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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (18/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 3

I.ima, domingo IX dc oclubrc dc I <)9X ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA PRIMER CONVENIO ESPECíFICO QUE CELEBRAN EL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Y LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Conste por el presente, el CONVENIO ESPECACO INTERINSTITUCIONAL, que celebran el CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA, a la que en adelante se denominará CNM, debidamente representado por su Presidente Dr. FAUSTINO CUNA FARFÁN, y por su Vicepresidente Dr. CARLOS HERMOZA MOYA y los consejeros: Dra. Emma Bustamante Contreras, Ing. Carlos Chacón Galindo, Dr. Alfredo Lozada Núñez y Dr. Jorge Castañeda Maldonado; y la ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA, a la que en adelante se denominara AMAG, debidamente representada por el Presidente de la Comision de Reorganización y Gobierno y Director General Dr. MANUEL MACEDO DIANDERAS; y los Directores Ejecutivos, Dr. AQUILES CHACON GALINDO y Dr. MIGUEL YÉPEZ SÁNCHEZ, en los términos y condiciones sigurentes. PRIMERO.- ANTECEDENTES- Mediante el CONVENIO MARCO, celebrado entre las partes el 21 de setiembre de 1998, en cumplimiento de lo establecido por el art. 3 de la Ley 26973, las partes acordaron en la CLAUSULA FINAL, celebrar CONVENIOS ESPECIFICOS para la ejecución de las acciones pactadas en el mismo. Que, con fecha 05 de Octubre de 1998, el señor doctor Carlos Hermoza Moya, Vicepresidente del CNM y los señores consejeros del CNM: doctora Emma Bustamante Contreras, ingeniero Carlos Chacón Galindo, doctor Alfredo Lozada Núñez y doctor Jorge Castañeda Maldonado; y los miembros de la Comisión de Reorganización y Gobierno de la Academia de la Magistratura, seriores doctores Manuel Macedo Dianderas, Presidente de la Comisión de Reorganización y Gobierno y Director General y los miembros de la referida Comisión y Directores Ejecutivos Aquiles Chacón Galindo y MiguelYepez Sánchez, se reunieron con el propósito de coordinar acciones encaminadas a la celebración del Primer Convenio Específico, conforme consta en el ACTA correspondiente. En mérito a lo expuesto las partes acordaron celebrar el presente documento. SEGUNDO.- ACUERDOS.- De conformidad al punto 5) de la Cláusula Tercera del CONVENIO MARCO, a efecto de coordinar un régimen especial de formación para los aspirantes egresados de la Academia, SE ACUERDA: A. Que la fecha de publicación de los avrsos para la matricula del Curso de Especialización para los discentes que han concurrido al Primer Ciclo de Estudios Generales, desarrolladas en la ciudad de Lima, se realice el 19 de octubre del presente año; señalándose que los días 26. 27 y 28 del mismo mes se procederá con las acciones de la respectiva matrícula, abierta a los 296 discentes que aprobaron el Primer Curso. El día 30 se inaugurará el referido Ciclo, el que se desarrollará durante los meses de noviembre-l 998 hasta abril de 1999, conforme al Plan de Estudios elaborado por la AMAG. Con relación a los 70 discentes egresados del PROFA - PIURA, se procederá con acciones similares unos días después, cuya fecha la AMAG comunicará oportunamente al CNM. B. Que los discentes, al momento de la matrícula de¡ Segundo Ciclo, con carácter obligatorio deberán elegir por su especialización en el Poder Judicial o en el Ministerio Público. C. Que, la AMAG al momento de realizar las matrículas de los discentes, deberá recabar los expedientes que contengan la documentación actualizada de rigor, remitiendo la misma ante el CNM para su correspondiente verificación, control y seguimiento. D. Que, el Certificado que otorgue la AMAG a los discentes que concluyan sus estudios conforme a la normativa legal vigente, será el único documento que les permitirá concursar dentro de su especialidad, a nivel nacional ante el CNM. E. El CNM. conjuntamente con la AMAG realizarán gestiones ante la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial y del Ministerio Público, con el objeto que los señores Presidentes de los Distritos Judiciales y Fiscales encargados de la correspondiente jurisdicción, designen como jueces suplentes o fiscales provisionales a los discentes que han aprobado el PRIMER CURSO DEL PROFA, cuyo número, en Lima y Piura, totalizan 366, con la hnalídad de permitir se convalide la práctica forense. TERCERO.- PACTO ESPECIAL F.- Finalmente el CNM y la AMAG convienen que mientras no está suscrito el Convenio Específico correspondiente, no deberá darse publicidad a los Acuerdos adoptados intennstitucionalmente. En señal de conformidad, los representantes de ambas entidades, proceden a su suscripción en la ciudad de Lima a los 06 días del mes de octubre de 1998. Faustino Luna Farfán Presidente Consejo Nacional de la MagistraturaManuel Macedo Dianderas Presidente de la Comisión de Reor anización y Gobierno y Director General de 9a AMAG Viceuresidente del C NM Carlos Hermoza Moya Consejeros del C N.M -L Dra Emma Bustamante Contreras Ing. Carlos Chacón Galindo Dr. Alfredo Lozada NúñezDirectores Eiecutivos de la AMAG Dr. Aquiles Chacón Galindo Dr. Miguel Yépez Sánchez Dr. Jorge Castañeda Maldonado