Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 1999 (30/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

http://www.editoraperu.com.pe Pag. 176367

ANO XVII - Nº 6976 - Tarifa CORPAC US$ 50,00 - Costo de Inscripcion US$ 1 100,00

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio para participar en la XXIII Conferencia Interamericana de Contabilidad, a realizarse en Puerto Rico
RESOLUCION SUPREMA Nº 352-99-EF MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 Visto el Oficio Nº 064-99-EF/12.01 y el Memorandum Nº 045-99-EF/75.23 de la Oficina de Inspectoria Interna y de la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficios Nºs. 038 y 075/99-FCCPPJD, el Presidente de la Federacion de Colegios de Contadores Publicos del Peru - Junta de Decanos, solicita la participacion de la senora CPC MORDAZA MORDAZA Tancun, Inspectora General de la Oficina de Inspectoria Interna y del senor CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Contador IV de la Direccion de Administracion Financiera de la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, en la XXIII Conferencia Interamericana de Contabilidad, que se realizara del 2 al 5 de agosto de 1999 en la MORDAZA de San MORDAZA, Puerto Rico, con el MORDAZA de la Asociacion Interamericana de Contabilidad; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los mencionados funcionarios, para que participen en dicho evento; Que, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 13590-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora CPC MORDAZA MORDAZA Tancun, Inspectora General de la Oficina de Inspectoria Interna y del senor CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Contador IV de la Direccion de Administracion Financiera de la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de San MORDAZA, Puerto Rico, del 1 al 5 de agosto de 1999, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente, segun se indica, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas: - Pasajes - Viaticos US$ 1 528,24 US$ 2 000,00

Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 9905

AGRICULTURA
Modifican articulo del D.S. Nº 011-97AG, sobre tierras eriazas vendidas u otorgadas en concesion al sector privado por la COPRI
DECRETO SUPREMO Nº 027-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Articulo 13º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 020-98-AG, dispuso que la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI es la encargada de vender u otorgar en concesion las tierras eriazas de (dominio del Estado) para el incremento de la produccion agraria; Que la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26505, sustituida por el Articulo 1º de la Ley Nº 26681, dispone que a partir de su vigencia el Estado procedera a la venta de las tierras eriazas de su dominio en subasta publica, no estableciendo restriccion alguna en cuanto al destino de las tierras que MORDAZA transferidas al sector privado; Que resulta necesario permitir que las inversiones a ser ejecutadas en las tierras eriazas de dominio del Estado, que MORDAZA vendidas u otorgadas en concesion al sector privado por parte de la COPRI, puedan ser destinadas a otras actividades economicas de mayor rentabilidad, aun cuando preferentemente deban destinarse al incremento de la produccion agraria; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el inciso 2) del Articulo 3º de la Ley del Poder Ejecutivo, dada por Decreto Legislativo Nº 560; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Sustituyase el texto del Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 011-97-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 020-98-AG, por el siguiente:

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