivo de viajes al exterior realicen las entidades comprendidas bajo el ambito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, durante el trimestre octubre-diciembre del ejercicio 1998, no podra exceder el monto que por el mismo concepto se ejecuto en el mismo trimestre del ejercicio anterior. 5.7 Los directivos y personal de las Empresas que se encuentran comprendidas dentro de los Decretos Legislativos NS. 674 y 839, podran realizar viajes al exterior del MORDAZA solo para 6nes de promocion de la inversion privada". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 12067

MORDAZA, daming« 18 de octubre de I9OX

contempla, entre otras acciones? la necesidad de capacitacion de los funcionarios, profesionales y tecnicos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a tin de mantenerlos a un nivel competitivo nacional e internacionalmente; Que, es necesario autorizar la participacion de dos profesionales del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en la XX11 Reunion Anual de la Organizacion Norteamericana de Proteccion de Plantas (North Ameritan Plant Protection Organization - NAPPO), a desarrollarse en la MORDAZA de Halifax - Nueva Escocia, Canada entre el 19 y el 23 de octubre de 1998, evento en el cual se trabajaran aspectos relacionados con las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias del Acuerdo de Libre Comercio de las Americas, del cual nuestro MORDAZA es miembro; Que, es necesario armonizar las medidas fitosanitarias que se aplican al comercio de plantas y productos vegetales, con Mexico, Estados Unidos de Norte MORDAZA y Canada, paises miembros de la Organizacion Norteamericana de Proteccion de Plantas (North American Plant Protection Organization - NAPPO); Que, los gastos que irrogue el presente viaje seran financiados integramente con los recursos previstos en el Contrato de Prestamo N" 1025/OC-PE, presupuestados en el Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria; Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria; Funcion 04: Agraria; Programa 009: Promocion de la Produccion Agraria; Subprograma 0045: Promocion Agraria; Proyecto 00517: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria; Componente 0699: Fortalecimiento Institucional; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N' 560, Ley N" 26894, Decretos Supremos NS. 053. 84-PCM, 074-85PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91. PCM; Y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA Barrenechea MORDAZA, Director de Vigilancia Fitosanitaria y del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Sanidad Agraria, ambos de la Direccion General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, a la MORDAZA de Halifax - Nueva Escocia, Canada, del 18 al 24 de octubre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Los gastos que irrogue el presente viaje seran financiados integramente con los recursos previstos en el Contrato de Prestamo N" 1025/OCPE, presupuestados en el Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria; Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria; Funcion 04: Agraria; Programa 009: Promocion de la Produccion Agraria; Subprograma 0045: Promocion Agraria; Proyecto 00517: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria; Componente 0699: Fortalecimiento Institucional; de acuerdo al siguiente detalle (para ambos participantes): Pasajes US$ 2 341,00 V i a t i c o s US$ 2 000,OO TOTAL US$ 4 341,00 Articulo 3".- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.
A r t i c u l o 4".- El funcionario cuyo viaje se autoriza, dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno al MORDAZA, debera presentar un informe al Titular del Pliego sobre la mision encomendada.

AGRICULTURA
Autorizan viaje de funcionarios del SENASA a Canada para participar en re unionsobremedidassanitariasyfitosanitarias
RESOLUCION SUPREMA W OS&SS-AG MORDAZA, 15 de octubre de 1998 Visto, la invitacion a la XX11 Reunion Anual de la Organizacion Norteamericana de Proteccion de Plantas (North Ameritan Plan Protection Organization NAPPO), a realizarse en la MORDAZA de Halifax - Nueva Escocia, Canada entre el 19 y el 23 de octubre de 1998; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N" 125-97.EF se aprobo una Operacion de Endeudamiento Externo entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de IJS$45 600 000,OO (CUARENTAY CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL Y OO/100 DOLARES AMERICANOS) destinada a financiar parcialmente el Proyecto: "Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria"; Que, con fecha 15 de diciembre de 1997, el Gobierno Peruano y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID suscribieron el Contrato de Prestamo N" 1025/OCPE, en el cual se establecen los terminos para la ejecucion del citado proyecto; Que, para el cumplimiento de los objetivos del Proyecto: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria se

Registrese, comuniquese y publiquese Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 12051

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