Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 1999 (18/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 18 de MORDAZA de 1999

Que, el Consejo Directivo del INICTEL ha emitido el Acuerdo Nº 5.06.99 autorizando la participacion del ingeniero MORDAZA MORDAZA Pinashca en el referido evento, solicitando al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion expedir la resolucion correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27013, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 05384-PCM, 074-85-PCM, 010-88-PCM, 031-89-EF y 135-90PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA MORDAZA Pinashca, Director de Capacitacion del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, a la MORDAZA de MORDAZA - Espana, durante los dias del 17 al 21 de MORDAZA de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento del viaje autorizado por la presente resolucion seran con cargo al Pliego Presupuestal del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por uso de aeropuerto US$ US$ 1,300.00 25.00

que cuando se trate de servicios publicos en areas rurales y de interes social que conlleven la asignacion de recursos del FITEL, las concesiones podran ser otorgadas mediante concurso publico de ofertas, pudiendo este Ministerio encargar al OSIPTEL la conduccion de dicho concurso con la participacion de un representante del organo competente del Ministerio; Que, mediante los Informes Nº 264-98-MTC/ 15.03.UECT y Nº 265-98-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina favorablemente con relacion a los Proyectos de Telecomunicaciones Rurales presentados por el OSIPTEL, recomendando su aprobacion; Que, estando a lo expuesto, es necesario aprobar los Proyectos de Telecomunicaciones Rurales propuestos por el OSIPTEL mediante Carta C.458.PD.GF/98; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC, 06-94-TCC, 07-97-MTC, 05-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los siguientes Proyectos de Telecomunicaciones Rurales: - MORDAZA NORTE, comprende los departamentos de MORDAZA y San Martin; - CENTRO SUR, comprende los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, Ica y MORDAZA de Dios. Los citados proyectos forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar al OSIPTEL la conduccion del concurso para la entrega de las concesiones de servicios publicos de telecomunicaciones, conforme a los proyectos aprobados por el articulo precedente. Articulo 3º.- Designar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para realizar las coordinaciones tecnicas, economicas y legales con el OSIPTEL respecto del concurso delegado en el Articulo 2º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5087 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 148-99-MTC/15.03 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 120-98-MTC/ 15.03, del 5 de marzo de 1998, se aprobo el Proyecto de Telecomunicaciones Rurales para los distritos fronterizos de los departamentos de MORDAZA, Tacna y MORDAZA de MORDAZA, elaborado por el Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) y el Ejercito Peruano; Que, el OSIPTEL, mediante Carta C.474.PD.GF/98, comunica a este Ministerio que en aplicacion de lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 020-98-MTC y 02198-MTC, que aprueban los Lineamientos de Politica de Apertura al MORDAZA de Telecomunicaciones y la modificacion a los contratos de concesion entre el Estado y Telefonica del Peru S.A.A., respectivamente, se ha replanteado la ejecucion del Proyecto de Telecomunicaciones Rurales para los distritos fronterizos de los departamentos de MORDAZA, Tacna y MORDAZA de MORDAZA, ya que es necesario adecuarlo a la normatividad vigente asi como modificar la relacion de areas beneficiadas; Que, mediante Carta C.513.PD.GF/98, OSIPTEL ha remitido a este Despacho un MORDAZA Proyecto de Telecomunicaciones Rurales para la MORDAZA sur del MORDAZA y solicita su aprobacion. Este proyecto considera el otorgamiento de concesiones de servicios publicos de telecomunicaciones en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tacna; Que, el Articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, precisa que corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la aprobacion de los proyectos para la aplicacion del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones (FITEL). Para tal efecto el Ministerio debe tener en cuenta los servicios previstos y

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5123

Aprueban Proyectos de Telecomunicaciones Rurales MORDAZA Norte, Centro Sur y Sur
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 147-99-MTC/15.03 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1999 Vistos los Proyectos de Telecomunicaciones Rurales MORDAZA Norte y Centro Sur, comprendidos en el Programa de Proyectos Rurales (PPR) elaborado por el Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL); CONSIDERANDO: Que, mediante Carta C.458.PD.GF/98 del OSIPTEL remitio al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, los Proyectos de Telecomunicaciones Rurales MORDAZA Norte y Centro Sur, solicitando su aprobacion. Dichos proyectos proponen el otorgamiento de concesiones de servicios publicos de telecomunicaciones en areas rurales y de preferente interes social de los departamentos de MORDAZA y San MORDAZA (Selva Norte), y MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, Ica y MORDAZA de MORDAZA (Centro Sur); Que, el Articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, precisa que corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la aprobacion de los proyectos para la aplicacion del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones (FITEL). Para tal efecto el Ministerio debe tener en cuenta los servicios previstos y considerados prioritarios por el Plan Nacional de Telecomunicaciones. Asimismo, la referida MORDAZA establece que los recursos del FITEL serviran exclusivamente al financiamiento de servicios de telecomunicaciones en areas rurales o en lugares considerados de preferente interes social; Que, la Primera Disposicion Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 05-98-MTC, que modifica el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, dispone

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