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Pág. 172178 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de abril de 1999 63.- Un (1) lavatorio de plástico con accesorios color negro en regular estado. 64.- Un (1) armario pequeño de madera, deteriorado, apolillado e inservible. 65.- Una (1) mesa de centro chica de bronce y mármol, en regular estado. 66.- Un (1) adorno de arcilla con figura indígena, deterio- rada, rota inservible. 67.- Un (1) juego de mueble de sala, color plomo, de tres piezas en pésimo estado de conservación. 68.- Un (1) separador de ambiente de madera, en regular estado de conservación. 69.- Un (1) televisor, marca SONY TRINITRON, a colo- res, serie Nº.509390, en mal estado de funcionamiento, inoperativo (se encuentra DIPOLTRAN-PNP-Callao). 70.- Un (1) televisor de colores, marca HITACHI, de serie Nº Y1F000963, modelo CT2013, en regular estado de conservación,(se encuentra DIPOLTRAN-PNP-Callao). 4903 Modifican la R.M. Nº 287-99-IN-0103 que autorizó a Procurador iniciar proceso judicial de nulidad de acto jurídico de compraventa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0360-99-IN/0103 Lima, 14 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 599-99-IN-1201 del 5.ABR.99, proceden- te del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, solicitando modificación de la Reso- lución Ministerial. CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 0287-99-IN-0103 del 29.MAR.99, se autorizó al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior para que en defensa del Estado interponga las acciones legales correspondientes contra Alfon- so JIMENEZ CHINININ y su cónyuge Elva Rosa CORDOVA CESPEDES (vendedores) y Asael, Duber Iván y Rommel o Romel Alfonso JIMENEZ CORDOVA (compradores) sobre Nulidad de Acto Jurídico de Compraventa del inmueble ubica- do en la Av. Gullman Nºs. 200, 212 y 224 - Urb. Los Magistrados - Piura, por estar implicado en delito de TID; Que, con el oficio del exordio, el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior luego del examen de los actuados, informa que los denuncia- dos no son los únicos compradores indicados en la Resolución Ministerial Autoritativa Nº 0287-99-IN-0103 de 29.MAR.99, sino también Flor de María JIMENEZ CORDOVA y Renán JIMENEZ CORDOVA; Que, por los propios fundamentos de la aludida R.M., es necesario modificar la autorización comprendiendo a las indicadas personas como compradoras del inmueble incauta- do por TID; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modificar la Resolución Ministerial Auto- ritativa Nº 0287-99-IN-0103 de 29.MAR.99, autorizando al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Minis- terio del Interior, para que en defensa y representación del Estado proceda a interponer las acciones legales correspondien- tes contra Alfonso JIMENEZ CHINININ y su cónyuge Elva Rosa CORDOVA CESPEDES (vendedores) y Flor de María JIMENEZ CORDOVA, Renán JIMENEZ CORDOVA, Asael JIMENEZ CORDOVA, Duber Iván JIMENEZ CORDOVA y Rommel o Romel Alfonso JIMENEZ CORDOVA (compradores) del inmueble ubicado en la Av. Gullman Nºs. 200, 212 y 224 - Urb. Los Magistrados - Piura, incautado por delito de TID. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 4938JUSTICIA Disponen considerar al Pabellón Nº 1 del Establecimiento Penitenciario de Quencoro-Cusco, como Pabellón Es- pecial de Máxima Seguridad DECRETO SUPREMO Nº 006-99-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-96-JUS de fecha 23 de julio de 1996, se aprobó el reglamento de régimen de vida y progresividad del tratamiento para internos de difícil readaptación, procesados y/o sentenciados por delitos comu- nes a nivel nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-98-JUS de fecha 4 de setiembre de 1998 se modificó el Artículo 3º del reglamento antes señalado, estableciéndose una nueva etapa en el régimen de vida y progresividad en el tratamiento para internos de difícil readap- tación, designándose a la vez los establecimientos penitenciarios de máxima seguridad que los albergan; Que, mediante Resolución Suprema Nº 041-97-JUS del 13 de marzo de 1997, se cede en uso del Pabellón Nº 1 del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Quenco- ro-Cusco, a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial para que funcione el "Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Quencoro-Cusco" bajo la administración de la Gerencia Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva mencionada; Que, la infraestructura del Pabellón Nº 1 del Estableci- miento Penitenciario de Sentenciados de Quencoro tiene las características adecuadas y ambientes bipersonales para albergar a los internos procesados y/o sentenciados de difícil readaptación por delitos agravados, en general, y terrorismo agravado, en particular; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 26950 y disposiciones legales conexas, en materia de seguridad nacional; DECRETA: Artículo 1º.- Considerar al Pabellón Nº 1 del Estableci- miento Penitenciario de Quencoro-Cusco, como Pabellón Es- pecial de Máxima Seguridad, para internos procesados y/o sentenciados por Delitos Comunes de Difícil Readaptación. Artículo 2º.- Déjase sin efecto la Resolución Suprema Nº 041-97-JUS por la cual se dio en uso en forma transitoria el Pabellón Nº 1 del Establecimiento Penitenciario de Senten- ciados de Quencoro-Cusco a favor de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministra de Justicia 4954 PESQUERIA Designan Directores Regionales de Pesquería de los CTARs Piura, Lamba- yeque y Loreto RESOLUCION SUPREMA Nº 052-99-PE Lima, 14 de abril de 1999