Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (16/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 172254 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de abril de 1999 institución electoral que se encargará de desarrollar, implemen- tar y lograr todo el apoyo logístico, informático y cualquiera que sea necesario para lograr una depuración permanente y efectiva del padrón electoral, coadyuvando a que las elecciones presidenciales y de congresistas del año 2000 cuenten con todas las garantías permitidas por la ley para hacer respetar la voluntad popular; En uso de las atribuciones que otorga la Ley Nº 26487 "Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales"; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir una comisión que se encargue de proporcionar a RENIEC las facilidades y apoyo en la confección de las listas de electores, en su publicación y en todo aquello que coadyuve a la depuración del padrón electoral, que se utilizará en las Elecciones Generales del año 2000. Artículo Segundo.- La comisión estará integrada por don Rodolfo Vásquez Neyra, Gerente de Informática, quien la presi- dirá, por don José Cavassa Rocalla, Gerente de Gestión Electo- ral y por el Dr. Godofredo Dávila Orihuela, Gerente de Asesoría Jurídica. Artículo Tercero.- Disponer que todas las gerencias de ONPE brinden su apoyo a la comisión para que se cumpla el objetivo trazado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 4981 S B S Autorizan a caja rural de ahorro y cré- dito el traslado de agencia ubicada en la ciudad de Chiclayo RESOLUCION SBS Nº 0241-99 Lima, 6 de abril de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Cruz de Chalpón S.A. para que se le autorice el traslado de su agencia ubicada en la Av. Balta Nº 936 de la ciudad de Chiclayo, distrito y provincia del mismo nombre, del departa- mento de Lambayeque, a la Av. Jhon Kennedy Nº 730-A-B de la misma localidad; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el traslado solicitado; Que, estando a lo informado por el Intendente de Institucio- nes Financieras "E", mediante Informe Nº ASIF "E" 036-99/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular SBS Nº CR-060-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Cruz de Chalpón S.A. el traslado de su agencia ubicada en la Av. Balta Nº 936 de la ciudad de Chiclayo, distrito y provincia del mismo nombre, del departamento de Lambaye- que, al local ubicado en la Av. Jhon Kennedy Nº 730-A-B de la misma localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 4986Autorizan a entidad de desarrollo de la pequeña y microempresa la apertura de agencias en las provincias de Lima y Puno RESOLUCION SBS Nº 0242-99 Lima, 7 de abril de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa - EDYFICAR, requiriendo la autori- zación de esta Superintendencia para la apertura de sus agen- cias ubicadas en los departamentos de Lima y Puno; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E", mediante Informe ASIF "E" Nº 039-OT/99; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular Nº EDPYME-13-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Entidad de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa - EDYFICAR, la apertura de las siguientes agencias ubicadas en: Departamento de Lima - Av. Universitaria Mza. I, Lote 14 El Olivar, distrito de Los Olivos, provincia de Lima. - Jr. Gmo. Billinghurst Nº 419, distrito de San Juan de Miraflores, provincia de Lima. Departamento de Puno - Jr. Arequipa Nº 1005, provincia de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 4916 Autorizan a institución bancaria la aper- tura de agencia en la provincia de Piura RESOLUCION SBS Nº 0247-99 Lima, 8 de abril de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Financiero del Perú, requiriendo la autorización de esta Superintendencia, la aper- tura de una agencia ubicada en la calle Libertad Nºs. 619 - 627, distrito, provincia y departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "B" mediante Informe Nº ASIF "B"-049-OT/99; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Financiero del Perú, la apertura de una agencia ubicada en la calle Libertad Nºs. 619 - 627, distrito, provincia y departamento de Piura.