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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 1999 (30/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 169374 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de enero de 1999 ACORDO: Ratificar la Ordenanza Nº 009-97 y su modificatoria, Ordenanza Nº 013-99-MSMM de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, que establecen la Tasa por Esta- cionamiento de Vehículos en su jurisdicción. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 1409 Ratifican ordenanzas que establecen tasa por servicio de parqueo vehicular en el distrito de Punta Negra ACUERDO DE CONCEJO Nº 018 Lima, 28 de enero de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto: en sesión ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 018-99-MDPN de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, para la ratificación de las Ordenanzas Nº 001-99-MDPN y Nº 002-99-MDPN, que establecen la Tasa por el Servicio de Parqueo Vehicular en su jurisdic- ción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Administración Tributaria (SAT), emitida mediante Infor- me Técnico-Legal Nº 04-22-000159 y Oficio Nº 00061-99- SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comi- sión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dicta- men Nº 013-99-MML/CEPP a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Código Tributa- rio y el Edicto Metropolitano Nº 184 modificado por el Edicto Metropolitano Nº 196 que regulan la Tasa de Estaciona- miento Vehicular en la provincia de Lima y a lo normado por el Edicto Nº 020 Reglamento Interior del Concejo y Orde- nanza Metropolitana Nº 126, que aprobó el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Distritales de carácter tribu- tario en la provincia de Lima; ACORDO: Artículo Unico.- Ratificar las Ordenanzas Nº 001-99- MDPN y Nº 002-99-MDPN de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, que establecen la Tasa por el Servicio de Parqueo Vehicular en su jurisdicción. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 1413 Autorizan la independización de terre- no rústico ubicado en el distrito de San Martín de Porres RESOLUCION Nº 001-99-MML-DMDU-DGO-DHU Lima, 8 de enero de 1999 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS Visto el Expediente Nº 013192-98, Anexo Nºs. 6515-98, 7950-98, 8199-98, seguido por ALICORP S.A. por el que solicitan la Aprobación de la Independización del terreno rústico de 44,292.68 m2, ubicado en la Av. 10 de Junio Nºs. 886 y 1020 del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, cuya zonificación es la de Indus- trial Liviana "I-2"". CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de la Comisión Metropolitana de Ha- bilitación Urbana Nº 07, tomado en Sesión Nº 40-98 del 23de diciembre de 1998 acordó: aprobar con observaciones el Planeamiento Integral del terreno de 44,292.68 m2 en dos parcelas: Parcela Nº 01.- Con 9,966.52 m2, Parcela Nº 02 con 34,326.16 m2 calificado con el Uso Industria Liviana "I-2" ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, teniendo en cuenta que para la Etapa de los Proyectos de Habilitación Urbana deberá respetar la sección 11.00 ml para la calle Mártir Olaya, así como los aportes reglamentarios para el Servicio Público Complementario de 885.85 m2 y para Parques Zonales de 442.93 m2 serán redimidos en dinero ubicándolo para efectos de tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario. Que, el recurrente ha cumplido con presentar las si- guientes documentación: a) Certificado negativo de gravámenes de la Oficina de los Registros de la Propiedad de Inmueble de Lima, que acredita la propiedad del terreno cuya independización se solicita. b) Copia literal de la Ficha Nº 1184185 expedida por la Oficina de los Registros de la Propiedad de Inmueble de Lima, en la que corre inscrita la propiedad a favor de ALICORP SOCIEDAD ANONIMA. c) Testimonio de la Escritura Pública del Registro de Personas Jurídicas, inscrito en la Ficha Nº 117429 As. 105-C. d) Certificado de Zonificación y Vías Nº 268-98-MML- DMDU-OPDM del 19 de agosto de 1998, expedido por la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano que califica al terreno con el Uso de Industria Liviana "I-2". e) Recibos de Pago Nºs. 54-09016973, 54-09016974, 54- 09016975 por concepto de gastos administrativos por la suma de S/. 240.00 del 25 de agosto de 1998. f) Copia del recibo de pago cancelado en el Banco de Lima SUDAMERIS Liquidación Nº 1230018088500001 por el importe de S/. 7,466.86 Nuevos Soles. Estando al Informe Nº 067-98-MML-DMDU-DGO-DHU- DSD, de la División de Subdivisiones del 5 de noviembre de 1998 de la Dirección de Habilitación Urbana. Con lo recomendado por la Directora de Habilitaciones Urbanas y el Director General de Obras. De conformidad con lo previsto en el Art. 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-90 del 30 de octubre de 1997. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, la independiza- ción del terreno rústico de 44,292.68 m2 (CUARENTICUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTI- DOS METROS CUADRADOS CON SESENTIOCHO DECIMETROS CUADRADOS) del terreno, ubicado en la Av. 10 de Junio Nºs. 886 y 1020, del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, cuya zonificación es la de Industria Liviana "I-2" distri- buidos en dos parcelas de la siguiente manera: PARCELA Nº 01 Con un área de 9,966.52 m2 PARCELA Nº 02 Con un área de 34,326.16 m2 Las características de las parcelas resultantes de la independización figuran en el Plano signado con el Nº 001- 99-MML-DMDU-DGO-DHU, que forma parte de la presen- te resolución. Artículo Segundo.- APROBAR, el Planeamiento Inte- gral del terreno de 44,292.68 m2 de conformidad con el Plano signado con el Nº 003-99-MML-DMDU-DGO-DHU, debiendo quedar como carga inscrita ante los Registros Públicos que para la Etapa de Proyectos de Habilitación Urbana deberá respetar la sección de 11.00 ml para la ampliación de la calle Mártir Olaya. Así como la redención en dinero de los aportes reglamentarios para el Servicio Público Complementario de 885.85 m2 y para Parques Zonales de 442.93 m2 ubicándolos para efectos de tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario. Artículo Tercero.- La publicación de la presente reso- lución en el Diario Oficial El Peruano, estará a cargo de los interesados en un plazo no mayor de treinta días contados a partir de la fecha de notificación. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao para su