Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 1999 (09/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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TASA DE INTERES LABORAL DECRETO LEY Nº 25920 (Circulares BCR Nºs. 024 y 025-96-EF/90) (**) (Circular BCR Nº 007-99-EF/90) (***) MORDAZA 1999 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 MONEDA NACIONAL TASA(1) FACTOR FACTOR % DIARIO ACUMUL.(*) 16,28 16,28 16,39 16,28 16,26 16,04 16,45 16,45 16,45 16,28 16,26 16,27 16,26 16,16 16,16 16,16 16,25 15,97 16,01 16,02 16,01 16,01 16,01 15,95 15,95 15,89 15,88 15,84 15,84 15,84 15,61 0,00042 0,00042 0,00042 0,00042 0,00042 0,00041 0,00042 0,00042 0,00042 0,00042 0,00042 0,00042 0,00042 0,00042 0,00042 0,00042 0,00042 0,00041 0,00041 0,00041 0,00041 0,00041 0,00041 0,00041 0,00041 0,00041 0,00041 0,00041 0,00041 0,00041 0,00040 1,21384 1,21426 1,21468 1,21510 1,21552 1,21594 1,21636 1,21678 1,21721 1,21762 1,21804 1,21846 1,21888 1,21930 1,21971 1,22013 1,22055 1,22096 1,22137 1,22178 1,22220 1,22261 1,22302 1,22343 1,22384 1,22425 1,22466 1,22507 1,22548 1,22589 1,22629

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de junio de 1999

MONEDA EXTRANJERA TASA(2) FACTOR FACTOR % DIARIO ACUMUL.(*) 5,78 5,78 5,73 5,71 5,68 5,70 5,74 5,74 5,74 5,72 5,72 5,72 5,71 5,70 5,70 5,70 5,70 5,72 5,70 5,71 5,69 5,69 5,69 5,69 5,69 5,82 5,67 5,65 5,65 5,65 5,61 0,00016 0,00016 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00016 0,00016 0,00016 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00016 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,00015 0,39151 0,39166 0,39182 0,39197 0,39213 0,39228 0,39244 0,39259 0,39275 0,39290 0,39305 0,39321 0,39336 0,39352 0,39367 0,39383 0,39398 0,39413 0,39429 0,39444 0,39460 0,39475 0,39490 0,39506 0,39521 0,39537 0,39552 0,39567 0,39583 0,39598 0,39613

das en razon de sus cargos como servidores de ADUANAS; asi tambien se evidencia presunta responsabilidad penal por parte de MORDAZA URDANIVIA SARACONDEGUI (ex Intendente de la Aduana Postal), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, PUPE MORDAZA RIEGA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Jefes del Departamento de Recaudacion y Contabilidad de la Intendencia de la Aduana Postal), quienes en el transcurso del periodo investigado (1996 y parte de 1997) se desempenaron en los cargos precedentemente especificados, no habiendo actuado de manera diligente en el cumplimiento de sus funciones de administracion y custodia de los caudales obtenidos de la recaudacion aduanera, infringiendo asi el deber de cuidado necesario a fin de cautelar los ingresos del Estado; Que, los hechos anteriormente descritos, por la forma y circunstancia en que se produjeron, configuran el delito contra la Administracion Publica en la modalidad de Peculado en agravio del Estado, previsto y penado por el Articulo 387º del Codigo Penal, lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Publico de esta Superintendencia, para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas -Decreto Legislativo Nº 809-; SE RESUELVE: Articulo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas para que en defensa y representacion de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA VELASCO MORDAZA, MORDAZA URDANIVIA SARACONDEGUI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, PUPE MORDAZA RIEGA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, debiendose para el efecto remitirsele la documentacion actuada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 7536

(1) ANUAL - MONEDA NACIONAL (2) ANUAL - MONEDA EXTRANJERA (*) ACUMULADO DESDE EL 92-12-3 (**) A PARTIR DEL 1-8-96 (***) A PARTIR DEL 15-3-99

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ADUANAS

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA CONSUCODE judicial contra ex servidores de ADUANAS por presunto delito contra la Admi- Modifican resolucion referida a la publicacion de avisos de "Contratacionistracion Publica nes y Adquisiciones del Estado, Ley RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000648 Nº 26850" en el Diario Oficial El Peruano
Callao, 7 de junio de 1999 Vistos, el Atestado Nº 019-99-ADUANAS-PP-UIE del 31.MAY.99; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de las Hojas Informativas Nºs. 072-97 y 101-98-ADUANAS/OAI del 25.JUL.97 y 10.NOV.98 respectivamente, elaboradas por la Oficina de Auditoria Interna de ADUANAS, en el MORDAZA de acciones de control efectuadas a la Oficina de Aduana Postal de Lince dependiente de la Intendencia de la Aduana Postal, se tomo conocimiento de irregularidades existentes en el tramite de las Declaraciones Simplificadas numeradas durante los meses de MORDAZA y MORDAZA de 1997 por ante la precitada Oficina, al no haberse efectuado la rendicion y deposito de la recaudacion aduanera, producto de sus correspondientes liquidaciones; habiendose derivado los actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales Adscrita a la Superintendencia Nacional de Aduanas para su investigacion tecnico policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha Unidad, con el concurso de la Primera Fiscalia Provincial Penal del Callao, se ha formulado el Atestado de Vistos, en el cual se evidencia la presunta responsabilidad penal por parte de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex cajero de la Oficina de Aduana Postal de Lince) y de MORDAZA VELASCO MORDAZA (ex cajero de la Intendencia de la Aduana Postal) en los precitados hechos al haberse apropiado de manera sistematica de $11,247.42, $18,100.09, $15,492.89, $113,743.98 dolares americanos y S/. 10,369.38 nuevos soles, cuya percepcion y custodia les fueron conferiCONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 068-99-CONSUCODE/PRE San MORDAZA, 4 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 019-99-CONSUCODE(PRE) de fecha 21 de enero de 1999, se aprobaron normas para la implementacion de "Seccion Especial" en el "Boletin Oficial" del Diario Oficial El Peruano, seccion que fue creada en el "Item E" del rubro Avisos de Curso Legal con la denominacion "Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850", donde se publican los avisos de los procesos de seleccion; Que, a fin de mejorar el servicio en la publicacion de este MORDAZA de avisaje es necesario modificar la Resolucion en referencia a fin que el Diario Oficial El Peruano tenga todas las facilidades para reubicar esta seccion especial y la distribucion de sus avisos para facilitar la publicacion de estos; En virtud a lo expuesto y en cumplimiento de lo ordenado en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese la Resolucion Nº 019-99CONSUCODE(PRE) de fecha 21 de enero de 1999, en los extremos referidos a la ubicacion de la "Seccion Especial" denominada "Contrataciones y Adquisiciones del Estado,

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