Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 1999 (09/06/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 174050

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de junio de 1999

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Constituyen comision encargada de investigar hechos relacionados con la presunta participacion de regidor en la aprobacion de la Ordenanza Nº 210 sobre Publicidad Exterior
ACUERDO DE CONCEJO Nº 113 MORDAZA, 7 de junio de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto el pedido formulado por el senor MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA Carmona; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia politica de la que gozan las municipalidades, el mismo numeral constitucional ha otorgado expresamente al Concejo la funcion fiscalizadora; Que, al respecto, el Articulo 36º, inciso 11) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, reglamentando la funcion fiscalizadora de los Concejos Municipales, dispone que estos tienen la atribucion de practicar las investigaciones que juzguen necesarias; Que, concordante con ello, el Articulo 3º, inciso 18), del Reglamento Interior del Concejo Metropolitano, aprobado por Edicto Nº 020, establece que corresponde al Concejo Metropolitano de MORDAZA el practicar las investigaciones que juzgue necesarias; Que, como es de conocimiento publico, se ha venido cuestionando en los diversos medios de comunicacion social la presunta participacion del senor Regidor del Concejo Metropolitano de MORDAZA, don MORDAZA Claux Koechlin, en la elaboracion y aprobacion de la Ordenanza Nº 210, por la que se aprobo el Reglamento para la Publicidad Exterior en la provincia de MORDAZA, asi como la intervencion de diversos Alcaldes de las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en cuanto a la suscripcion de supuestos convenios con empresas dedicadas a la publicidad exterior; Que, de otro lado, la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica ha venido realizando una investigacion sobre los hechos referidos en el considerando anterior, sin contar con acuerdo del Pleno del Congreso; Que, a este respecto, el Articulo 88º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Congreso de la Republica, que fuera publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de MORDAZA de 1998, dispone que para que las Comisiones Ordinarias del Congreso de la Republica puedan iniciar investigaciones sobre cualquier MORDAZA de interes publico, requieren necesariamente recibir el encargo expreso del Pleno del Congreso; Que, de acuerdo con el Articulo 94º de la Constitucion Politica del Estado, el Reglamento del Congreso de la Republica tiene fuerza de Ley; Que, la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica y, en particular, su Presidente, don MORDAZA Velit Nunez, sin contar con Acuerdo del Pleno del Congreso, ha iniciado irregularmente un MORDAZA de investigacion, citando, entre otros, a funcionarios de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de las empresas de propiedad de esta MORDAZA, asi como a diversos Alcaldes Distritales de la provincia de Lima; Que, conforme se desprende de las declaraciones del Congresista MORDAZA Velit Nunez, aparecidas en los diversos medios de comunicacion social, este ha adelantado opinion, danando el honor de personas y pretendiendo involucrar en una supuesta situacion irregular al senor MORDAZA Metropolitano de MORDAZA y a los senores Regidores del Concejo Metropolitano de MORDAZA que aprobaron la Ordenanza Nº 210, entre otros; Que, la actitud asumida por el senor Congresista MORDAZA Velit Nunez resulta etica y legalmente grave, pues los senores Congresistas de la Republica tienen el deber de respetar la Constitucion Politica del Estado, la Ley y el Reglamento del Congreso, conforme lo dispone expresamen-

te el Articulo 23º, inciso b) de este ultimo dispositivo legal, lo cual revela la existencia de una intencionalidad de caracter subalterno; Que, acudir a las citaciones que viene cursando el senor Presidente de la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica, don MORDAZA Velit Nunez, implicaria cohonestar la actitud de manifiesta ilegalidad en la que aquel viene incurriendo; De conformidad con lo establecido en el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades; ACORDO: 1º.- Constituir una Comision Investigadora conformada por los senores Regidores: Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira, Sr. MORDAZA Azcueta Gorostiza, y Sr. MORDAZA MORDAZA Escaffi Kahatt, con el objeto de investigar los hechos relacionados con la presunta participacion del senor Regidor del Concejo Metropolitano de MORDAZA, don MORDAZA Claux Koechlin, en la elaboracion y aprobacion de la Ordenanza Nº 210, por la que se aprobo el Reglamento para la Publicidad Exterior en la provincia de MORDAZA, asi como la intervencion de diversos Alcaldes de las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en cuanto a la suscripcion de supuestos convenios con empresas dedicadas a la publicidad exterior; debiendo elevar al Concejo Metropolitano de MORDAZA un informe sobre el particular en un plazo que no excedera de 45 dias. 2º.- Expresar al senor Presidente a.i. del Congreso de la Republica, don MORDAZA Marcenaro Frers, la extraneza del Concejo Metropolitano de MORDAZA, por la actitud asumida por el senor Congresista don MORDAZA Velit Nunez, quien, sin acuerdo expreso del Pleno del Congreso; viene irregularmente llevando a cabo un supuesto MORDAZA investigatorio, manifiestamente viciado de nulidad, en MORDAZA transgresion del propio Reglamento del Congreso de la Republica. 3º.- Disponer que los funcionarios de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de las empresas de propiedad de esta MORDAZA, concurriran a las citaciones que viene cursando el senor Presidente de la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica don MORDAZA Velit Nunez en tanto se de estricto cumplimiento a lo previsto en el Reglamento del Congreso de la Republica. 4º.- Disponer que el presente Acuerdo se haga de conocimiento publico. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 7559

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Declaran improcedente reconsideraciones interpuestas contra la R.A. Nº 0312-99
RESOLUCION Nº 1178 Lince, 20 de MORDAZA de 1999 VISTO: La Resolucion de Alcaldia Nº 0312-99 de fecha 11 de febrero de 1999, los Recursos de Reconsideracion interpuestos por el SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el Informe Legal Nº 1259-99MDL/OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Servidor Tecnico A, desempenaba por encargo las funciones de Jefe de la Unidad de Personal, cargo de funcionario cuando incurrio en las faltas que se le imputan por lo que al igual que los otros funcionarios se le comprendio dentro de los alcances de la Comision Especial de Procesos Administrativos para funcionarios; Que, en el Art. 2º (parte resolutiva) de la impugnada Resolucion de Alcaldia Nº 0312-99 se declara IMPROCE-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.