NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (18/09/1998)
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Pág. 164116 el- ~b’/k~W:M~ Lima, viernes 18 de setiembre de 1998 puesto, Planificación y Racionalización, y al amparo de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalida- des - Ley N” 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Autorizar la realización del SE- GUNDO MATRIMONIO CIVIL MASIVO 1998, a efectuar- se el dfa 3 de octubre del presente ano. Artículo Segundo.- Señalar como requisitos indispen- sables para participar en dicho evento, los siguientes: l.- Partida de Nacimiento original (nacidos en Lima o Callao partida actualizada). 2.- Copia simple de Libreta Electoral (más original para verificación). 3.- Certificado domiciliario (que uno de los contrayentes domicilie en el distrito). 4.- Examen Serológico (gratuito en el Municipio de S.M.P.) 5.- Examen de anlisis de HIV (SIDA), realizado en Centro de Salud u hospital (Centro de Salud). 6.- Pago único por Acta Matrimonial: S/. 50.00 Nuevos Soles. Artículo Tercero.- Las parejas contrayentes estarán exoneradas de los siguientes pagos y requisitos: l.- De la publicación del Edicto. 2.- Del pago correspondiente a Examen Médico Prenup- cial. Articulo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Servicios Sociales y la División de Registro Civil, el cumplimiento del presente decreto. Artículo Quinto.- El gasto que irrogue el cumplimien- to del presente decreto se afectará a las partidas señaladas por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionaliza- ción, según Inf. N” 053-98-OPPyRMDSMP. Artículo Sexto.- Encargar a la Unidad de Relaciones Públicas, la publicación y difusión de la presente disposi- ción. Registrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER KAllASHIRO YWAMOTO Alcalde 10517 Disponen denunciar penalmente a ex encargado de la Alcaldía e instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios ediles RJZSOLUCION DE ALCALDIA N" 74098 AIJMDSMP * ” San Martín de Porres, 13 de agosto de 1998 Visto, el Dictamen N” OOl -98-CEPAD/MDSMP, de fecha 3 de agosto de 1998, procedente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Concejo N” 014-98, de fecha 6 de febrero de 1998, se declara nula la Resolución de Alcaldía N 0017-98-TAEAMDSMP del 12.ENE.98, por haberse emiti- do por órgano incompetente y fuera de los plazos estableci- dos por el D.S. N” 02-94-JUS, disponiendo se remita el caso a la Oficina de Control Interno para que investigue el grado de responsabilidad de los funcionarios que se pronunciaron en torno a la dación de la citada resolución; Que, de la documentación que obra en autos se observa que la R.A. No 0017-98-TAEAiMDSMP, fue emitida con la finalidad de favorecer la construcción de un Terminal Terrestre (Terrapuerto), ubicado en la Av. Alfredo Mendio- la N” 1501, altura de la Panamericana Norte km. 13.5 urbanización Fiori, no obstante que la Oficina de Auditoría Interna en su Informe N” 007-97-OAIMDSMP del 10. MAR.97, expone los antecedentes de las irregularidades cometidas en el trámite de las licencias entre otros, reco--mendando dar estricto cumplimiento a lo disuesto en la Resolución de Alcaldia No 069-97-ALMDSMP, xel 6.FEB.97 aue anula las Licencias de Demolición No 3993 del 18.3.96 y’ la Licencia de Ampliación Nõ 4206 del 3.7.96; Que, sin embargo, se aprecia en uno de los consideran- dos de la R.A. N” 0017-98-TAEA/MDSMP, que considera inaplicable el Informe N” 007-97-OAI/MDSMP, quedando demostrada la celeridad en emitir sus informes por parte del ex Director Municipal y ex Director de Obras Públicas, con el agravante de no existir opinión favorable de la Oficina de Asesoría Juridica; Que, asimismo, se aprecia contradicciones en las opinio- nes mediante resolución, oficios o informes emitidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, y de los delegados del Colegio de Arquitectos, por cuanto dichos entes externos no se han pronunciado para dejar sin efecto la Resolución de Alcaldia No 069-97-ALMDSMP; Que, más aun cuando por Proveido N” 941-97-DAL/ MDSMP del 15.12.97, el Dr. Wilder Chávez Marín, ex Director de la Oficina de Asesoría Legal, indica que no se puede dar impulso procesal en razón de haber perdido competencia, ya que existe una Acción de Amparo en el Tribunal Constitucional; y, agrega que existe medida cau- telar favorable a la empresa y una Acción de Amparo en Primera y Segunda Instancias favorable a la Municipali- dad, no pudiendo ejecutarse Resolución Administrativa en tanto no emita fallo definitivo el Organo Jurisdiccional, precisándose que el Arq. Manuel Cornejo Alvarado, ex Director de Obras Publicas por Informe N” OOl-98-M-DOP, recomienda que la Comisión Especial de Procesos Adminis- trativos, considere la inejecutabilidad de la demolición y se emita resolución que declare nula la R.A. N” 069-97 y la vigencia de las Licencias de Demolición y Ampliación; Que, esta presunta irregularidad revela indicios razona- bles de responsabilidad administrativa en el Sr. José Darío Salvador Villalobos, Teniente Alcalde ex encargado de la Alcaldía, Sr. Carlos Martmez Garcia, ex Secretario General, Sr. José Villanueva Huamán, ex Dwector Municipal y Sr. Manuel Cornejo Alvarado, ex Director de Obras Públicas, por negligencia y deficiente desempeño en sus funciones, por haber incumplido el Art. 16”, literal 0 del D.L. N” 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, Art. 21”, Incs., a) y d) del D. Leg. N” 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Arta. 127” Y 129” del D.S. N” 005-90-PCM aue aprueba el Regla- mento de la Ley de Bases de la Carrera &ln&istrativa, y Art. 110” del D.S. N” 02-94-JUS Estando a lo informado por la Oficina de Auditoria Interna mediante Informe Interno N” 007-98-OAliMDSMP, a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurfdica, a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Admi- nistrativos, de conformidad con el D. Leg. N” 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, su reglamento aprobado por D.S. N” 005-90- PCM, y, en uso de las facultades conferidas por la Ley No 23853, Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Oficina de Aseso- ría Jurídica interponga la denuncia penal correspondiente contra el Sr. José Dar10 Salvador Villalobos, Teniente Alcalde, ex encargado de la Alcaldia. Artículo Segundo.-Instaurar Proceso Administrativo Disci linario contra los ex funcionarios: Sr. CARLOS MAR- TIN& GARCIA , ex Secretario General, Sr. JOSE VILLA- NUEVA HUAMAN, ex Director Municipal y Sr. MANUEL CORNEJO ALVARADO, ex Director de Obras Publicas, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente resolución. Articulo Tercero.- Remitir los actuados a la Comisiõn Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios consti- tuida por R.A. N” 448-98-ALMDSMP, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Cuarto.- Conceder a los citados ex funciona- rios el derecho a presentar ante la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipali- dad de San Martín de Porres, los descargos de Ley y pruebas que estimen convenientes para su mejor defensa, dentro del término de cinco (5) dias hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER KANASHIRO YWAMOTO Alcalde 10516