NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (20/09/1998)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 22
2.- Se identifica el número de regidores ganados más bajo donde hay un empate. Por ejemplo, si hay 5 listas que han ganado 6,1,0,1 y 2 regidores respectivamente, el número de regidores ganados más bajo es 1. 3.- Se obtiene la información de todas las listas del actual ubigeo que empataron en este número de candida- tos elegidos. 4.- Se escoge el (los) que tiene(n) menor votación. 5.- Si entre ellos no se presenta alguna duda por haber empates perfectos en votación, se le resta(n I un candidato elegido (campo numregi). 6.- Caso contrario, no se modifica nada, a fin que el empate sea roto por un sorteo público. Procedimiento desasignap Es análogo a desasignad, para listas y candidatos provin- ciales. MODULODEREPORTES Se permitirá al usuario escoger entre los siguientes reportes: l.- Desagregado de la votación distrital de un grupo de mesas. 2.- Desagregado de la votación distrital de una mesa en particular. 3.- Resultados distritales por lista. 4.- Cocientes generados para hallar la cifra repartidora distrital. 5.- Cocientes ordenados nara hallar la cifra reoartidora distrital. 6.- Número de regidores asignados a cada lista distrital. 7.- Relación de los candidatos oue habrían sido eleaidos alcaldes y regidores distritales, por lista. 8.- Desagregado de la votación provincial de un grupo de mesas. 9.- Desagregado de la votación provincial de una mesa en particular. - - lO.- Resultados provinciales por lista. ll.- Resultados provinciales por lista, desagregado por distrito. 12.- Cocientes generados para hallar la cifra repartidora provincial. 13.- Cocientes ordenados para hallar la cifra repartidora provincial. 14.. Número de regidores asignados a cada lista provin- cial. 17.- Mesas por estado resumido cde la mesa y de ambas votaciones). 18.- Lotes.15.- Relación de los candidatos que habrían sido elegidos alcaldes y regidores provinciales, por lista. 16.. Mesas por estado detallado <de la mesa y de ambas votaciones). MODULO DE USUARIOS El módulo de usuarios permite cambiar el password del usuario activo y editar las características y opciones de acceso de los usuarios. El cambio de password solicita una vez el password antiguo y dos veces el nuevo password para confirmar que no se haya cometido errores. La edición de usuarios permite crear usuarios, modi- ficar datos y opciones de acceso de usuarios ya existentes y borrar usuarios. Las opciones son los derechos de acceso que tiene el usuario para realizar las diferentes tareas del sistema. MODULO DE ADMINISTRACION La primera opción es la administración del entorno del sistema. Permite configurar los directorios en que opera el sistema, en que se encuentran sus datos y hacia dónde se exporta la información. La segunda opción permite actualizar los datos que se han modificado en el concentrador, a fin que las tablas se mantengan actualizadas en relación a las tablas de todo el centro de cómputo.MODULO DE UTILITARIOS Este módulo nos permite transmitir la información al centro de cómputo en Lima, volver a crear las tablas y los índices si se han dañado, sacar backups y realizar la restau- ración de datos desde los backups. 10755 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIQN Y ESTADO CIVIL Constituyen Comité de Adjudicación del RENIEC RESOLUCION JEFATURAL N” 085-98-RENIEC Lima, 14 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 55” de la Ley N” 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado concordante con el Artículo 2” de la Ley N” 26884, la adquisición de bienes así como la contratación de servicios y ejecución de obras, se efectúa previo requisito de Licita- ción Pública, Concurso Público de Precios o Adjudicación Directa, según los montos que para cada caso fija la Ley Anual de Presupuesto; Que, el Artículo 6” de la Ley N” 26894 -De Presupuesto del Sector Público para 1998, establece los montos a que se sujetan las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adju- dicaciones Directas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N” 26497 - Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil:Que, el Artículo 2.2.1 del Reglamento Unico de Adquisi- ciones para el Suministro de Bienes y Prestaciones de Servicios No Personales, vigente para este ejercicio fiscal en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N” 003-98, prescribe que en cada Organismo del Sector Público funcio- narán Comités de Adjudicación, que actuarán sólo en los casos de adquisiciones que por ley requieren ser sometidos a licitación o concursos públicos; los mismos que deben quedar integrados por los funcionarios a que se refiere el Artículo 2.2.2 del acotado reglamento; y, SE RESUELVE: Artículo lo.- Constituir el Comité de Adjudicación del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que actuará en los casos de adquisiciones de bienes y servicios que se efectúen mediante licitaciones o concursos públicos. Artículo 2”.- Dicho Comité queda integrado por los siguientes funcionarios: - Ing. Julio Ota Montalbán, Gerente de Administración y Finanzas, quien lo presidirá. - Sr. Jorge Niamey Balcázar Ramos, Jefe de la División de Logistica, quien actuará como Secretario. Dr. Juan José Altamirano Yáñez, Gerente de Asesoría Jurídica; y, - Dos representantes técnicos del área que tenga mayor interés en los bienes o servicios por adquirir, designado en la resolución que convoque a Licitación o Concurso Público ~ en calidad de observardor; haciendo constar, en actas, las observaciones oue estime nertinente señalar.Artículo 3”.- El Gerente de Control Interno y Auditoría, asistirá a todas las sesiones que convoque el referido comité, MODULO DE EXPORTAR DATA Este módulo copia los archivos VOTAOO, MESA y LOG- JEE aun directorio compartido en el concentrador provincial o a un disquete, lo que le permite ser posteriormente concen- trado. Se puede elegir exportar sálo las modificaciones en los datos realizados desde la última exportación de data o una exportación total.Artículo 4”.- Los miembros del Comité de Adjudicación, quedan obligados a observar rigurosamente las normas del Reglamento Unico de Adquisiciones, en tanto éste mantenga su vigencia y ceñir su actuación a las normas de gestión presupuestarias y del presupuesto anual vigente; debiendo