Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 1998 (18/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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I,ima, MORDAZA 18 de octubre de 1998

INSTITUTO NACXCX'VAL DE SALUD
Dejan sin efecto resolucion y sancionan con destitucion a servidora del instituto
RESOLUCION JEFATURAL W 167-98-J-OPD/INS MORDAZA, 28 de setiembre de 1998 Visto el Informe N" 099-98-CPPAD-INS y documentacion sustentatoria cursada por el Presidente de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Jefatura1 N" 14598-J-OPD/INS, de fecha 21 de agosto de 1998, se resuelve instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a la Blga. MORDAZA Ventosilla MORDAZA, a merito del Informe W 012-98-OGAV INS, emitido por la Directora de la Oficina General de Auditoria Interna, en la que concluye que la indicada profesional ha transgredido disposiciones legales, incurriendo en faltas administrativas disciplinarias previstas en el Art. 28" del Decreto Legislativo N" 276; Que, de las investigaciones efectuadas por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, se ha determinado que los cargos imputados a la Blga. MORDAZA Ventosilla MORDAZA, ex integrante del Laboratorio de Bacteriologia Especial, como el hecho de haberse atribuido en el documento de fs. 14 y 15, la responsabilidad de investigacion del area de Bartonella spp. en la Division de Bacteriologia Especial; de haber logrado el primer aislamiento en el Instituto Nacional de Salud de Bartonella Basilliformis procedente de una MORDAZA endemica; de expresar que con el mencionado aislamiento se recupera la capacidad institucional con la que no se contaba desde hace mas de 10 anos, constituyen afirmaciones falsas, conforme a lo expresado en los manifiestos de fs. 18 al 22, ratificado con la opinion especializada de fs. 110, cursada por la Directora General del Centro Nacional de Laboratorios en Salud Publica; Que, los demas cargos imputados igualmente han quedado acreditados, como el hecho de haber transgredido el Art. 3" de la Resolucion Jefatura1 N" 260.94-J-OPD/ INS y de haber editado y difundido sin la autorizacion prevista en el Art. 138" del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo No 00590-PCM, el documento emitido via Internet, con el agravante de que este no contiene informacion veraz; conducta que por demas, atenta contra los objetivos institucionales en materia de investigacion en salud; Estando a lo recomendado en el documento de visto, por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional de Salud, resulta procedente dejar sin efecto la Resolucion Jefatura1 N" 112-98-J-OPD/INS, mediante la cual se resuelve aceptar la renuncia al cargo de la Blga. MORDAZA Ventosilla MORDAZA y sancionarla por haberse acreditado la comision de faltas de caracter disciplinario, establecidas en los Incs. a), f), h) y j> del At-t. 28" del Decreto Legislativo N" 276; De conformidad con lo establecido en el Art. 30" del Decreto Legislativo N" 584; y, En uso de las atribuciones, con lo establecido en el Art. 9" del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Resolucion Ministerial N" 178-95SADM; SE RESUELVE: Articulo lo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Jefatura1 W 112-98-J-OPD/INS, mediante el cual se aceptala renuncia formulada por la Blga. PALMIRAVENTOSILLA LOPEZ. Articulo 2".- Imponer la sancion de DESTITUCION a MORDAZA MORDAZA VENTOSILLA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.

Articulo 3".- La servidora destituida no podra reingresar al servicio publico durante el termino de 5 anos como minimo. Articulo 4".- DISTRIBUIR la presente resolucion, a las instancias pertinentes, para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PARODI Jefe 12005

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Establecen procedimiento para la concesion de los servicios higienicos por subasta publica
ORDENANZA No 014-98-C/MC Comas, 21 de setiembre de 1998 EL CONCEJO DISTRITAI. DE COMAS POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21 de setiembre de 1998, se aprobo el Dictamen s/n presentado por los Presidentes de Comisiones Permanentes de Regidores para la Concesion de Servicios Publicos Municipales Servicios Higienicos por Subasta Publica. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Comas, tiene la necesidad de otorgar en concesion los servicios higienicos; el numeral 7 del Articulo lo" de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853 establece que las Municipalidades son competentes para contratar con otras entidades publicas o no preferentemente locales, la atencion de los servicios que no administren directamente; el numeral 5 del Articulo 90" de la misma ley senala las rentas de las Municipalidades entre otras, los frutos y los produdos de sus bienes; el producto de la venta de los bienes municipales y los ingresos que perciban provenientes de tarifas que cobre; a titulo de precio, por los servicios que presten; Que, el Articulo 54" de la Ley Organica de Municipalidades tija las reglas y condiciones minimas para la Concesion de los Servicios Municipales, fundamentalmente que debe ser por subasta publica; entendiendose por tal la venta publica de bienes o servicios al mejor postor por mandato administrativo o judicial; Estando a lo expuesto yen uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades N" 23853, luego de las deliberaciones del caso el Concejo por MAYORIA aprobo la siguiente: ORDENANZA: ORDENANZA PARA LA CONCESION DE SERVICIOS HIGIENICOS MUNICIPALES POR SUBASTA PUBLICA TITULO 1 GENERALIDADES Articulo Primero.- La presente ordenanza establece el procedimiento de concesion de los servicios higienicos, bajo la modalidad de concesion en subasta publica. Articulo Segundo.- La concesion por el sistema de subasta publica quedara perfeccionada con la suscripcion del documento por el MORDAZA y el postor favorecido con el otorgamiento de la Buena Pro, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato. TITULO II DE LA JUNTA MUNICIPAL DE SUBASTA PUBLICA Articulo Tercero.- La Junta Municipal de Subasta Publica, sera la encargada de las concesiones por el sistema de subasta publica.

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