Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 1999 (30/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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encuentran descritas en el "Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico", numero TMA-017, y estan limitadas a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion"; las que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Las actividades autorizadas a la Compania de Aviacion Solar S.A. deben efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Transporte Aereo. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho Manual debera solicitarse la aprobacion correspondiente a la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo Cuarto.- La Direccion General de Transporte Aereo, efectuara periodicamente inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la Compania de Aviacion Solar S.A. a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Transporte Aereo, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente. Articulo Sexto.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la Compania de Aviacion Solar S.A. queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 8198

desciende a la suma de S/. 19'980,000.00 (DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, como consecuencia de la absorcion acordada, el capital social del Norbank se MORDAZA incrementado en la suma de S/. 9'718,031.00 (NUEVE MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL TREINTAIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), con lo cual el capital social pagado asciende a la suma de S/. 62'797,823.00 (SESENTAIDOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTAISIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "C", por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y, con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 12º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Banco Solventa, la escision por segregacion de parte de su patrimonio para que sea absorbido por Norbank, actuando como empresa escindida el Banco Solventa, con su consecuente reduccion de capital social a la suma de S/. 19'980,000.00 (DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Segundo.- Autorizar a Norbank, la absorcion de la parte escindida del patrimonio del Banco Solventa, con su consecuente aumento de capital social a la suma de S/. 62'797,823.00 (SESENTAIDOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTAISIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Tercero.- Aprobar la Minuta de escision por segregacion de parte del patrimonio del Banco Solventa, la absorcion de la parte escindida del patrimonio del Banco Solventa a favor de Norbank y los correspondientes acuerdos de reduccion y aumento de capital segun el caso; la misma que se devuelve debidamente autenticada con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevacion a Escritura Publica y ulterior inscripcion en el Registro Mercantil de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 9888

SBS
Autorizan a Norbank la absorcion de parte escindida de patrimonio del Banco Solventa
RESOLUCION SBS Nº 589-99 MORDAZA, 30 de junio de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Solventa, a efecto que se autorice la escision por segregacion de parte de su patrimonio para que sea absorbido por Norbank; y, CONSIDERANDO: Que, en Junta Facultativa Universal de Accionistas del Banco Solventa, celebrada el 25 de MORDAZA de 1999, se acordo la escision de parte de su patrimonio para que sea absorbido por Norbank; actuando como empresa escindida el Banco Solventa, con su consecuente reduccion de capital social, y como empresa absorbente Norbank, con su consecuente aumento de capital social; Que, en Junta General de Accionistas de Norbank, celebrada el 25 de MORDAZA de 1999, se acordo absorber la parte escindida del patrimonio del Banco Solventa, con el consecuente aumento de capital social de Norbank; Que, como consecuencia de la escision acordada, el capital social del Banco Solventa se MORDAZA reducido en la suma de S/. 9'718,031.00 (NUEVE MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL TREINTAIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), con lo cual el capital social pagado

CONASEV
Declaran infundada reconsideracion contra resolucion que sanciono con multa a empresa por ejercer funciones de sociedad agente de bolsa sin autorizacion
RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONASEV Nº 004-99-EF/94.12 MORDAZA, 21 de enero de 1999 VISTO: El Informe Nº 002-99-EF/94.55 de fecha 18 de enero de 1999, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion del Tribunal Administrativo de CONASEV Nº 050-98-EF/94.12, se resolvio declarar que

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