Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 1999 (18/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 18 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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considerados prioritarios por el Plan Nacional de Telecomunicaciones. Asimismo, la referida MORDAZA establece que los recursos del FITEL serviran exclusivamente al financiamiento de servicios de telecomunicaciones en areas rurales o en lugares considerados de preferente interes social; Que, la Primera Disposicion Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 05-98-MTC, que modifica el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que cuando se trate de servicios publicos en areas rurales y de interes social que conlleven la asignacion de recursos del FITEL, las concesiones podran ser otorgadas mediante concurso publico de ofertas, pudiendo este Ministerio encargar al OSIPTEL la conduccion de dicho concurso con la participacion de un representante del organo competente del Ministerio; Que, mediante Informe Nº 253-98-MTC/15.03 la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina favorablemente con relacion con el Proyecto de Telecomunicaciones Rurales presentado por el OSIPTEL, recomendando su aprobacion; Que, estando a lo expuesto, es necesario aprobar el Proyecto de Telecomunicaciones Rurales propuesto por el OSIPTEL mediante Carta C.513.PD.GF/98, dejando sin efecto la resolucion que aprobo el anterior proyecto; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC, 06-94-TCC, 07-97-MTC, 05-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Proyecto de Telecomunicaciones Rurales Sur que comprende los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tacna, el cual forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar al OSIPTEL la conduccion del concurso para la entrega de las concesiones de servicios publicos de telecomunicaciones, conforme al proyecto aprobado por el articulo precedente. Articulo 3º.- Designar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para realizar las coordinaciones tecnicas, economicas y legales con el OSIPTEL respecto del concurso delegado en el Articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 120-98-MTC/15.03. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5088

Que la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 44298-MTC/15.19.01, considera procedente autorizar la operacion de la referida estacion, por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la R.M. Nº 345-96 acotada; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99-MTC y D.S. Nº 024-98-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos, a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA la operacion de una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Educativa por Television en UHF, ubicada en la MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: : BC-TV : Video: 657.25 MHz Audio: 661.75 MHz MORDAZA : 45 Indicativo : OCY-6U-TV Potencia : Video: 1000 w. Audio: 100 w. Emision : Video: C3F Audio: F3E Horario : H24 Ubicacion de los Estudios : MORDAZA MORDAZA Nº 117, Dist., Prov. y Dpto. MORDAZA Ubicacion de la Planta Transmisora : Lote 28 Asociacion de Vivienda 1º de Junio, Dist. Cayma, Prov. y Dpto. MORDAZA Coordenadas: L.O. 71° 32' 25" L.S. 16° 24' 14" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por R.M. Nº 345-96-MTC/ 15.17, por tanto vencera el 25 de MORDAZA del 2006. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA la correspondiente Licencia de Operacion, con plazo de vigencia al de la autorizacion otorgada. Articulo 3º.- La presente resolucion dejara de surtir efectos en el caso que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA incumpla con lo establecido en el Articulo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Articulo 151º del Reglamento General acotado. Articulo 4º.- De conformidad con el Articulo 118º del Reglamento General en mencion, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA, no podra introducir modificaciones en las caracteristicas tecnicas establecidas en el Articulo 1º de la presente resolucion, sin la autorizacion previa de este ministerio. Articulo 5º.- Los derechos otorgados en la presente resolucion son intransferibles, salvo previa autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, caso contrario y en aplicacion del Articulo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la presente resolucion quedara automaticamente anulada. Articulo 6º.- La UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA para solicitar la renovacion de la autorizacion otorgada, observara el plazo previsto en el Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. ENA MORDAZA HILBCK Viceministra de Comunicaciones 5047 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 051-99-MTC/15.03 MORDAZA, 12 de febrero de 1999 VISTA, la solicitud presentada por la empresa RADIO SAN MORDAZA S.R.LTDA., sobre autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Onda Media Estacion Frecuencia

Autorizan a universidad y empresas la operacion de estaciones de los servicios de radiodifusion sonora comercial y educativa por television
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 050-99-MTC/15.03 MORDAZA, 12 de febrero de 1999 VISTA, la solicitud presentada por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA, sobre autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Educativa por Television en UHF, ubicada en la MORDAZA de Arequipa; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 345-96-MTC/15.17, del 25.JUL.96, se concedio autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo de doce (12) meses, a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA, para operar una estacion del Servicio de Radiodifusion Educativa por Television, en la MORDAZA de Arequipa; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos del Informe Nº 250-98-MTC/15.19.03.02. expresa que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion por TV, las pruebas de funcionamiento han resultado satisfactorias, emitiendo su conformidad tecnica;

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