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Pág. 176376 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de julio de 1999 conformidad con las disposiciones previstas en el Regla- mento General de Infracciones y Sanciones. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y publíquese. JORGE KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo de OSIPTEL ANEXO TARIFAS MAXIMAS FIJAS ARRENDAMIENTO DE CIRCUITOS NACIONALES DIGITALES VIA SATELITE, MODALIDAD DE ALQUILER TEMPORAL DE CIRCUITOS ASIMETRICOS A 512/64 Kbps Concepto Pago por única vez 1.Instalación del servicio(1) US$ 1.1. Estación transportable (*) 3 000 1.2. Estación fija sin retorno vía satélite (2) 5 000 1.3. Estación fija con retorno vía satélite 7 000 1.4. Facilidades de Telepuerto por Estación Fija 3 250 2. Cargo Fijo (3) Suscripción mensual US$ 2.1 Estación fija sin retorno vía satélite (2) 200 2.2 Estación fija con retorno vía satélite 300 3. Activación del Circuito Pago por Activación US$ 3.1 Activación del Circuito 200 4. Utilización del servicio de arrendamiento Tarifa por día y por punto US$ 4.1. Con estación transportable 4.1.1. Punto a multipunto, 6 o más puntos remotos 216 4.1.2. Punto a multipunto, hasta 5 puntos remotos 270 4.1.3. Punto a punto 540 4.2. Con estación fija sin retorno vía satélite (2) 4.2.1. Punto a multipunto, 6 o más puntos remotos 144 4.2.2. Punto a multipunto, hasta 5 puntos remotos 180 4.2.3. Punto a punto 360 4.3. Con estación fija con retorno vía satélite a 64 Kbps 4.3.1. Punto a multipunto, 6 o más puntos remotos 216 4.3.2. Punto a multipunto, hasta 5 puntos remotos 270 4.3.3. Punto a punto 540 (*)El costo de instalación de la estación transportable incluye el costo de la activación del circuito. (1)No incluye los circuitos digitales terrestres ni los gastos de viaje del personal técnico. (2)No está incluido el circuito de retorno vía terrestre, al cual se le aplicarán las tarifas pertinentes. (3)Cuando en un determinado mes se utilice el circuito, el cargo fijo mensual será parte de pago de la utilización. EXPOSICION DE MOTIVOS Telefónica ha solicitado la aprobación de tarifas para el Servicio de Arrendamiento de Circuitos Digitales Na- cionales Vía Satélite para una nueva modalidad de arren- damiento temporal de circuitos asimétricos a 512 / 64 Kbps. DEFINICION DEL SERVICIO El Servicio de Alquiler de Circuitos Digitales Vía Satélite, en la modalidad de Alquiler Temporal de Circui- tos Asimétricos a 512/64 Kbps permite establecer servi- cios provisionales asimétricos en cualquier lugar del país, desde el local principal del cliente hacia un local o locales distantes. El servicio es brindado a través de un telepuerto y estaciones terrenas remotas, entre los cuales se esta- blecerán los circuitos digitales asimétricos a 512 Kbps en la dirección telepuerto- estación terrena remota y a 64 kbps en la dirección inversa. La característica de este servicio es que permite contar con un mayor ancho de banda (512 Kbps) en la dirección de mayor volúmen y/o calidad de información (local principal del cliente), para la transmisión de voz, datos, vídeo y multimedia, La estación terrena remota puede ser fija o transpor- table. La estación fija es aplicable a clientes que requierenestablecer servicios provisionales desde determinados locales en forma frecuente. La estación transportable es aplicable para aplicaciones eventuales, principalmente en lugares del país carentes de infrestructura de teleco- municaciones. MERCADO RELEVANTE El mercado para este servicio estaría conformado por los segmentos de mercado que se caracterizan por tener la necesidad de transmitir un mayor nivel de información desde un local principal hacia otro(s) locales, los mismos que transmiten volúmenes inferiores de información de respuesta, motivo por el cual los requerimientos de velo- cidades de transmisión de ida y de retorno no son los mismos, así , entre los principales usuarios de esta moda- lidad tenemos: • Instituciones educativas; • Centros de capacitación tecnológica; • Centros de divulgación científica; • Centros de explotación o producción ubicados en lugares remotos, sin infraestructura y con condiciones geográficas difíciles. COMPONENTES TARIFARIOS Para la prestación de esta nueva modalidad de Alqui- ler de Líneas y Circuitos Nacionales Digitales Vía Satélite se consideran los siguientes conceptos tarifarios: Cargo de Instalación (Por única Vez) : Comprende la instalación del servicio e incluye la conexión a la red. En el caso de los circuitos con estaciones transportables este pago involucra la ins- talación y desinstalación de la estación en el lugar indicado por el cliente; en el caso de los circuitos con estaciones fijas este pago involucra la instalación de la estación. Cargo Fijo ( mensual ) : Corresponde al mantenimiento de la estación te- rrena, en los casos de arrendamiento de circuitos con estaciones terrenas fijas, es decir que no se aplica al caso de arrendamiento de estaciones transportables, y garantiza el tener operativa la estación terrena, con- siderando que el uso de la misma no es permanente ni continuo en el mes, ni durante todos los meses del año y el usuario necesita tener la seguridad de contar con el servicio en el momento que lo determine, sin ser su propiedad la estación terrena ni su negocio el giro de las telecomunicaciones. En los meses que una empresa use el servicio no se pagará el cargo fijo correspondiente. Cargo de Activación (Por Vez) : El cliente que posee una estación terrena remota fija del servicio, instalada en su local remoto, puede deman- dar el servicio por períodos. Para atender el indicado requerimiento es necesario previamente activar el circui- to y desactivarlo luego de concluido el período de alquiler. Dicha acción conlleva a realizar los siguientes trabajos: i) Encendido del sistema satelital y terrestre. ii) Alineamiento del sistema satelital que consiste en efectuar pruebas para verificar la continuidad de la trans- misión y recepción de las señales y realizar ajuste de niveles en las diferentes etapas del sistema. iii) Verificación de la continuidad y ajuste de niveles en el circuito terrestre . Además el técnico de la estación terrena fija debe permanecer en el local de la misma mientras dura el período de alquiler del servicio, a fin de garantizar en todo momento la continuidad y calidad del servicio; para final- mente apagar los equipos. Para el caso de las estaciones terrenas remotas transportables, este concepto ya está considerado en la Instalación del Servicio