Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 1999 (16/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 1999

Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-92-PCM se crea el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, cuyo Reglamento de Organizacion y Funciones fue aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH, dispositivo que establece que el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) es un organismo publico descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, con personeria juridica de derecho publico y con autonomia economica, tecnica, financiera y administrativa; Que, en concordancia con lo dispuesto por el Articulo 47º del mencionado reglamento, el personal del PRONAA esta comprendido en el regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, ampliatorias, modificatorias y conexas; Que, el Articulo 9º de la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 1999, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda indole, asi como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el ejercicio fiscal para los Pliegos Presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la presente ley, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector; Que, es necesario aprobar la politica remunerativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 9º de la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar la politica remunerativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria a partir del 1 de MORDAZA de 1999, de acuerdo al anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El egreso que origine la aplicacion de la presente politica remunerativa se atendera con los recursos presupuestales aprobados en el Presupuesto del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, en el Ejercicio Fiscal 1999, por la Ley Nº 27013. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 5002

Que, los dias 18 y 19 de MORDAZA de 1999, se realizara en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, la MORDAZA Reunion de Coordinacion MORDAZA con la finalidad de definir una posicion comun en el Grupo de Negociacion sobre Inversion del MORDAZA (GNIN); asimismo, del 20 al 23 de MORDAZA, se desarrollara la Tercera Reunion del Grupo de Negociacion sobre Inversion del Area de Libre Comercio de las Americas (ALCA); Que, se ha designado al senor MORDAZA MORDAZA Perret, Asesor II del Despacho del Viceministro de Economia y Secretario General (e) de la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE, para que participe en las citadas reuniones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 13590-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Perret, Asesor II del Despacho del Viceministro de Economia y Secretario General (e) de la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras CONITE, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, del 17 al 23 de MORDAZA de 1999, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas: - Viaticos US$ 1 540,00 - Pasajes US$ 529,82 - Tarifa de CORPAC US$ 25,00 Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 5017

Aprueban inafectacion de derechos arancelarios y del IGV a importaciones de bienes realizadas por instituto superior, universidad y centro educativo
RESOLUCION SUPREMA Nº 052-99-EF MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1999 Visto el Expediente Nº 27999-98, presentado por el Instituto Superior Tecnologico No Estatal TECSUP Nº 1 sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares para sus fines propios estan

Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a los EE.UU. para participar en reuniones de Coordinacion MORDAZA y del Grupo de Negociacion sobre Inversion del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 051-99-EF MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1999 Visto el Oficio Nº 135-99-EF/35 de fecha 8 de MORDAZA de 1999 del Secretario General de la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE del Ministerio de Economia y Finanzas;

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