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Pág. 177146 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de agosto de 1999 responsables de la ejecución de los proyectos y los plazos en que deberán elaborarse los respectivos planes de operación. ARTICULO III Los proyectos podrán referirse entre otros aspectos, a las siguientes modalidades de cooperación: a. Realización conjunta y coordinada de actividades de investigación, entrenamiento y capacitación, que contri- buyan al desarrollo económico y social del sector pesquero; b. Creación de Centros de Investigación, perfecciona- miento y producción experimental relacionados con el Sec- tor Pesquero; c. Organización de seminarios y conferencias, inter- cambio de informaciones científicas y de documentación pesquera en general; d. Cualquier otra modalidad de cooperación técnica que tenga por finalidad favorecer el desarrollo pesquero de Las Partes. ARTICULO IV Las Partes ejecutarán las diferentes modalidades de cooperación técnica, dentro del marco de los proyectos pes- queros específicos mediante: a. Concesión de becas de estudio, de especialización, de perfeccionamiento profesional o de adiestramiento técnico. b. Envío de expertos, investigadores o técnicos para la prestación de servicios de consultoría y de asesoramiento especializado. c. Intercambio de equipos y materiales.d. Intercambio de informaciones y experiencias. ARTICULO V Las Partes podrán solicitar de común acuerdo el finan- ciamiento, y participación de organismos internacionalespara la ejecución de proyectos comprendidos entre las moda- lidades de cooperación técnica a que se refieren los Artículos III y IV, de conformidad con lo establecido en las legislacio-nes nacionales y los respectivos acuerdos complementarios. ARTICULO VI Corresponderá a los respectivos sectores pesqueros na- cionales la concertación de los proyectos de cooperacióntécnica previstos en el Artículo II, así como encargarse de realizar la tramitación necesaria, conforme a la legislación vigente sobre la materia en cada país. ARTICULO VII Las Partes se reunirán periódicamente, por lo menos una vez al año y en forma alterna en cada país, con la finalidad de: a. Promover, agilizar y, en su caso, controlar la aplicación del presente Convenio y sus acuerdos complementarios. b. Supervisar el grado de avance propendiendo el perfec- cionamiento de los proyectos pesqueros específicos. c. Evaluar los resultados de la ejecución de los proyectos pesqueros específicos. ARTICULO VIII Cualquier diferencia entre Las Partes, relativa a la interpretación o ejecución de este Convenio, será resueltapor la vía diplomática. ARTICULO IX El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de la recepción de la última notificación por la cual las partesse comuniquen, a través de la vía diplomática, que sus respectivos requisitos constitucionales para el efecto han sido cumplidos. ARTICULO X El plazo del presente Convenio tendrá una vigencia de dos años renovables automáticamente por períodos de un año, salvo que una de las partes notifique a la otra, con seismeses de antelación, su decisión de darlo por finalizado. Firmado, en la ciudad de Tegucigalpa, a los once días del mes de agosto de mil novecientos noventisiete, en dosejemplares originales, siendo ambos textos igualmente vá- lidos.Por el Gobierno de la República del Perú J. ARTURO MONTOYA S. Embajador del Perú Por el Gobierno de la República de HondurasJ. DELMER URBIZO Secretario de Estado de Relaciones Exteriores 10857 Oficializan la "2da. Exposición Interna- cional: Energía '99", a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCION SUPREMA Nº 368-99-RE Lima, 20 de agosto de 1999 Teniendo en cuenta el Oficio Nº 420-99-EM/SG, del Ministro de Energía y Minas, de 21 de julio de 1999, mediante el cual solicita la oficialización de la "2da. Exposi-ción Internacional: Energía '99", organizada por el Instituto Mario Samamé Boggio y el Diario El Sol, entre otros, evento a realizarse en la ciudad de Lima, del 1 al 3 de diciembre de1999; De conformidad con el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) delArtículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar la "2da. Exposición Internacional: Ener- gía '99", organizada por el Instituto Mario Samamé Boggio y el Diario El Sol, entre otros, evento que se realizará en laciudad de Lima, del 1 al 3 de diciembre de 1999. 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte-riores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 10861 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan viaje de profesionales de ESSALUD a los EE.UU. para participaren pasantías sobre Radiología y Onco- logía RESOLUCION SUPREMA Nº 096-99-TR Lima, 20 de agosto de 1999 VISTO: El Oficio Nº 311-PE-ESSALUD-99 del Presi- dente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de New Orleans, EE.UU., se llevará a cabo LA PASANTIA EN EL DEPARTAMENTO DE RADIO- LOGIA, organizado por el Centro Médico de la Universidad de Louisiana, del 1 de setiembre al 31 de octubre de 1999; Que, el señor PEDRO SHIMABUKURO MIYAGUI, Médico, Jefe del Servicio de Eco-Tomografía del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro So-cial de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para partici-