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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (03/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 171626 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de abril de 1999 39 DOMINGUEZ CASTILLEJO, Fernando S/Licencia S/N 8-12-96 40 CHAVEZ POLAR, Marco Antonio S/Licencia 1.84 16-12-96 41 DEMURTAS MOYA, Joanna S/Licencia 1.60 15-12-96 Que, los conductores indicados, han infringido lo dis- puesto en el literal F-1 del Artículo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-94-MTC, de fecha 16 de junio de 1994, al CONDUCIR VEHICULOS MOTORIZADOS SIN HABER OBTENIDO LA CORRESPONDIENTE LICEN- CIA DE CONDUCIR; siendo por lo tanto pasibles a la sanción administrativa establecida en el literal e) del Artículo 6º del reglamento acotado; Que, el Artículo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-94-MTC, establece: "En los casos en que la infrac- ción originara la retención de la licencia de conducir será remitida a la Autoridad Competente de Circulación Te- rrestre para la aplicación de la sanción administrativa prevista en el presente Reglamento"; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial, en Memorándums Nºs. 272-97 y 130-99-MTC/15.18.05 y de Asesoría Legal en Informe Nº 003-99-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26322, Artículo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolución, con INHABILI- TACION por el término de tres (3) años para obtener licencias de conducir, computados a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remisión de los oficios por parte de las delegaciones de la Policía Nacional del Perú, en los casos que corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehículos Motoriza- dos de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Su- premo Nº 15-94-MTC, la presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 4179 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 312-99-MTC/15.18 Lima, 26 de febrero de 1999 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 0356, 0025, 0547, 0306, 0311, 0046, 0077, 0449, 0548, 0592, 0595, 0598, 0465, 0464, 0441, 0233, 0076, 0039, 0002, 0206, organiza- dos en torno a la Infracción al Reglamento de Tránsito por manejar vehículos automotores sin haber obtenido sus correspondientes Licencias de Conducir, Informes Nºs. 385-97 y 091-99-MTC/15.18.05.3.NMCM, del Area de Antecedentes de la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir y Memorándums Nºs. 471-97 y 136- 99-MTC/15.18.05. de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas delegaciones de la Policía Nacional del Perú, han remitido a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, diversos oficios donde ponen en conoci- miento haber intervenido a conductores de vehículos motorizados, quienes han participado en accidentes detránsito, conduciendo en estado de ebriedad y con el agravante de CARECER DE LICENCIA DE CONDU- CIR, cuya relación es la siguiente: Nº Apellidos y nombres Numer. Licencia Dosaje Fecha 01 CRUZADO GARCIA, Genaro S/Licencia -.- 14-1-97 02 BENITES RODRIGUEZ, Raúl S/Licencia -.- 14-1-97 03 AVILA MERINO, Moris Jaime S/Licencia -.- 14-1-97 04 CABALLERO LANZAN, Jorge S/Licencia -.- 14-1-97 05 SALVADOR REYES, Humberto S/Licencia -.- 14-1-97 06 ALVARADO ALVAREZ, Mirian S/Licencia -.- 14-1-97 07 JARA SOLORZANO, Luis S/Licencia -.- 14-1-97 08 ALOR CHINCHAY, Napoleón S/Licencia -.- 14-1-97 09 GRADOS ZAPATA, Carlos S/Licencia -.- 14-1-97 10 CHAVEZ ALVARADO, Hugo S/Licencia -.- 14-1-97 11 VALLADARES BERNAL, José S/Licencia -.