TEXTO PAGINA: 5
Pág. 176371 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. - EDELNOR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Suprema Nº 080- 96-EM de fecha 17 de octubre de 1996, ha solicitado la regularización de las servidumbres de ocupación de bienes para subestaciones de distribución eléctrica Nºs. 0219, 0543 y 0553; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99- PCM, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico, com- prendidas dentro del proceso de promoción a la inver- sión privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instala- ciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas (De- creto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03- 95-PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 126-99- EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 019-99-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de Distri- bución Eléctrica de Lima Norte S.A. - EDELNOR S.A., en vía de regularización con carácter permanente, las servi- dumbres de ocupación de bienes para subestaciones de distribución eléctrica Nºs. 0219, 0543 y 0553, ubicadas en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentación técnica y a los cuadros publicados en el Diario Oficial El Peruano los días 21 y 22 de junio. Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvien- tes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. - EDELNOR S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. -EDELNOR S.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 9533 INTERIOR Dan por concluido nombramiento de Subprefecto de la provincia de Ayaba- ca, ex Región Grau RESOLUCION SUPREMA Nº 0426-99-IN-1501 Lima, 23 de julio de 1999CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 0781-97-IN- 030100000000 de fecha 12 de setiembre de 1997 se nombró al señor Orlando VIERA TORRES, como Subprefecto de la provincia de Ayabaca de la Región Grau; De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983; SE RESUELVE: Dar por concluido el nombramiento del señor Orlando VIERA TORRES, como Subprefecto de la provincia de Ayabaca de la ex Región Grau, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori F. Presidente Constitucional de la República JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 9906 PESQUERIA Ratifican acuerdo de la COPRI que apro- bó Plan de Promoción de la Inversión Privada para la ejecución del Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos RESOLUCION SUPREMA Nº 114-99-PE Lima, 27 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 4º del Decreto Legisla- tivo Nº 839 se creó la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, como el orga- nismo encargado de promover la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públi- cos que pueden ser otorgados en concesión al sector privado; Que, por la Ley Nº 27111 se ha transferido a la Comi- sión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) las funciones, atribuciones y competencias otorgadas a la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas (PROM- CEPRI); Que, de acuerdo con el numeral 3 del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, corresponde a la COPRI aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada relativo a la conce- sión de una o varias obras públicas de infraestructura o de servicios públicos; estableciendo el Artículo 11º, segundo párrafo, del Reglamento de dicho Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, concor- dado con el Artículo 1º de la citada Ley y la Resolución Suprema Nº 033-99-PCM, que el respectivo Acuerdo de la COPRI sea ratificado por Resolución Suprema refrenda- da por el Ministro de Pesquería y por el Ministro del sector correspondiente; Que, mediante Resolución Suprema Nº 056-97-PCM, de fecha 13 de febrero de 1997, se ratificó el Acuerdo de la PROMCEPRI en virtud del cual se establece que la ejecu- ción del Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos sea entregado en concesión al sector privado bajo l os mecanismos y procedimientos a que se refieren las nor- mas indicadas en el anterior considerando, nombrándose al Comité Especial respectivo; Que, el indicado Comité Especial, en cumplimiento del encargo para el que ha sido nombrado, propuso a la