Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 1999 (18/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 18 de MORDAZA de 1999

Aceptan y aprueban donacion de equiENERGIA Y MINAS pos de radiodifusion y accesorios a favor de asociacion Imponen servidumbres de acueducRESOLUCION SUPREMA tos, embalses, obras hidroelectricas Nº 159-99-EF y de MORDAZA a favor de ELECTROPELima, 16 de MORDAZA de 1999 RU S.A.
CONSIDERANDO: Que, Mission Possible de Deerfield Beach, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, ha efectuado una donacion a favor de la Asociacion "Las Manos de Dios", consistente en equipos de radiodifusion y accesorios, conforme senala la Resolucion Ministerial Nº 522-98-MTC/15.09 de fecha 24 de diciembre de 1998; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 821, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por Mission Possible de Deerfield Beach, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 522-98-MTC/15.09 de fecha 24 de diciembre de 1998, a favor de la Asociacion "Las Manos de Dios", consistente en equipos de radiodifusion y accesorios, con un valor aproximado de US$ 19 262,00 (Diecinueve Mil Doscientos Sesenta y Dos y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Certificado de Donacion de fecha 11 de MORDAZA de 1998 y un peso aproximado de 66 k., segun Guia Aerea Nº MIA-1061 9044 de HELLMANN INTL FORWARDERS. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 621. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5107 Exp./Codigo
11074298

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 140-99-EM/VME MORDAZA, 26 de marzo de 1999 Visto, el Expediente Nº 11074298, que incluye los documentos con Registros Nºs. 1203220, 1213604 y 1217509, presentado por Electricidad del Peru S.A. ELECTROPERU S.A., solicitando la imposicion de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Yurajcocha (cuenca del rio Quillon), ubicada en los distritos de Chongos Alto y Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A., empresa concesionaria de generacion de energia electrica, en merito de las Resoluciones Supremas Nºs. 058-94-EM y 059-94-EM de fecha 3 de octubre de 1994, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Yurajcocha (cuenca del rio Quillon); Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos a), e) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Articulo 220º y siguientes de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 037-99-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Yurajcocha (cuenca del rio Quillon), ubicada en los distritos de Chongos Alto y Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, a favor de Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A.; con caracter permanente de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme a los siguientes cuadros:

Descripcion de la Servidumbre
MORDAZA Yurajcocha (cuenca del rio Quillon) 1) Obras hidroelectricas (instalaciones y obras de afianzamiento hidrico)

Area de Servidumbre

Propietario
Comunidades Campesinas de Huancallpi, Chuya y Coricocha,

Tipos de Terreno
Tierras aptas para pastoreo

Area: 26666,625 m2 Coordenadas UTM: Y1 : Este: 445981.925 Y1a : Este: 446088.016 Y1b : Este: 445856.982 Y28 : Este: 445847.888 Area: 592764,511 m2

Norte: 8615131.302 Norte: 8615028.090 Norte: 8614926.568 Norte: 8615061.471

2) Embalses (mayor area inundable)

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ELECTROPERU S.A., debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no

sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTROPERU S.A., debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion.

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