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Pág. 168975 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de enero de 1999 Declaran habilitado como urbano para usos especiales terreno ubicado en el distrito de San Luis RESOLUCION Nº 338-98-MML-DMDU Lima, 10 de diciembre de 1998 LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTO: Los Expedientes Nºs. 600928, 013353, 031064 y el Anexo Nº 6946-98 seguidos por TELEFONICA DEL PERU S.A. por el que solicitan se declare Habilitado como Urbano para Usos Especiales "OU" el terreno de 52,696.00 m2, que forma parte del Sector Uno del fundo Mendoza, ubicado en el distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo Nº 03 de la Comisión de Habilitación Urbana tomada en Sesión Nº 36-97 de fecha 3 de octubre de 1997, se acordó declarar Habilitado como Urbano para Usos Especiales "OU", el terreno de 52,696.00 m2 materia del presente trámite, estableciéndose que por tratarse de una Habilitación para Usos Especiales no genera aportes; Que, por Acuerdo Nº 04 del Comité de Multas y Sanciones de Habilitaciones Urbanas tomada en Sesión Nº 19-97 de fecha 17- Dic.-97, se acordó sancionar a TELEFONICA DEL PERU S.A. - CPT, con la suma de S/. 12,647.00 por haber incurrido en las infracciones establecidas en el Capítulo XI del Reglamento de Habilitaciones Urbanas de la provincia de Lima, contra ésta, el recurrente ha presentado su recurso de reconsideración, el mis- mo que se encuentra pendiente de atención, por lo que oportu- namente, lo resuelto será remitido de ser necesario al Servicio de Administración Tributaria; Que, la recurrente ha cumplido con presentar la siguiente documentación: a) Testimonio de Transacción y Convenio de Ejecución Judi- cial de fecha 8-Jun.-94 otorgado por la fundación Obras Pías Ignacia Rodulfa Vda. de Canevaro a favor de la Empresa Nacio- nal de Telecomunicaciones del Perú (Entel Perú S.A.). b) Copia Literal de Dominio inscrita en la ficha Nº 240774 del terreno de 52,696.00 m2 a favor de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones del Perú (Entel Perú S.A.). c) Recibos emitidos por Luz del Sur por el cual se acredita que el terreno en mención cuenta con las Obras de Electrificación.d) Recibos emitidos por SEDAPAL por el cual se acredita que el terreno cuenta con las Obras de Agua y Alcantarillado. e) Certificado de Zonificación y Vías Nº 060-97-MML-DMDU calificando el terreno de 45,400.25 m2 como Zona de Usos Espe- ciales "OU", aprobándose la sección vial de la Av. San Luis y la Av. El Aire con un ancho de 32.00 ml. f) Declaración Jurada de Inexistencia de Feudatarios y/o trabaja- dores agrícolas beneficiarios de la Reforma Agraria de fecha 1-Jul.-97 firmada por la representante de TELEFONICA DEL PERU S.A. g) Recibo Nº 00-1016578 de fecha 15-Set.-97 por el monto de S/. 80.00 por concepto de la cancelación del derecho de Gastos Administrativos. h) Recibo Nº 00-1016584 de fecha 15-Set.-97 por el monto de S/. 526.00 por concepto de la cancelación de Inspección Ocular. i) Recibo Nº 00-1016586 de fecha 15-Set.-98 por el monto de S/. 420.00 por concepto de revisión de proyecto. j) Declaración Jurada de Inexistencia de Canales de Regadío y de la Conformidad de la Ejecución de las Obras de Calzadas y Aceras, de fecha enero-98 firmada por el representante legal de la empresa y el ingeniero Efraín Silva Espino. k) Inscripción de Sociedades Anónimas a favor de Telefónica del Perú S.A.A. emitido por la Oficina Registral de Lima y Callao con partida Nº 11015766. l) Boletas por el cual el Notario Público Dr. Abraham Valver- de Alvarez certifica la fusión de las Sociedades entre la Empresa Entel Perú con la Empresa Telefónica del Perú S.A. m) Recibo Nº 00-1095717 de fecha 5-Feb.-98 por el monto de S/. 6,146.70 por concepto de la cancelación por derecho de apro- bación de estudios preliminares. n) Recibo Nº 00-1095721 de fecha 5-Feb.-98 por el monto de S/ . 24,826.90 por concepto de la cancelación por derecho de Aproba- ción de Proyectos. o) Recibo Nº 00-1095725 de fecha 5-Feb.-98 por el monto de S/ . 501.60 por concepto de la cancelación por derecho de Recepción de Obra. Estando con el Informe Nº 335-98-MML-DGO-DHU-DCO de fecha 27 de noviembre de 1998 de la División de Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; Con lo recomendado por la Dirección de Habilitaciones Urba- nas y la Dirección General de Obras; De conformidad con lo previsto en el Artículo 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Artículo 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, habilitado como Urbano para Usos Especiales "OU", el terreno de CINCUENTIDOS MILCODIGO INFRACCION MONTO OTRAS SANCIONES REINCIDENCIA (12 meses) DE LA MULTA 3-026 Incumplir las condiciones acordadas con el pasajero respecto del servicio de taxi. 3-027 No entregar a la oficina autorizada de la Municipalidad Metropolitana de Lima, los objetos, documentos o equipajes olvidados por los pasajeros dentro del vehículo del taxi. 3-028 Prestar el servicio de taxi utilizando el Certificado de Operación, Credencial del Conductor o Tarjeta de Identificación, de otro vehículo o conductor. 3-029 Maltratar verbal, física o moralmente al pasajero o terceros con ocasión de la prestación del servicio de taxi. 3-030 No conservar aseado el paradero oficial de taxi y sus zonas aledañas. 3-031 Dejar o recoger pasajeros en condiciones o situaciones de peligro. 3-032 Quedarse sin combustible mientras se presta el servicio de taxi.6% UIT 6% UIT 6% UIT 6% UIT 6% UIT 6% UIT 6% UITRetención de la documentación, se- gún sea el caso. 20% UIT 20% UIT 20% UITInternamiento del vehículo y reten- ción del Certificado de Operación. Internamiento del vehículo. Internamiento del vehículo y reten- ción de la Credencial del Conductor. Suspensión de la credencial del con- ductor por un año. Suspensión de la credencial del con- ductor por un año. Cancelación definitiva de la Creden- cial del Conductor. Suspensión de la credencial del con- ductor por un año. En los casos de reincidencia en el plazo de 2 años cancelación definitiva de la Credencial del conductor. En los casos de reincidencia en el plazo de 2 años cancelación definitiva de la Credencial del conductor En los casos de reincidencia en el plazo de 2 años cancelación definitiva de la Credencial del conductor3. FALTAS MUY GRAVES a. Del Propietario del Vehículo de Taxi 3-033 Contar el vehículo con el Certificado de Operación y distintivos de identificación del servicio falsificados u obtenidos en forma fraudulenta. 3-034 Prestar el servicio de taxi con un vehículo no autorizado, con el color y características que induzcan a error a los pasajeros. b. Del Conductor de Taxi 3-035 Contar con Credencial del Conductor o Tarjeta de Identificación falsificados u obtenidos en forma fraudulenta. 3-036 Prestar el servicio de taxi en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas. 3-037 Ser culpable de accidentes graves de tránsito. 3-038 Cometer delitos dolosos contra la vida, el cuerpo, la salud, el patrimonio o el honor sexual en perjuicio del pasajero o terceros con ocasión de la prestación del servicio. 3-039 Negarse a prestar auxilio a heridos o accidentados. 0794