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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 1999 (26/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 169212 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de enero de 1999 19/12/1997 Molino de Arroz en San Fernando 215 J.L. Ortiz, Chiclayo 113 034 19/6/98 19/12/1997 Predio 4 ha. km. 10 carretera a Pimentel, Chiclayo 90 406 19/6/98 24/12/1997 Calle ubicada en el Jr. Montevideo Nºs. 801/809, Lima 1 374 277 24/6/98 24/12/1997 Av. Grau Nº 1853, Piura 61 606 24/6/98 24/12/1997 Lote 21 Mz. F. A.H. Balarezo - Castilla, Piura 13 018 24/6/98 30/12/1997 Mz. A lote 15 urbanización Las Flores, Trujillo 292 029 30/6/98 30/12/1997 Calle 9 de Octubre 124 - Zarumilla, Tumbes 23 086 30/6/98 31/12/1997 Lote 2 Mz. M Urb. Club La Laguna - La Molina, Lima 704 701 30/6/98 31/12/1997 Calle Leoncio Prado s/n - Negritos, Talara 529 580 30/6/98 31/12/1997 Calle José Gálvez Nº 580, Negritos, Talara 341 478 30/6/98 31/12/1997 Parcela "D" Mz. C lote I-13 Pariñas, Talara 332 796 30/6/98 31/12/1997 Lote 24 Mz. C Parque Indust., Chiclayo 205 907 30/6/98 31/12/1997 Ignacio Merino Lote 37, Pariñas, Talara 193 890 30/6/98 31/12/1997 Terreno en Sáenz Peña Nº 904-920, Callao 192 739 30/6/98 31/12/1997 Esq. Av. Sáenz Peña Nº s. 1120/1150 y Leoncio Prado 1320, Chiclayo 168 720 30/6/98 31/12/1997 Calle Arica Lote B-3, Pariñas, Talara 89 710 30/6/98 31/12/1997 Departamento A-1 Estac. 1, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento A-3 Estac. 7, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento A-4 Estac. 10, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento A-5 Estac. 3, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento A-8 Estac. 22, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento b-1 Estac. 2, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento b-3 Estac. 15, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento b-4 Estac. 11, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento b-5 Estac. 14, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento b-8 Estac. 23, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento c-1 Estac. 3, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento c-3 Estac. 9, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento c-4 Estac. 12, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento c-5 Estac. 15, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento c-6 Estac. 18, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Departamento c-8 Estac. 24, Av. Yale, Talara 86 816 30/6/98 31/12/1997 Lote km. 10, carretera a Pimentel, Chiclayo 77 771 30/6/98 31/12/1997 Lote 28 Mz. A-18 AA.HH. Santa Julia, Piura 25 514 30/6/98 31/12/1997 Inmueble en Parque 57, Talara 24 641 30/6/98 31/12/1997 Lote 15 Mzna. U - Campo Polo - Castilla, Piura 13 419 30/6/98 8/1/1998 Lote 15 Mzna. C-18 - Zona Industrial, Piura 28 939 8/7/98 15/1/1998 Av. Grau y Prolong. Salaverry, Talara 109 967 15/7/98 19/1/1998 Lote 8 Mz. H, A.H. López Albújar, Piura 21 888 19/7/98 30/1/1998 Av. La Mar s/n, 1ra. cuadra, Sullana 28 939 30/7/98 1201 FE DE ERRATAS CIRCULAR Nº B-2028-99 Fe de Erratas de la Circular Nº B-2028-99, publicada en nuestra edición del día 23 de enero de 1999,página 169131. Notas Metodológicas del Anexo Nº 18 punto (11) DICE: - Con estos valores, se calcularán los montos totales Delta ( δ), Gamma ( Γ) y Vega ( ν) solicitados en las colum- nas ... DEBE DECIR: - Con estos valores,se calcularán los montos totales Delta (D), Gamma (G) y Vega (V) solicitados en las colum- nas ... 