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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (08/08/1999)

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de agosto de 1999 AÑO XVII - Nº 6985 Pág. 176603 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " DECRETO LEGISLATIVO Precisan que la expedición o revalida- ción de pasaportes Diplomáticos y Especiales se encuentra exonerada del pago del Impuesto de Solidaridad en favor de la Niñez Desamparada DECRETO LEGISLATIVO Nº 906 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República mediante Ley Nº 27103, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de aprobar, dentro de los 90 (noventa) días de vigencia de la citada norma, mediante Decreto Legislativo, el régimen exoneratorio del Impuesto de Solidaridad en favor de la Niñez Desamparada creado por la citada Ley; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: Artículo Unico.- EXONERACION Precísase que se encuentran exoneradas del pago del Impuesto de Solidaridad en favor de la Niñez Desamparada creado por la Ley Nº 27103, la expedición o revalidación de pasaportes Diplomáticos y Especiales a que se refieren la Ley Nº 23274, modificada por el Decreto Legislativo Nº 832, y el Decreto Supremo Nº 019-99-RE, respectivamente; así como la expedición o revalidación de aqu éllos que se realicen en la Oficina o Secciones Consulares en el exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores. POR TANTO: Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 10234 P C M Aprueban donación en favor de institu- ciones, organizaciones sociales y población de la Provincia Constitucio- nal del Callao y de diversos departa- mentos del país RESOLUCION SUPREMA Nº 422-99-PCM Lima, 6 de agosto de 1999CONSIDERANDO: Que, con Resoluciones SUNAD Nºs. 001246 y 000995, de 30 de noviembre 1993 y 2 de junio 1995 respectivamente, la Superintendencia Nacional de Aduanas adjudicó al Despacho Presidencial, prendas de vestir, cortes de tela diversos, artículos de mercería, golosinas y otros enseres para ser entregados en donación, en favor de Instituciones, Centros Educativos, Orga- nizaciones Sociales y Población de escasos recursos; Que, con el propósito de apoyar a las Instituciones, Organi- zaciones Sociales y Población de escasos recursos en sus esfuer- zos orientados a mejorar sus condiciones de vida, mediante las Actas de Entrega y Recepción respectivas el Despacho Presiden- cial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, ha procedido en sucesivos actos públicos, a entregar en calidad de donación cortes de tela y artículos de mercería a favor de los integrantes de Instituciones, Organizaciones Socia- les y Población de escasos recursos de los departamentos de Amazonas, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Ica, Junín, Lima, y la Provincia Constitucional del Callao, por lo que resulta pertinen- te expedir la Resolución que formalice dicha donación; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la donación de cortes de tela y artículos de mercería diversos valorizados en Veintitrés Mil Ciento Veinticinco y 64/100 Nuevos Soles (S/. 23 125.64), efec- tuada por el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, en favor de los integrantes de Instituciones, Organizaciones Sociales y Pobla- ción de escasos recursos, de los departamentos de Amazonas, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Ica, Junín, Lima, y la Provincia Constitucional del Callao según detalle que se indica en el anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Supre- ma a la Contraloría General de la República dentro del término de ley. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 10217 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban escala remunerativa del Pro- yecto Especial Periférico Vial Norte DECRETO SUPREMO Nº 131-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 9º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999 -Ley Nº 27013- establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el ejercicio fiscal para los Pliegos Presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la citada Ley, se aprue- ban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector;