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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (09/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 174050 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de junio de 1999 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Constituyen comisión encargada de investigar hechos relacionados con la presunta participación de regidor en la aprobación de la Ordenanza Nº 210 sobre Publicidad Exterior ACUERDO DE CONCEJO Nº 113 Lima, 7 de junio de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto el pedido formulado por el señor Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, doctor Alberto An- drade Carmona; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política de la que gozan las municipalidades, el mismo numeral constitucional ha otorgado expresamente al Concejo la función fiscalizadora; Que, al respecto, el Artículo 36º, inciso 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, reglamentando la función fiscalizadora de los Concejos Municipales, dispone que éstos tienen la atribución de practicar las investigacio- nes que juzguen necesarias; Que, concordante con ello, el Artículo 3º, inciso 18), del Reglamento Interior del Concejo Metropolitano, aprobado por Edicto Nº 020, establece que corresponde al Concejo Metropolitano de Lima el practicar las investigaciones que juzgue necesarias; Que, como es de conocimiento público, se ha venido cues- tionando en los diversos medios de comunicación social la presunta participación del señor Regidor del Concejo Metro- politano de Lima, don Augusto Claux Koechlin, en la elabora- ción y aprobación de la Ordenanza Nº 210, por la que se aprobó el Reglamento para la Publicidad Exterior en la provincia de Lima, así como la intervención de diversos Alcaldes de las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima en cuanto a la suscripción de supues- tos convenios con empresas dedicadas a la publicidad exterior; Que, de otro lado, la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República ha venido realizando una investi- gación sobre los hechos referidos en el considerando anterior, sin contar con acuerdo del Pleno del Congreso; Que, a este respecto, el Artículo 88º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Congreso de la República, que fuera publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de mayo de 1998, dispone que para que las Comisiones Ordinarias del Congreso de la República puedan iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público, requieren necesa- riamente recibir el encargo expreso del Pleno del Congreso; Que, de acuerdo con el Artículo 94º de la Constitución Política del Estado, el Reglamento del Congreso de la Repú- blica tiene fuerza de Ley; Que, la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República y, en particular, su Presidente, don Miguel Velit Núñez, sin contar con Acuerdo del Pleno del Congreso, ha iniciado irregularmente un proceso de investigación, citando, entre otros, a funcionarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de las empresas de propiedad de esta última, así como a diversos Alcaldes Distritales de la provincia de Lima; Que, conforme se desprende de las declaraciones del Con- gresista Miguel Velit Núñez, aparecidas en los diversos medios de comunicación social, éste ha adelantado opinión, dañando el honor de personas y pretendiendo involucrar en una supuesta situación irregular al señor Alcalde Metropolitano de Lima y a los señores Regidores del Concejo Metropolitano de Lima que aprobaron la Ordenanza Nº 210, entre otros; Que, la actitud asumida por el señor Congresista Miguel Velit Núñez resulta ética y legalmente grave, pues los señores Congresistas de la República tienen el deber de respetar la Constitución Política del Estado, la Ley y el Reglamento del Congreso, conforme lo dispone expresamen-te el Artículo 23º, inciso b) de este último dispositivo legal, lo cual revela la existencia de una intencionalidad de carácter subalterno; Que, acudir a las citaciones que viene cursando el señor Presidente de la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República, don Miguel Velit Núñez, implicaría cohonestar la actitud de manifiesta ilegalidad en la que aquél viene incurriendo; De conformidad con lo establecido en el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades; ACORDO: 1º.- Constituir una Comisión Investigadora conformada por los señores Regidores: Sra. María Amanda Velásquez Escalante, quien la presidirá, Sr. Miguel Azcueta Gorostiza, y Sr. José Luis Escaffi Kahatt, con el objeto de investigar los hechos relacionados con la presunta participación del señor Regidor del Concejo Metro- politano de Lima, don Augusto Claux Koechlin, en la elabora- ción y aprobación de la Ordenanza Nº 210, por la que se aprobó el Reglamento para la Publicidad Exterior en la provincia de Lima, así como la intervención de diversos Alcaldes de las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en cuanto a la suscripción de supues- tos convenios con empresas dedicadas a la publicidad exterior; debiendo elevar al Concejo Metropolitano de Lima un informe sobre el particular en un plazo que no excederá de 45 días. 2º.- Expresar al señor Presidente a.i. del Congreso de la República, don Ricardo Marcenaro Frers, la extrañeza del Concejo Metropolitano de Lima, por la actitud asumida por el señor Congresista don Miguel Velit Núñez, quien, sin acuerdo expreso del Pleno del Congreso; viene irregular- mente llevando a cabo un supuesto proceso investigatorio, manifiestamente viciado de nulidad, en clara transgresión del propio Reglamento del Congreso de la República. 3º.- Disponer que los funcionarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de las empresas de propiedad de esta última, concurrirán a las citaciones que viene cursando el señor Presidente de la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República don Miguel Velit Núñez en tanto se dé estricto cumplimiento a lo previsto en el Reglamento del Congreso de la República. 4º.- Disponer que el presente Acuerdo se haga de conoci- miento público. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 7559 MUNICIPALIDAD DE LINCE Declaran improcedente reconsidera- ciones interpuestas contra la R.A. Nº 0312-99 RESOLUCION Nº 1178 Lince, 20 de mayo de 1999 VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 0312-99 de fecha 11 de febrero de 1999, los Recursos de Reconsideración inter- puestos por el SR. PEDRO CORDOVA VARGAS y el SR. HECTOR IRIARTE ROJAS, y el Informe Legal Nº 1259-99- MDL/OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Sr. Pedro Córdova Vargas, Servidor Técnico A, desempeñaba por encargo las funciones de Jefe de la Unidad de Personal, cargo de funcionario cuando incurrió en las faltas que se le imputan por lo que al igual que los otros funcionarios se le comprendió dentro de los alcances de la Comisión Especial de Procesos Administrativos para funcionarios; Que, en el Art. 2º (parte resolutiva) de la impugnada Resolución de Alcaldía Nº 0312-99 se declara IMPROCE-