Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 1999 (25/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de febrero de 1999

Visto, el Informe Nº 001-89-CEPAC, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Independencia, por el cual opinan que se aperture MORDAZA Administrativo Disciplinario a varios funcionarios de esta corporacion por diversas faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones; CONSIDERANDO: Que, por informe de visto la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta entidad, comunica que en su sesion de fecha 29 de enero de 1999, han calificado cuatro (4) expedientes con el resultado, por unanimidad, de aperturar Procesos Administrativos Disciplinarios, por posible comision de faltas graves a los siguientes ex funcionarios: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las irregularidades cometidas en el pago al IPSS. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la prescripcion del MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado contra MORDAZA MORDAZA Negreiros. - MORDAZA Wu MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Rondona y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las irregularidades cometidas en la adquisicion de las camionetas para el servicio de Seguridad Vecinal. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la adquisicion de combustible para vehiculos recolectores de residuos solidos. Que, en el primer caso se imputa a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Municipal, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Logistica, a merito del Informe Nº 005-98 de la Oficina de Auditoria Interna, referido a la evaluacion sobre irregularidades administrativas sobre pago al IPSS, de fecha 21-12-98, haberse aprovechado del cargo que desempenaban simulando un pago al Instituto Peruano de Seguridad Social, para lo cual el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA autorizo que se girara un cheque por la suma de 10,000 Nuevos Soles a nombre del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que luego supuestamente fue acreditado con documentos fraguados, calificando los hechos contenidos en el expediente generado, se concluye que existen suficientes elementos de juicio para la apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los mencionados ex funcionarios por la comision de faltas contenidas en los incisos a), f) y d) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que, en el MORDAZA caso, se le imputa al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Municipal, a merito del Informe Nº 006-98 de la Oficina de Auditoria Interna de fecha 30-12-98, sobre prescripcion del MORDAZA Administrativo Disciplinario del Sr. MORDAZA MORDAZA Negreiros, haber hecho caso omiso a los plazos establecidos en la ley para la tramitacion del MORDAZA Administrativo instaurado al ex funcionario MORDAZA Negreiros, permitiendo la prescripcion del mismo con el consiguiente perjuicio economico a la entidad municipal, y calificando los hechos contenidos en el expediente generado, se evidencia que existen suficientes elementos de juicio que ameritan la Apertura de un MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario mencionado, por la comision de faltas contenidas en los incisos a) y d) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que, en el tercer caso, se les imputa a los senores: MORDAZA Wu MORDAZA, ex Director Municipal; MORDAZA MORDAZA Rondona, ex Director de Administracion de Recursos, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Logistica, a merito del Informe Nº 003-98 de la Oficina de Auditoria Interna, sobre evaluacion del MORDAZA de Adquisicion de Unidades Moviles para el servicio de serenazgo de la entidad; haber obviado lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones y desconocido las normas contenidas en el Reglamento Unico de Adquisiciones (RUA) y participado en concierto en la irregular adquisicion de cuatro (4) camionetas doble cabina para el servicio de serenazgo, y calificando los hechos contenidos en el expediente generado se evidencia que existen suficientes elementos de juicio que ameritan la apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los ex funcionarios citados, por la comision de faltas graves contenidas en los incisos a), d) y h) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que, en el MORDAZA caso, se le imputa al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Division de Limpieza Publica, habersele otorgado un vale provisional por la suma de Seiscientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 640.00) sin la existencia de documentacion sustentatoria, la misma que supuestamente se destinaria a la provision de combustible para vehiculos de recojo de residuos solidos que no contaban a esa fecha con contratos de servicios, calificando los hechos con el expediente generado se concluye que existen suficientes elementos de juicio que ameritan la apertura de Procesos Administrativos Disciplinarios contra el funcionario mencionado por la comision de falta contenida en los incisos d) y f) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Con las atribuciones conferidas por el inciso 13) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y Articulo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; RESUELVE: Articulo Primero.- Aperturar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA y

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las presuntas irregularidades cometidas en el pago al Instituto Peruano de Seguridad Social. Articulo Segundo.- Aperturar MORDAZA Administrativo Disciplinario al ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber permitido la prescripcion del MORDAZA Administrativo Disciplinario del Sr. MORDAZA MORDAZA Negreiros. Articulo Tercero.- Aperturar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios: MORDAZA Wu MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Rondona y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las presuntas irregularidades cometidas en la adquisicion de camionetas para el servicio de Seguridad Vecinal. Articulo Cuarto.- Aperturar MORDAZA Administrativo Disciplinario al Jefe de la Division de Limpieza Publica, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta irregularidad en la adquisicion de combustible para vehiculos recolectores de residuos solidos. Articulo Quinto.- Otorgar un plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir de la notificacion de la publicacion de la presente resolucion a las personas mencionadas en los articulos anteriores, para los efectos que presenten su descargo de ley. Articulo Sexto.- Encargar a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHACALTANA YEREN MORDAZA 2553

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Establecen remuneracion del MORDAZA y monto de dietas que deben percibir los Regidores por cada sesion a la que asistan
ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-99-MPH Punta MORDAZA, 22 de febrero de 1999 VISTA: La mocion de los senores Regidores de esta Municipalidad, respecto al monto por DIETAS que percibiran los senores Regidores; asi como el MORDAZA a percibir por el Sr. MORDAZA, durante el presente ejercicio fiscal; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26317, se modifica el Articulo 21º de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades, en el sentido de que los Alcaldes y Regidores son rentados, conforme lo permite el presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad, recibiendo los Alcaldes una remuneracion mensual y los Regidores DIETAS por sesion; Que, el Articulo 2º de la mencionada norma; dispone que el Acuerdo para fijar la Dieta, se fija una vez al ano hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal, el mismo que debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano; y, estando a lo acordado por unanimidad; ACUERDA: 1º.- Establecer la suma de S/. 400.00 (SON: CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), el monto que por concepto de DIETA, percibiran los senores Regidores del Concejo Distrital de Punta MORDAZA, por asistencia efectiva a cada sesion de Concejo, con un MORDAZA de 4 sesiones y un minimo de 2 sesiones por mes, durante el presente ejercicio presupuestal. 2º.- Establecer en cuanto a la remuneracion mensual a percibir por el senor MORDAZA de esta Municipalidad, la suma de S/. 3,500.00 (SON: TRES MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) en el presente ejercicio fiscal. 3º.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2543

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