Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 1999 (18/01/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 18 de enero de 1999
b) Frente a Avenida, Arboleda y/o con jardines Desde 13,000.01 Desde 39,000.01 Desde 65,000.01 Desde 91,000.01 Mas de 118,000 c) Otras Zonas Desde 13,000.01 Desde 39,000.01 Desde 65,000.01 Desde 91,000.01 Mas de 118,000 Hasta hasta hasta hasta hasta 13,000 39,000 65,000 91,000 118,000 0.0757% 0.6959% 1.5070% 2.4323% 3.8056% 5.5233% Hasta hasta hasta hasta hasta 13,000 39,000 65,000 91,000 118,000 0.1135% 0.7432% 1.5454% 2.4707% 3.8538% 5.5617%

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO: UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

Pag. 168977

UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

· Para el caso de Asentamientos Humanos y Pueblos Jovenes cuyos autoavaluos se encuentren en los 2 primeros tramos se aplicara el monto minimo de S/. 2.00 y S/. 6.00 trimestrales respectivamente. SERENAZGO A) ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y/O DE SERVICIOS EN GENERAL Desde 15,500.01 Desde 53,500.01 Desde 107,000.01 Desde 214,000.01 Desde 267,500.01 Desde 321,000.01 Mas de 428,000 Hasta hasta hasta hasta hasta hasta hasta 15,500 53,500 107,000 214,000 267,500 321,000 428,000 0.4291% 1.1448% 1.4300% 2.0032% 14.3108% 21.4663% 47.7039% 71.5564% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo y de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, correspondientes al ejercicio 1999; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; aprobo la siguiente: ORDENANZA SOBRE DERECHO DE EMISION Y DISTRIBUCION A DOMICILIO DE DECLARACIONES JURADAS DE AUTOAVALUO Y RECIBOS DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CORRESPONDIENTE AL ANO 1999 Articulo Primero.- Fijese en S/. 11.00 (once y 00/100 nuevos soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto y de recibos de pago del Impuesto Predial del ejercicio 1999, incluida su distribucion a domicilio. Por cada predio adicional, se abonara S/. 3.00 (tres y 00/100 nuevos soles) por el derecho mencionado. Articulo Segundo.- Fijese en S/. 4.00 (cuatro y 00/100 nuevos soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo y de recibos de pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo por cada predio, correspondientes al ejercicio 1999, incluida su distribucion a domicilio. Articulo Tercero.- Fijese en S/. 4.00 (cuatro y 00/100 nuevos soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo y de recibos de pago de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, correspondiente al ejercicio 1999, incluida su distribucion a domicilio. Articulo Cuarto.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 0831

· Para el caso de Asentamientos Humanos y Pueblos Jovenes cuyos autoavaluos se encuentren en los 2 primeros tramos se aplicara el monto minimo de S/. 5.00 y S/. 10.00 trimestrales respectivamente. B) MORDAZA - HABITACION Y PREDIOS SIN EDIFICAR O EN MORDAZA DE CONSTRUCCION, EDUCACIONAL NO ESTATAL, ORGANIZACIONES, ASOCIACIONES, FUNDACIONES, COMUNIDADES Y PARTIDOS POLITICOS Desde 13,000.01 Desde 53,500.01 Desde 107,000.01 Mas de 214,000 Hasta hasta hasta hasta 13,000 53,500 107,000 214,000 0.5400% 0.9540% 1.0903% 1.6355% 2.7259% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

· Para el caso de Asentamientos Humanos y Pueblos Jovenes cuyos autoavaluos se encuentren en los 2 primeros tramos, se aplicara el monto minimo de S/. 3.00 y S/. 5.00 trimestrales respectivamente. C) PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO ............. 2.3625% UIT (Trimestral) D) RESTAURANTES Desde 53,500.01 Mas de 107,000 Hasta hasta 53,500 107,000 5.7241% 8.5867% 15.6466% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

E) BANCOS, FINANCIERAS ......................... 18.2110% UIT (Trimestral) F) MUSEO, CLUB SOCIAL/ CULTURAL ......... 11.8125% UIT (Trimestral) G) JOYERIA Desde 15,600.01 Desde 65,000.01 Mas de 130,000 Hasta hasta hasta 15,600 65,000 130,000 1.9687% 3.9375% 7.8750% 18.2110% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

Prorrogan plazo de vigencia de Beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal
ORDENANZA Nº 003-99-O-MSS MORDAZA de MORDAZA, 14 de enero de 1999 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en sesion ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 018-97-O-MSS se establecio el Beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal "BERTRIMUNSURCO", aplicable a los contribuyentes que adeuden a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA por obligaciones tributarias generadas hasta el 31 de diciembre de 1996; Que, mediante Ordenanza Nº 006-98-O-MSS, se considero dentro del Beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal "BERTRIMUN-SURCO" otorgado mediante Ordenanza Nº 018-97-O-MSS, las deudas tributarias generadas hasta el 31 de diciembre de 1997; Que, es necesario otorgar una prorroga de este beneficio a efectos que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias pendientes que tienen frente al Municipio, dada la recesion economica por la que viene atravesando nuestro pais; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru y en los Articulos 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; aprobo la siguiente: ORDENANZA SOBRE PRORROGA DEL "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA MUNICIPAL" (BERTRIMUN-SURCO) Articulo Primero.- Prorroguese hasta el 30 de enero de 1999, el plazo de vigencia del Beneficio de Regularizacion Tribu-

H) DISCOTECAS, CENTROS NOCTURNOS, MORDAZA DE JUEGO Y AFINES ................. 27.5626% UIT (Trimestral) I) HIPODROMO, SUPERMERCADOS, MORDAZA ALMACENES .......................... 71.8596% UIT (Trimestral) 0830

Establecen montos de derecho de emision, determinacion y recibos de pago del Impuesto Predial, arbitrios y tasa de Licencia de Funcionamiento
ORDENANZA Nº 002-99-O-MSS MORDAZA de MORDAZA, 14 de enero de 1999 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en sesion ordinaria de la fecha; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.