- 14-1-97 12 ESTUPIÑAN CANALES, Orlando S/Licencia -.- 14-1-97 13 MENDOZA RAMIREZ, Luis S/Licencia -.- 14-1-97 14 BERNAL BARRIOS, José S/Licencia -.- 14-1-97 15 ROMERO CASTILLO, Gustavo S/Licencia -.- 14-1-97 16 ROJAS ROMERO, Manuel S/Licencia -.- 14-1-97 17 ESTUPIÑAN CHUMBES, Luis S/Licencia -.- 14-1-97 18 DE LOS RIOS CASTRO, Emilio S/Licencia 1.44 14-1-96 19 RAZURI LEON, John Larry S/Licencia -.- 13-1-97 20 MARCELO VEGA, Aley Javier S/Licencia -.- 11-1-97 21 VENTOCILLA NAPURI, Julio S/Licencia -.- 11-1-97 22 GARCIA AYALA, Herber S/Licencia -.- 11-1-97 23 PERALTA HERRERA, Félix S/Licencia -.- 11-7-97 24 RAMIREZ RAMIREZ, Julián S/Licencia -.- 11-1-97 25 GARCIA COLLANTES, Víctor S/Licencia -.- 11-7-97 26 PISFIC CHAVESTA, César S/Licencia -.- 11-7-97 27 ANSELMO GONZALES, Víctor S/Licencia -.- 11-7-97 28 BUITRON OBREGON, Enrique S/Licencia -.- 11-7-97 29 NOLASCO HONORIO, Julio S/Licencia -.- 11-7-97 30 OLANO MORENO, Cristian S/Licencia -.- 11-7-97 31 TOLENTINO OLIVO, Ever S/Licencia -.- 11-1-97 32 SULLON SALAS, José S/Licencia -.- 11-1-97 33 AZAÑEDO UGARTE, Edwin S/Licencia -.- 11-1-97 34 CUBAS FLORES, Luis S/Licencia -.- 11-1-97 35 CHAVEZ BAYONA, César S/Licencia -.- 11-1-97 36 ROJAS LEON, Felipe S/Licencia -.- 11-1-97 37 SULLON SALAS, José S/Licencia -.- 11-1-97 38 HUAMAN HUAMAN, Caxo S/Licencia -.- 11-1-97 39 CARRILLO SEMINARIO, Luis S/Licencia -.- 11-1-97 40 ESPINOZA RIOS, César S/Licencia -.- 11-1-97 41 LIMAYLLA CARDENAS, Narry Erick S/Licencia 1.04 1-11-96 42 BLAS TUESTA, Oscar S/Licencia 2.38 1-11-96 43 AREVALO APESTEGUI, Diómedes S/Licencia 2.35 7-11-96 44 HUAPAYA MENACHO, Walter Lizardo S/Licencia 1.01 10-11-96 45 MORENO TARAZONA, Alberto S/Licencia 1.55 27-11-96 46 CHAMBI CHACON, Walter S/Licencia 2.38 28-11-96 47 VARGAS VILLAFUERTE, Jhonny S/Licencia 1.45 1-12-96 48 SANDOVAL ALCANTARA, Javier S/Licencia -.- 30-12-96 49 CENAYUCA ARENALES, José Antonio S/Licencia -.- 16-1-97 50 QUISPE ROJAS, Alfredo S/Licencia 1.60 5-1-97 51 GOMEZ CHAVARRIA, Jhon William S/Licencia 1.39 10-1-97 52 FERNANDEZ ARANDA, José Francisco S/Licencia 1.93 7-1-97 53 LIZARBE RAMIREZ, Armando S/Licencia 1.55 12-1-97 54 SOTO ROLDAN, Luis Alberto S/Licencia 1.17 11-1-97 55 CCOPA CHINCCA, Alberto S/Licencia 1.02 10-1-97 56 ALIAGA TORIBIO, Juan Pablo S/Licencia 2.29 1-1-97 57 FARFAN BORJA, Salvador Oswaldo S/Licencia 2.55 20-12-96 58 TORRES VILLAFAN, Carlos Alberto S/Licencia S/N 17-12-96 59 JUSTO SALAZAR, Manuel S/Licencia 0.99 17-11-96 60 SULCA LOSTAUNAU, Willy S/Licencia 1.00 15-12-96 61 MARINO CONTRERAS, Juan S/Licencia -.- 5-1-96 Que, los conductores indicados, han infringido lo dis- puesto en el literal F-1 del Artículo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-94-MTC, de fecha 16 de junio de 1994, al CONDUCIR VEHICULOS MOTORIZADOS SIN HABER OBTENIDO LA CORRESPONDIENTE LICEN- CIA DE CONDUCIR; por lo tanto son pasibles a la sanción administrativa establecida en el literal e) del Artículo 6º del reglamento acotado; Que, el Artículo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-94-MTC, establece: "En los casos en que la infrac- ción originara la retención de la Licencia de Conducir será remitida a la Autoridad Competente de Circulación Te- rrestre para la aplicación de la sanción administrativa prevista en el presente reglamento"; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial, en Memorándums Nºs. 471-97 y 136-99-MTC/15.18.05 y de Asesoría Legal en Informe Nº 020-99-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26322, Artículo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de