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Pág. 172185 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de abril de 1999 Artículo Segundo.- DISPONER el OBLIGATORIO CUM- PLIMIENTO de todos los órganos jurisdiccionales y adminis- trativos, para que mensualmente proporcionen, la correspon- diente información de Gestión, dentro de los cinco primeros días útiles del mes siguiente, la misma que tendrá carácter de declaración jurada, con todas las responsabilidades que ello implica. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, ejerza el control de las activida- des para el Informe de Gestión, bajo un rol de visitas prefija- das e inopinadas, dictando las medidas correctivas del caso, con el objetivo de verificar y dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Desarro- llo de la Presidencia, mensualmente dé cuenta a esta Presi- dencia del Informe de Gestión correspondiente a cada órgano Jurisdiccional y Administrativo de la Corte Superior de Jus- ticia de Lima. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en cono- cimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Fiscalía de la Nación y de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 4937 Designan Presidente del Jurado Elec- toral Especial de la provincia de Lima en representación de esta Corte Supe- rior de Justicia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 205-99-P-CSJL Lima, 14 de abril de 1999 VISTO: El Oficio número 1825-99-P/JNE emitido por el señor Presi- dente del Jurado Nacional de Elecciones; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de vista el señor Presidente del Jurado Nacional de Elecciones solicita información respecto de algún impedimento que tenga el representante de esta Corte Superior de Justicia para asumir la Presidencia del Jurado Electoral Especial de Lima; Que, asimismo, mediante el Oficio Nº 02-99-SV/CSJL de fecha ocho de abril último, el señor Vocal Superior Titular, doctor Sergio Salas Villalobos, manifiesta la imposibilidad de seguir desempeñando la Presidencia del Jurado Electoral Espe- cial de Lima; Que, por Acuerdo del Pleno de fecha treinta de abril de mil novecientos noventiocho, los señores Vocales de la Corte Supe- rior de Justicia de Lima, designaron como su representante para que asuma la Presidencia del Jurado Electoral Especial en la provincia de Lima, al doctor Sergio Salas Villalobos, asimis- mo, designaron como miembro suplente al doctor Eladio Gonza- les Ríos, por lo cual resulta imperioso disponer que dicho cargo sea ocupado por el doctor Eladio Gonzales Ríos, conforme a la voluntad expresada en el mencionado Acuerdo del Pleno y a lo dispuesto en el Artículo 45º inciso a) de la Ley 26859 - Ley Orgánica de Elecciones; Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 90º incisos 1) y 3) de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la declinación por impedi- mento debidamente fundamentado formulada por el señor Vocal Superior, doctor Sergio Salas Villalobos al cargo de Presidente del Jurado Electoral Especial de la provincia de Lima. Artículo Segundo.- DESIGNAR como representante de esta Corte Superior de Justicia, al doctor ELADIO GONZALES RIOS para que asuma la Presidencia del Jurado Electoral Especial de la provincia de Lima, con efectividad desde la publicación de la presente resolución. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en cono- cimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de suSecretaría Ejecutiva, del Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, del Jurado Nacional de Eleccio- nes, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervisión de Personal, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 4936 CONTRALORIA GENERAL Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Contra- loría General de la República RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 041-99-CG Lima, 13 de abril de 1999 Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 002-99-CG/ACE-INF formulada por Informática, mediante la cual propone a la Alta Dirección la actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del Artículo 22º de la "Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada" aprobado por D. Leg. Nº 757, establece que el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA) institucional está sujeto a actualización; Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 071-98-CG de 25.JUN.98, aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos -TUPA de la Contraloría General actualizado a esa fecha; Que, habiéndose previsto nuevos procedimientos así como simplificación y/o precisión de requisitos y en algunos casos eliminación de trámites, documentos e información exigidos por las distintas dependencias de la Contraloría General, siendo el marco legal para estos cambios la nueva Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850 así como los "Linea- mientos para cautelar el adecuado procedimiento para el Con- trol Previo al pago de presupuestos adicionales de Obra Pública" contenida en la Directiva Nº 011-98-CG/STE, aprobado por Resolución de Contraloría General de la República Nº 125-98- CG de 09.OCT.98, y la propia Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, Decreto Legislativo Nº 757, donde el primero de los dispositivos además de reconocer como procesos de selección a la licitación pública, concurso público y adjudica- ción directa también incluye a la denominada adjudicación directa de menor cuantía, en tanto que el segundo dispositivo tuvo que incorporar nuevos requisitos y procedimientos para la tramitación para el pago de presupuestos adicionales; Que, es necesaria la actualización del Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos de la Contraloría General ciñéndose a los lineamientos establecidos para el efecto por el D.S. Nº 094- 92-PCM; Estando a la propuesta formulada por Informática y contan- do con la opinión técnica favorable de las áreas pertinentes; y, En uso de las atribuciones conferidas al Contralor General de la República en el Artículo 24º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos- TUPA de la Contraloría General de la República, conformante de la presente resolución, el cual com- prende información relativa a la tramitación de los procedi- mientos administrativos realizados por los administrados ante nuestras distintas dependencias. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 071-98-CG del 25.JUN.98. Artículo Tercero.- Encargar a las unidades de Adminis- tración y Finanzas e Informática, la evaluación permanente de la aplicación del presente Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos- TUPA de la Contraloría General de la República , así como proponer las actualizaciones necesarias. Regístrese, publíquese y archívese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República