1213 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Sancionan con destitución a magistra- do del Segundo Juzgado Mixto de la provincia de Tambopata, Puerto Mal- donado RESOLUCION Nº 023-98-PCNM Lima, 16 de diciembre de 1998Visto el proceso disciplinario número cero treinta y seis - noventa y siete seguido contra el doctor GUILLERMO BOHORQUEZ PALMA, Juez del Se- gundo Juzgado Mixto, de la provincia de Tambopata, Puerto Maldonado, Distrito Judicial del Cusco y Ma- dre de Dios; abierto por resolución número cero cero seis - noventa y ocho - CNM, con fecha veintinueve de enero de mil novecientos noventa y ocho, a petición de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial; de conformi- dad con los Artículos treinta y tres y treinta y cuatro de la Ley Nº 26397, imputándosele graves irregulari- dades en el desempeño de su función; hecha la notifi- cación correspondiente, el denunciado formuló su des- cargo como aparece de fojas doscientos noventa y seis; y admitidas las pruebas ofrecidas durante el proceso y recibida su manifestación como aparece de fojas dos- cientos cincuenta y cuatro; y con el informe de la Comisión de Procesos Disciplinarios, ha quedado ex- pedito el proceso para expedir resolución; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, en mérito a las pruebas actuadas en la investigación practicada en la Oficina de Control de la Magistratura como aquella seguida ante el Consejo Na- cional de la Magistratura, ha quedado acreditado, que el denunciado cuando ejerció el cargo de Juez Provisional del Segundo Juzgado Mixto de Tambopata, Madre de Dios, se presentó don Carlos Fernández, en representa- ción de Aero Cóndor S.A.; y Oscar Santander Velásquez en representación de Vuelos Charter Santander, quienes solicitaron se realice una inspección judicial, como prueba anticipada, en el lugar denominado Caychive Alto, distri- to de Madre de Dios, para constatar el estado en que se encontraba dicho aeródromo para el uso de la navegación aérea. Segundo.- Que, no obstante que en dicha solicitud (fojas 58), no se indicó la pretensión genérica, que se iría a reclamar, ni menos la razón que justificara dicha prueba anticipada; como lo ha reconocido el denunciado en su manifestación; sin embargo, dio trámite a la misma, cuan- do debió denegarla y no admitirla de conformidad con los Artículos doscientos ochenta y cuatro y doscientos ochen- ta y cinco del Código Procesal Civil Tercero.- Que, en la diligencia solicitada por las empresas Aero Cóndor S.A. y vuelos Charter Santan- der S.A. sin justificación alguna se notificó a la Direc- ción de Transporte Aéreo y a la Dinandro y otros; realizando dicha diligencia como aparece de la copia de fojas ochenta y tres; inclusive, con la participación del Alcalde de Caychive. Cuarto.- Que, en la solicitud de la prueba antici- pada, no se ofrece perito de ninguna clase, ni se pide el nombramiento del mismo, sin embargo en el pro- veído admisorio, se dice que en dicha diligencia debe intervenir un perito especializado en infraestructura aeroportuaria; que sin nombrarlo oficialmente al se- ñor Juan Babal Renelo supuestamente perito especia- lista en infraestructura aeroportuaria y sin tomarle el juramento de ley, se admite su peritaje para dictar resolución favorable a los solicitantes. Quinto.- Que, realizada la inspección, el denunciado remitió a la Dirección General de Transporte Aéreo el Oficio cuarenta y cinco-noventa y siete, de fecha dieciocho de febrero de mil novecientos noventa y siete, corriente a fojas tres, donde textualmente dice: ..."ORDENANDOSE LA APERTURA Y FUNCIONAMIENTO PARA LAS OPERACIONES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, CARGA Y CORREO...", dictando de esta manera órdenes que no eran de su competencia jurisdiccional, ni menos dejando la ejecución de lo constatado a las resultas de un proceso regular; inclusive, innecesariamente y sin que los accionantes lo soliciten, ofició al Jefe de la Dirección Nacional Antidrogas DINANDRO, para que interponga sus buenos oficios para el normal desarrollo del Transpor- te Aéreo. Sexto.- La Corporación Peruana de Aeropuertos, so- licitó la nulidad de todo lo actuado (fojas 92), y sin embargo el denunciado la declaró sin lugar, alegando posterior- mente ante este Consejo en su manifestación que había sido sorprendido por su secretario, lo que demuestra una conducta funcional que desdice de un magistrado diligen- te, probo e idóneo.