TEXTO PAGINA: 6
Pág. 177148 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de agosto de 1999 las actividades relacionadas a los procesos de formalización de la propiedad de las posesiones informales ubicadas en la provincia de Ferreñafe, por lo que se requiere ampliar losalcances de la Directiva Nº 005-99-COFOPRI a la provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque; De conformidad con lo establecido por el literal d) del Artículo 3º y el Artículo 27º del Decreto Supremo Nº 009- 99-MTC, los literales m) e y) del Artículo 8º y el Artículo 52º del Decreto Supremo Nº 014-98-MTC y el DecretoSupremo Nº 019-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar los alcances de la Directiva Nº 005-99-COFOPRI a la provincia de Ferreñafe, departa- mento de Lambayeque, cuya denominación será en adelante "Normas para la asunción progresiva de competencias parala Formalización de la Propiedad de Posesiones Informales en las provincias de Chiclayo, Lambayeque y Ferreñafe, departamento de Lambayeque". Artículo Segundo.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL DELGADO BARREDA Gerente General de la Comisión deFormalización de la Propiedad Informal COFOPRI 10774 Otorgan a empresa permiso de opera- ción de servicio aéreo especial remu- nerado comercial RESOLUCION DIRECTORAL Nº 083-98-MTC/15.16 Lima, 6 de julio de 1998 Visto el expediente Nº 961383 mediante el cual la Com- pañía UNION FISHING S.A., solicita Permiso de Operaciónde Servicio Aéreo Especial Remunerado Comercial - Búsqueda de Cardúmenes ; CONSIDERANDO: Que, según los términos del Memorándum Nº 374-96- MTC/15.12.3, Memorándum Nº 0118-98-MTC/15.16.6, Me- morándum Nº 0158-98-MTC/15.16.05.3 y Memorándum Nº540-97-MTC/15.16.05.2, el Informe Nº 255-96-MTC/15.12.4 y el Certificado de Matrícula, emitidos por la Dirección de Asesoría Legal, Dirección de Seguridad de Vuelo y PersonalAeronáutico, Subdirección de Operaciones Aéreas, Subdi- rección de Material Aeronáutico, el Area de Estudios Económi- cos y el Registrador Público de la Oficina Registral de Limay Callao, respectivamente, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisi- tos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de AeronáuticaCivil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Que, en aplicación de la Cuarta Disposición Com- plementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26917, la Compañía UNION FISHING S.A. ha solicitado se adecue su pedido a la indicada Ley, a efectos que esta DirecciónGeneral resuelva lo solicitado mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la administración en aplicación del principio de presunción de veracidad acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la vali-dez de los mismos, conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; De conformidad con la Ley Nº 24882, el Decreto Legisla- tivo Nº 670, los Decretos Supremos Nºs. 054-88-TC, 019-90- TC y 009-96-MTC, la Ley Nº 26917 y el Decreto Ley Nº 25862, el Decreto Legislativo Nº 757 y la Ley Nº 25035 y sureglamento; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la Compañía UNION FISHING S.A., Permiso de Operación de Servicio Aéreo Especial Remunerado Comercial - Búsqueda de Cardúmenes, por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.Artículo 2º.- El Permiso de Operación otorgado se sujetará a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio Aéreo Especial Remunerado Comercial - Búsqueda de Cardúmenes . AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional MATERIAL AERONAUTICO: - Una (1) Aeronave ROBINSON R-22 MARINER II, matrícula OB-1654. ZONAS DE OPERACION: - Todo el Litoral Peruano. BASE DE OPERACION: - Aeropuerto de Chimbote. Artículo 3º.- La aeronave autorizada a la Compañía UNION FISHING S.A. debe estar provista de su correspon- diente Certificado de Matrícula vigente, expedido por el Registro Público de Aeronaves de la Oficina Registral deLima y Callao; de su Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Dirección General de Transporte Aéreo; y de la Póliza o Certificado de Seguros quecubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 4º.- La Compañía UNION FISHING S.A. em- pleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con surespectiva licencia y certificación de aptitud expedidos o convalidados por la Dirección General de Transporte Aéreo. Artículo 5º.- La Compañía UNION FISHING S.A. está obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente información sobre el tráfico aéreo que realiza su aeronave. Artículo 6º.- La Compañía UNION FISHING S.A. pre- sentará mensualmente a la Dirección General de Transpor- te Aéreo los datos estadísticos e informes que correspondana su actividad. Artículo 7º.- El presente Permiso de Operación será revocado o suspendido de inmediato en forma automáticacuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolución o pierda alguna de las capacidades legal, técnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 24882,modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamen- to, la Ley Nº 26917 y demás disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certifica-do de Explotador de Servicios Aéreos y Especificaciones Técnicas de operación. Artículo 8º.- Si la Administración verificase la ocurren- cia de un fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado la Dirección General de Transporte Aéreo, al amparo del Artículo 6º ydemás normas concordantes de la Ley de Simplificación Administrativa, declarará nulo de pleno derecho el acto o proceso administrativo de que se trate; sin perjuicio de ponerel hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauración del correspondiente proceso penal, conforme a lo previsto en el Artículo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Artículo 9º.- La vigencia del presente Permiso de Ope- ración queda condicionada a la obligación de la Compañía UNION FISHING S.A. de otorgar la garantía global queestablece el Artículo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación del Reglamento de la Leyantes citada; en los términos y condiciones que éste establez- ca. El incumplimiento de esta obligación determinará la automática revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 10º.- El Permiso otorgado precedentemente queda sujeto a la Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, lo pertinente de la LeyNº 26917, las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y demás disposiciones legales vigentes, así como las Directivas que dicte la Dirección General de Transporte Aéreo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENDOZA MELENEZ Director General Dirección General de Transporte Aéreo 10821