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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 1999 (26/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 169215 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de enero de 1999 Artículo Tercero.- Establézcase para el Ejercicio Fiscal 1999, los derechos que deben abonar los contribu- yentes por los servicios de determinación del impuesto, emisión y distribución, en la siguiente forma: a)Por cada Declaración Jurada consistente en PU, HR y recibos de pago S/.11.20 b)Por cada PU adicional S/. 2.00 Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 1197 Disponen la actualización mecanizada del Impuesto Predial 1999 DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-99-MDI Independencia, 21 de enero de 1999 Que, el Impuesto Predial es el tributo creado por el D. Leg. Nº 776, a favor de los Gobiernos Locales, cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa de la municipalidad al contribuyente y que la recaudación y fiscalización de su cumplimiento corresponde a los Go- biernos Locales; Que, los contribuyentes están obligados a presentar Declaración Jurada a las municipalidades facultadas a sustituir dicha obligación con la actualización de los valo- res de predios por el sistema mecanizado, así como de efectuar el pago del impuesto hasta el último día hábil del mes de febrero; Que, a fin de brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de dicha obligación tributaria, se hace nece- sario establecer el procedimiento a seguir para la administra- ción del Impuesto Predial en el año 1999, así como el de establecer los formularios que se deban utilizar; Que, de conformidad con lo establecido en los Decretos Legislativos Nºs. 776, 816 y a las facultades concedidas en el numeral 6, Artículo 47º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853 y con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer la actualización meca- nizada del Impuesto Predial correspondiente al año 1999. Artículo Segundo.- Aprobar los formularios para la actualización mecanizada que se adjuntan y forman parte del presente decreto. Artículo Tercero.- Recomendar a las unidades adminis- trativas correspondientes atender con la celeridad del caso los requerimientos que se formulen para el procesamiento del Impuesto Predial, correspondiente al presente ejercicio fiscal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 1198 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Amplían Nomenclatura de Infracciones aprobada por Ordenanza Nº 017-97 ORDENANZA Nº 26-98 San Miguel, 25 de noviembre de 1998LA ALCALDESA DE SAN MIGUEL POR CUANTO: EL CONCEJO DE SAN MIGUEL, en sesión extraor- dinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 115º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa del trámite de comisiones y de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Incorpórese las siguientes in- fracciones en la Nomenclatura de Infracciones aprobada por la Primera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 017-97 del 30 de diciembre de 1997: Código Descripción de la Infracción UIT Sanción Accesoria 314 Por no contar los establecimientos, comerciales industriales y/o de servicios con botiquín de primeros auxilios 5% 618 Por carecer de servicios higiénicos para el público en general 5% Artículo Segundo.- Adecuese los códigos de las in- fracciones 213, 214 y 215 aprobado por Ordenanza Nº 021- 98, con los códigos 215, 216 y 217 respectivamente. Artículo Tercero.- Autorizar a la Alcaldía a expedir un Texto Unico Ordenado de la Nomenclatura de Infrac- ciones. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN CARLOS PARRO LIVELLI Regidor Encargado de Alcaldía 1204 Aprueban Reglamento de Organización Interior del Concejo Distrital EDICTO Nº 01-98 San Miguel, 22 de diciembre de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Miguel, en sesión extraor- dinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son competentes para acordar su régimen de organización interior, confor- me lo establece el Artículo 10º, inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades, siendo de competencia del Concejo Municipal aprobar la misma, mediante edicto, conforme a los Artículos 36º inciso 1), 109º y 110º de la norma aludida; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto aprobatorio de los miembros del Concejo y con dis- pensa del trámite de comisiones y aprobación del acta, aprobó el siguiente: EDICTO Artículo Unico.- Apruébese el Reglamento de Orga- nización Interior del Concejo Distrital de San Miguel, que consta de V Títulos, 86 artículos y tres disposiciones