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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (18/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 5

Lima, domingo 18 de octubre de 1998 el- Pág.165039 fJ3XXWBMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de Presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL a los EE.UU. para participar en la Conferen- cia de Plenipotenciarios RESOLUCION SUPREMA W 204-98-EF Lima, 15 de octubre de 1998 SE RESUELVE: CONSIDERANDO: Que mediante Carta C.363-SG/98, el Organismo Su- pervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL- solicita se autorice el viaje del Presidente del Consejo Directivo a la ciudad de Minneápolis, Estados Unidos de América, del ll al 21 de octubre de 1998, para participar en la “Conferencia de Plenipotenciarios (PP- 98)“;Artículo Unico.- Publíquese los precios FOB de refe- rencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo N” 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N” 133-94-EF) US$ por T.M. Que en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del Pre- supuesto del OSIPTEL correspondiente al ejercicio 1998; De conformidad con lo establecido en la Directiva N 009-96-OIOE, “Norma de Viajes”, aprobada mediante Resolución Ministerial N” 16596-EF/15, y sus modifica- torias; y, Estando a lo acordado;Fecha Maíz BDTE Del 28/9 al 4/10 90 308 216 SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar el viaje del señor Jorge Kuni- gami Kunigami, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Teleco- municaciones -OSIPTEL-, a la ciudad de Minneápolis, Estados Unidos de América, del ll al 21 de octubre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.PRECIOS FOB DE REFERENCIA DE PRODUCTOS LACTEOS (DECRETO SUPREMO No 133-94-EF) (PROMEDIO QUINCENAL) US$ por T.M. Fecha Del 2119 al 4/10 Artículo 2”.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del OSIPTEL:l-/ Cotización superior obtenida del reporte 39 del Dairy Market News del 2-10-98. - Pasajes US$ 991,20 - Viáticos US$ 2 200,oo - Tarifa de CORPAC US$ 25,oo Artículo 3°C La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 12066 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y FinanzasModifican Directivasreferidasal endeu- damiento y autorizaciones de viaje de directivos y personal de entidades bajo el ámbito de la OIOE 12050RESOLUCION MINISTERIAL W 226-98-EF/l5 Lima, 16 de octubre de 1998 Precios FOB de referencia para la aplicación de los derechos específi- cos correspondientes a la importación de productos agropecuarios RESOLUCION MINISTERIAL W 225-9%EF/15 Lima, 16 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo N” 016- 91-EF, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley No25528 y modificatorias, la importación de ciertos produc- tos agropecuarios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables; Que, por Decreto Supremo N” 114-93-EF, modificado por los Decretos Supremos Nos. 133-94-EF, 99-95EF, 1X-95EF, 025-96-EF, 080-96-EF, 005-97-EF y 083-98- EF, vigente a partir del 7 de agosto de 1998, se actuali- zaron las tablas aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referen- cia para la semana comprendida entre el 28 de setiembre y el 4 de octubre de 1998 para el caso del maíz, arroz y azúcar y del 21 de setiembre al 4 de octubre de 1998 para los productos lácteos; De conformidad con el Decreto Supremo N” 133-94- EF; Arroz BDTKAzúcar SULX Leche Entera en Polvo l/ 1,850 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N” 065-98EF/ 15, se aprobó la Directiva N” 003-98-OIOE, estableciendo las normas para orientar el endeudamiento interno y externo a plazos mayores de un año, en las entidades del Estado; la misma que fue modificada mediante Resolu- ción Mmisterial N” 155-98-EF/15, con el objeto de normar entre otros aspectos el nivel de endeudamiento de corto plazo; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N” 065-98-EF/15, se prorrogó la vigencia, durante el ejercicio 1998, de la Directiva W 009-96-OIOE, que establece las normas que deben regular la autorización de viajes al interior y exterior del país, por comisión de servicios, estudios o capacitación de los directivos y personal de las