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Pág. 172305 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de abril de 1999 SUNAT Aprueban Directorios de Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Junín y de la Oficina Zonal Huánuco RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 045-99/SUNAT Lima, 16 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que por razones de interés fiscal es necesario modificar los Directorios de Principales Contribuyentes de la Inten- dencia Regional Junín y de la Oficina Zonal Huánuco; Que, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Junín, se ha considerado conveniente fijar nuevos lugares donde los mismos deberán efectuar la declaración y el pago de su deuda tributaria; Al amparo de los Artículos 29º y 88º del Código Tribu- tario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 y del Artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº 100- 97/SUNAT y en uso de la facultad otorgada por el inciso p) del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superinten- dencia Nº 041-98/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Directorio de Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Junín, que como Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente resolución, en sustitución del directorio vigente a la fecha. Artículo 2º.- Apruébese el Directorio de Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Huánuco que como Anexo Nº 2 forma parte integrante de la presente resolución, en sustitución del directorio vigente a la fecha. Artículo 3º.- Los principales contribuyentes señalados en los Anexos Nºs. 3, 4, 5 y 6 de la presente resolución, deberán cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como reali- zar todo tipo de trámites referidos a tributos administrados y/ o recaudados por la SUNAT, únicamente en: a) Anexo Nº 3: La sede de la Intendencia Regional Junín, ubicada en jirón Loreto Nº 300, distrito de Huancayo, provin- cia de Huancayo, departamento de Junín. b) Anexo Nº 4: El local ubicado en la calle Arequipa Nº 257 - Centro Cívico de Tarma, distrito de Tarma, provincia de Tarma, departamento de Junín. c) Anexo Nº 5: La sede de la Oficina Zonal Huánuco, ubicada en jirón 28 de Julio Nº 990, distrito de Huánuco, provincia de Huánuco, departamento de Huánuco. d) Anexo Nº 6: El local de la SUNAT de Cerro de Pasco, ubicado en el jirón 28 de Julio s/n - Edificio Estatal Nº 1, urbanización San Juan Pampa - distrito de Yanacancha, provincia de Pasco, departamento de Pasco. Artículo 4º.- La SUNAT notificará el contenido de la presente resolución a los contribuyentes incluidos en los anexos adjuntos, así como a aquéllos que han sido excluidos de los nuevos Directorios de Principales Contribuyentes. Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia el 3 de mayo de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME R. IBERICO Superintendente 5044 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Prohíben a propietarios y/o usuarios de triciclos el recojo de desperdicios en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-99-MDR Rímac, 5 de marzo de 1999EL CONCEJO DISTRITAL DEL RIMAC, en sesión ordinaria de Concejo de la fecha, bajo la presidencia de la señora Alcaldesa de la Municipalidad del Rímac GLORIA JARAMILLO AGUILAR, con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Martín Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Ra- fael Fernando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo. VISTA: La problemática del recojo de basura del distrito del Rímac y la existencia de tricicleros que se dedican al recojo informal de desechos sólidos; CONSIDERANDO: Que, según el Art. 66º de la Ley Orgánica de Munici- palidades son funciones de las municipalidades en materia de población, salud y saneamiento ambiental, ejecutar el servicio de limpieza pública, ubicar las áreas para la acumu- lación de basura y/o el aprovechamiento industrial de des- perdicios; Que, existen personas que con sus triciclos recogen la basura del distrito por una contraprestación dineraria y que lejos de contribuir con el servicio de limpieza, lo agravan toda vez que no acumulan los desechos en las áreas autorizadas para ello; Que, según el Art. 451º numeral 6 del Código Penal, el que arroja basura a la calle o a un predio de propiedad ajena (...) será reprimido con prestación de servicios comunitarios de quince a 30 jornadas o hasta con 180 días de multa, conducta que constituye falta contra la seguri- dad pública; Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgá- nica de Municipalidades, y con el voto mayoritario, de los Regidores del Concejo; ACUERDA: 1.- PROHIBIR a los propietarios y/o usuarios de triciclos el recojo de basura en el distrito del Rímac por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa del presente acuerdo. 2.- Disponer el empadronamiento de los propietarios y/o usuarios de dichos triciclos para ordenar la ejecución del servicio de limpieza, en un plazo no mayor de 60 días, de publicado el acuerdo. 3.- Sancionar al que incumpla con lo dispuesto en el numeral 1 del presente acuerdo con una multa equivalente al 25% de 1 UIT según lo dispuesto por el REGIMEN DE APLICACION DE MULTAS Y SANCIONES de la Municipa- lidad del Rímac, y sanciones alternativas. 4.- Poner en conocimiento del Juzgado de Paz Letrado del Rímac las infracciones con contenido penal, individualizando al infractor por la comisión de faltas contra la seguridad pública. 5.- Encargar el cumplimiento del presente acuerdo a la Dirección Municipal, Dirección de Servicios a la Ciudad y Dirección de Seguridad Ciudadana. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 5056 Disponen el retiro de vehículos aban- donados en vía pública del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-99-MDR Rímac, 22 de marzo de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DEL RIMAC, en sesión ordi- naria de Concejo de la fecha, bajo la presidencia de la señora Alcaldesa de la Municipalidad del Rímac GLORIA JARAMI- LLO AGUILAR, con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Martín Castañeda Loza- no, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparra- guirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuen- tes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo.