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Pág. 169222 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de enero de 1999 Que, la indicada operación de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 16º de la Ley Nº 27012; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Crédito Público y la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27012; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase la operación de Endeudamiento Externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, hasta por la suma de US$ 46 600 000,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES SEISCIEN- TOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Programa Nacional de Atención al Menor de Tres Años Wawa Wasi - Fase I". El préstamo será cancelado en un plazo total de veinte (20) años, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posi- ble iguales, la primera de las cuales se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos del préstamo, devengando inte- reses a una tasa anual para cada semestre, que se determina- rá por el costo de los Empréstitos Unimonetarios Calificados en dólares para el semestre anterior, más un diferencial, expresado en términos de un porcentaje anual, que el BID fijará periódicamente de acuerdo con su política sobre tasa de interés. Asimismo, se pagará una comisión de crédito del 0.75% anual sobre el saldo no desembolsado del financiamien- to y un monto de US$ 466 000,00 (CUATROCIENTOS SE- SENTA Y SEIS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) por concepto de inspección y vigilancia generales, que será finan- ciado con recursos del préstamo. Artículo 2º.- El Organismo Ejecutor del "Programa Nacio- nal de Atención al Menor de Tres Años Wawa Wasi, Fase I", será el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Artículo 3º.- Autorízase al Ministro de Economía y Finan- zas o a quien él designe a suscribir en representación de la República del Perú el Contrato de Préstamo de la operación de Endeudamiento Externo que se aprueba por el Artículo 1º de esta norma legal, así como al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada ope- ración. Artículo 4º.- El servicio de amortización, intereses, comi- sión y demás gastos, que ocasione la operación de Endeuda- miento Externo que se aprueba por este Decreto Supremo, serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos que en función de las propiedades intersec- toriales y metas del Sector le correspondan en cada Ejercicio Presupuestal para el Servicio de la Deuda Pública. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministos y Ministro de Econo- mía y Finanzas y por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 1274 Establecen plazo de reembolso de prés- tamo otorgado al Ministerio de Pes- quería mediante el D.U. Nº 067-97 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 027-99-EF/77 Lima, 26 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 067-97 se otorgó al Minis- terio de Pesquería un préstamo de S/. 6 000 000,00 (SeisMillones y 00/100 Nuevos Soles) para sufragar los requerimien- tos sectoriales, prioritarios y urgentes del citado Ministerio, del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; Que, el Ministerio de Pesquería convocará a un nuevo Con- curso Público de Ofertas para concesiones del Calamar Gigante o Pota, cuyo ingreso permitirá el reembolso del referido présta- mo a partir de setiembre de 1999, por lo que es conveniente adecuar el plazo de amortización del mencionado monto; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2º del Decre- to de Urgencia Nº 037-98; SE RESUELVE: Artículo Unico.- El plazo de reembolso del préstamo al Ministerio de Pesquería en las condiciones a que se refiere el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 037-98 tendrá vencimien- tos a partir de setiembre de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR JOY WAY ROJAS Ministro de Economía y Finanzas 1285 P R E S Aceptan renuncia de Presidente del CTAR Loreto RESOLUCION SUPREMA Nº 018-99-PRES Lima, 26 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 187-98-PRES, de fecha 24 de junio de 1998, se designó al ingeniero Juan Pawlikows- ki Andrade, como Presidente del Consejo Transitorio de Admi- nistración Regional - CTAR Loreto; Que, el funcionario citado en el considerando precedente ha presentado su renuncia a dicho cargo; Que, en consecuencia es necesario dictar el correspondiente acto administrativo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización, Ley Nº 26923 y Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia del ingeniero Juan Pawlikowski Andrade, al cargo de Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Loreto. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros CRISTINA RIZO PATRON VELARDE Ministra de la Presidencia 1283 Aceptan renuncia de Presidente del CTAR Ucayali RESOLUCION SUPREMA Nº 019-99-PRES Lima, 26 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 187-98-PRES, de fecha 24 de junio de 1998, se designó al Dr. Jorge Velásquez