NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (08/09/1998)
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Pág. 163714 ~[~&J&$flrlW:M~ l.ima: martes 8 de setiembrede 1998 Traumatología del Hospital Nacional Edgardo Reba- gliati Martins del IPSS, entre el 1 de setiembre al 31 de enero de 1999, ala ciudad de Sao Paulo, Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del presu uesto del Instituto Peruano de Seguridad Social, de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa CORPAC : IJS$ 25.00 Viáticos : lJS$ 10,295.OO Pasajes : lJS$ 1,548.16 Artículo 3”.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cuales- quiera fuese su denominación o clase a favor del trabajador cuyo viaje autoriza. Artículo 4”.-La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo ,v Promoción Social 10120 Ratifican acuerdo de COPRI mediante el cual se dispuso la entrega en conce- sión al sector privado del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez RESOLUCION SUPREMA IV’ 052-98-TR Lima, 6 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 4” del Decreto Legislativo N 839 se creó la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, como el organismo encargado de promover la inversión privada en obras públicas de infraes- tructura y de servicios públicos que pueden ser otorgados en concesión al sector privado; Que, por el Artículo 1” del Decreto de Urgencia N” 025 98 del 17 de junio de 1998 se ha transferido a la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) las funcio- nes, atribuciones y competencias otorgadas a la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas (PROMCEPRI), disponiendo a su vez que la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) esté adscrita al Sector Trabajo y Promoción Social y sea presidida por el Titular de dicho Sector; Que, de acuerdo con el numeral 2 del Artículo 6” del Texto Unico Ordenado, aprobado por el Decreto Supre- mo N” 059-96-PCM, corresponde a la COPRI establecer las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, que serán entregados en concesitin al sector privado; estableciendo el Artículo 2”, segundo párrafo, del reglamento de dicho Texto Unico Ordenado, aproba- do por Decreto Supremo N” 060-96-PCM, concordado con el Artículo 1” del Decreto de Urgencia Tu”’ 025-98, que el respectivo acuerdo de la COPRI sea ratificado por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Tra- bajo y de Promoción Social y por el Ministro del sector correspondiente; Que, de acuerdo con el numeral 3 del Artículo 6” del Texto Unico Ordenado mencionado en el considerando anterior, corresponde a la COPRI aprobar el Plan de Promo- ción de la Inversión Privada relativo a la concesión de una o varias obras públicas de infraestructura o de servicios públicos; estableciendo el Artículo ll”, segundo párrafo, del reglamento de dicho Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo N” 060-96-PCM, concordado con el Artícu- lo 1” del Decreto de Urgencia N” 025-98, que el respectivo acuerdo de la COPRI sea ratificado por Resolución SupremaRatifican acuerdo de COPRI que mo- difica modalidad para llevar a cabo proceso de promoción de la inver- DónAp;yda en la empresa KOLKAN- . . REISOLUCION SUPRRMA W’ 053-98-TR Lima, 6 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema N” 156-95PCM del 26 de mayo de 1995, se incluyó ala Empresa KOLKANDINA S.A. - Almacenes Generales de Depósito en el Proceso de Promo- ción de la Inversión Privada a que se refiere el Decreto Legislativo N” 674;-refrendada por el Ministro de Trabajo y de Promoción Social y por el Ministro del sector correspondiente; Que, por Resolución Suprema N”OlO-98-TR del 23 de junio de 1998 y N” 028-98-TR del 10 de agosto de 1998, se nombró al Comité Especial que está encargado de determinar y promover los Aeropuertos de la República que serán entregados en concesión al sector privado, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en los dispositivos legales a que se refiere el tercer conside- rando: Que, el Comité Especial mencionado en el quinto consi- derando, en cumplimiento de ha sido nombrado, propuso a a Comisión de Parte del encar o para el que I-Jromoción de la Inversión Privada (COPRI) la entrega en concesión al sector privado del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y le presentó el respectivo Plan de Promoción de la Inversión Privada; Que, mediante Acuerdo adoptado en sesión de fecha 25 de agosto de 1998, la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) aprobó que se establezca la entrega en concesión al sector privado del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, conforme al programa señalado en el Acuer- do, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en las normas legales a que se refiere el tercer considerando; así como aprobó el respectivo Plan de Promoción de la Inversión Privada; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar el Acuerdo de la Co- misión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), adoptado en su sesión celebrada el 25 de agosto de 1998, en virtud del cual se estableció la entrega en concesión al sector privado del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, bajo los mecanismos y procedimientos estable- cidos en el Texto Unico Ordenado y su reglamento, aprobados por los Decretos Supremos N”s. 059 y 060-96- PCM, respectivamente. Artículo Segundo.- Ratificar el Acuerdo de la Comi- sión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), al que se hace referencia en el artículo anterior, en virtud del cual se aprobó también el respectivo Plan de Promoción de la Inversión Privada para el otorgamiento de la concesión referida en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y de Promoción Social y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fu’imori Presidente Constitucional de la República JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 10121