Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 1999 (22/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, martes 22 de junio de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

http://www.editoraperu.com.pe

ANO XVII - Nº 6937

Pag. 174479

AGRICULTURA
Precisan que obras ejecutadas por el INADE a traves de proyectos y programas nacionales, no estan sujetas al pago de derechos por explotacion de materiales a que se refiere la Ley Nº 26737
DECRETO SUPREMO Nº 022-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26737 establece que se pagara al Estado un derecho por la explotacion de los materiales que acarreen y depositen las aguas en sus alveos o cauces; Que, el Reglamento de la MORDAZA citada, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-97-AG, en su Articulo 14º fija el monto de los derechos a abonarse por concepto de extraccion de material de acarreo con relacion al volumen solicitado; Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, a traves de sus Proyectos Especiales y Programas Nacionales ejecuta obras civiles, principalmente de infraestructura hidraulica, mantenimiento, rehabilitacion o construccion de carreteras, entre otras, utilizando materiales de acarreo; Que, asimismo, las obras descritas en el considerando anterior son de dominio y uso publico; Que, en consecuencia, el uso de los referidos recursos naturales por parte del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE no implica una explotacion lucrativa de los mismos; Que, el pago de dicho derecho origina una distraccion de los fondos publicos destinados a la ejecucion de nuevas obras en beneficio del pais; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario precisar que las obras ejecutadas por el Estado, a traves del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, no estan sujetas al derecho a abonarse por extraccion de materiales a que se refiere la MORDAZA citada; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Precisese que las obras de infraestructura hidraulica y vial ejecutadas por el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE a traves de sus Proyectos Especiales y Programas Nacionales, no estan sujetas al pago del derecho creado mediante Ley Nº 26737. Articulo 2º.- El Instituto Nacional de Desarrollo INADE no esta exento del cumplimiento de las obligaciones formales establecidas en el Reglamento de la citada Ley. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de la Presidencia y de Agricultura.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 8136

Designan Jefe de la Unidad de Ejecucion del Proyecto de Titulacion y Registro de Tierras
RESOLUCION SUPREMA Nº 056-99-AG MORDAZA, 21 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Unidad de Ejecucion del Proyecto de Titulacion y Registro de Tierras del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y de los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Dr. MORDAZA MORDAZA Chavez-Ferrer Derteano como Jefe de la Unidad de Ejecucion del Proyecto de Titulacion y Registro de Tierras del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 8137

ECONOMIA Y FINANZAS
Establecen disposiciones aplicables a la cesion de posicion contractual en Contratos de Inversion celebrados al MORDAZA de la Ley Nº 26911
DECRETO SUPREMO Nº 100-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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