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Pág. 177154 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de agosto de 1999 Otorgan plazo para que establecimien- tos públicos incorporen en sus insta-laciones servicios higiénicos ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-99/MDSA Santa Anita, 18 de agosto de 1999 El Concejo Municipal de Santa Anita, en Sesión de fecha 18 de agosto de 1999; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 081-99-DDU/MDSA la Direc- ción de Desarrollo Urbano manifiesta la situación de diver-sos establecimientos comerciales y/o de servicios: Centros dereuniones, restaurantes, discotecas, peñas, estaciones deservicios y otros similares que vienen funcionando en lajurisdicción del distrito de Santa Anita sin contar con la exigencia del acondicionamiento de dos servicios sanitarios en sus instalaciones, situación que fuera permitida hasta lafecha por necesidad de su funcionamiento; Que, el Reglamento Nacional de Construcciones y el Decreto de Alcaldía Nº 127 de la Municipalidad Metropo-litana de Lima, Reglamentos de Licencias Municipales de Funcionamiento de establecimientos comerciales, indus- triales y actividades profesionales y/o servicios señalan quedichos establecimientos deben contar mínimamente con dosservicios sanitarios (varones y mujeres) en sus instalacio-nes, resultando su no cumplimiento infracción de las normasreglamentarias expuestas; Que, es política municipal de la actual gestión hacer respetar las normas reglamentarias y de funcionamiento deestablecimientos comerciales y de servicios cuyo cumpli-miento redunda en un adecuado servicio al público usuarioincrementando la imagen pública del distrito en beneficio detoda la comunidad, pero con igual respeto a la actividad privada en pleno desarrollo en nuestra jurisdicción; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por el Art. 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº23853 y de sus modificatorias, el Concejo por unanimidadaprobó lo siguiente: SE ACUERDA: Artículo Primero.- OTORGAR en forma excepcio- nal un plazo de 60 días calendario a los establecimientoscomerciales y/o de servicios dedicados a los giros decentros de reunión, restaurantes, discotecas, peñas y similares de atención al público a fin de que incorporen en sus instalaciones servicios higiénicos independientespara damas y caballeros en cumplimiento del Reglamen-to Nacional de Construcciones y del Decreto de AlcaldíaNº 127-MML. Artículo Segundo.- De no verificarse el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior dentro del plazo señalado aplíquese las sanciones a que haya lugar conforme la Orde-nanza Nº 011-99-MDSA y el Art. 120º de la Ley Orgánica deMunicipalidades a los establecimientos infractores. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 10825 Autorizan la celebración de matrimo- nio masivo en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-99/MDSA Santa Anita, 18 de agosto de 1999 Visto, el Informe Nº 028-99-RRCC/SG/MDSA por el que la Jefa de la Unidad de Registros Civiles alcanza el Proyecto de Matrimonio Civil Masivo II-99 correspondiente al pre- sente año; y,CONSIDERANDO: Que, en la Constitución Política del Estado protege a la familia y el matrimonio reconociéndolos como institutos naturales del Estado Peruano; Que, siendo necesario consolidar y proteger a la familia como núcleo vital de nuestra sociedad especialmente en lo que respecta a la jurisdicción distrital de Santa Anita; Que, la Jefatura de la Unidad de Registros Civiles de la Municipalidad presenta el Informe Nº 028-99-RRCC/SG/ MDSA en el que acompaña el presupuesto respectivo; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con el voto unáni- me del Concejo de Regidores; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Celébrese el Matrimonio Civil Ma- sivo, en el distrito de Santa Anita, el día sábado 6 de noviembre de 1999, aprobándose en consecuencia el proyec- to y el presupuesto respectivo. Artículo Segundo.- Encárguese al Director Municipal, Jefe de la Unidad de Registros Civiles y Jefe de la Unidad de Asuntos Sociales el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, publíquese y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 10826 CONVENIOS INTERNACIONALES De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores, me-diante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/44, comunica la entrada en vigencia de los siguientes instrumentos internacionales: Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino de Tailandia sobre la Supresión del Requisito para Visa para Titulares de Pasaporte Diplomático, Oficial o Especial y Ordinario Suscrito en la ciudad de Lima, el 4 de junio de 1999, ratificado por Decreto Supremo Nº 044-99-RE de 10 de agosto de 1999, publicado al igual que el texto en el DiarioOficial El Peruano el 12 de agosto de 1999. Entró en vigencia el 19 de julio de 1999. Convenio sobre Cooperación Agraria entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Hungría Suscrito en Bucarest, el 14 de setiembre de 1998, ratifi- cado por Decreto Supremo Nº 002-99-RE, de 15 de enero de1999, publicado al igual que el texto en el Diario Oficial El Peruano, el 18 de enero de 1999. Entró en vigencia el 14 de junio de 1999. Tratado sobre Transferencia de Personas Condenadas y Menores Bajo Tratamiento Especial entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana Suscrito en Roma, el 24 de noviembre de 1994, ratificado por Decreto Supremo Nº 047-96-RE, de 10 de diciembre de 1996, publicado al igual que el texto en el Diario Oficial ElPeruano, el 11 de diciembre de 1996. Entró en vigencia el 17 de agosto de 1999. Tratado sobre Asistencia Judicial en Materia Penal entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana Suscrito en Roma el 24 de noviembre de 1994, ratificado por Decreto Supremo Nº 048-96-RE, de 11 de diciembre de1996, publicado al igual que el texto en el Diario Oficial El Peruano, el 12 de diciembre de 1996. Entrará en vigencia el 1 de octubre de 1999. 10777