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Pág. 174504 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de junio de 1999 RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 054-99-PCM Lima, 21 de junio de 1999 Visto el Expediente Nº 3990-99 presentado por Cáritas del Perú, sobre aprobación de donación; CONSIDERANDO: Que mediante Certificado de Donación, legalizado por el Consulado del Perú en Miami, Catholic Community Services de la Arquidiócesis de Miami, con sede en Miami, Estados Unidos, efectúa una donación de bienes a favor de Cáritas del Perú; Que según Conocimiento de Embarque Nº CAO-016 de fecha 24 de mayo de 1999, extendido por la Compañía K C Services, Inc., se consigna que la mercadería dona- da ha sido enviada en el contenedor Nº TSLU891024-7 y embarcada en el Puerto Marítimo de Everglades, Estados Unidos, a bordo del vapor Wasaborg V-01, con destino al Puerto Marítimo del Callao, Perú; Que la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Minis- tros; Que, la importación de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentran inafectas al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809 respectivamente; Que, en consecuencia, es procedente que la Presiden- cia del Consejo de Ministros apruebe la donación solici- tada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, De- creto Legislativo Nº 821, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujeción a lo estable- cido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supre- mo Nº 041-94-PCM y Resolución Ministerial Nº 039- 96-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional, y el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la donación de bienes efectuada por Catholic Community Services de la Arqui- diócesis de Miami, con sede en Miami, Estados Unidos, consistente en 43 bultos conteniendo accesorios y equipos de cómputo, con un valor FOB de US$ 24.971,00 y un peso bruto de 602,00 k., a favor de Cáritas del Perú, la que será destinada al apoyo de las actividades que realiza en beneficio de las personas de escasos recursos económicos en Lima y a través de las Cáritas Diocesanas de Ayaviri, Juli, Cusco, Sicuani, Huánuco, Tarma, Chanchamayo - Oxapampa. Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remita a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Téc- nica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolución Suprema Nº 508-93- PCM. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR CAMACHO ORLANDINI Secretario General 8123RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 055-99-PCM Lima, 21 de junio de 1999 Visto el Expediente Nº 3989-99 presentado por Cáritas del Perú, sobre aprobación de donación; CONSIDERANDO: Que mediante Certificado de Donación, legaliza- do por el Consulado del Perú en Miami, Food for the Poor, Inc., con sede en Florida, Estados Unidos, efec- túa una donación de bienes a favor de Cáritas del Perú; Que según Conocimiento de Embarque Nº SEAU770313091 de fecha 2 de junio de 1999, extendido por la Compañía Sea-Land Service, Inc., se consigna que la mercadería donada ha sido enviada en los contenedores Nºs. SEAU839319-2 / SEAU466814-1 / SEAU840847-7 / SEAU852441-4 / SEAU843595-5 y embarcada en el Puer- to Marítimo de Charleston, Estados Unidos, a bordo del vapor Maersk Tennessee, con destino al Puerto Marítimo del Callao, Perú, Que la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacio- nal de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la importación de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentran inafectas al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809 respectivamente; Que, en consecuencia, es procedente que la Presiden- cia del Consejo de Ministros apruebe la donación solici- tada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Le- gislativo Nº 821, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujeción a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 041-94- PCM y Resolución Ministerial Nº 039-96-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional, y el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la donación de bienes efectuada por Food for the Poor, Inc., con sede en Florida, Estados Unidos, consistente en 4,433 sacos de dormir, con un valor C& F de US$ 494.115,85 y un peso bruto de 152.405,00 k., a favor de Cáritas del Perú, la que será distribuida a las familias damnifica- das por la emergencia ocurrida en la selva peruana y destinada al apoyo de las actividades que realiza a través del Programa de Promoción Humana y Asisten- cia Social en beneficio de la población de escasos recursos a nivel nacional. Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remi- ta a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Inter- nacional de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolu- ción Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR CAMACHO ORLANDINI Secretario General 8124