Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 1999 (23/06/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 23 de junio de 1999
RESOLUCION JEFATURAL Nº 155-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 10 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

Pag.174517

Visto el Informe Nº 091-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 5 de MORDAZA de 1999. CONSIDERANDO:

Visto el Memorandum Nº 105-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 27 de enero de 1999. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ha celebrado Contrato de Locacion de Servicios con la empresa Special Logistic Service S.A., a fin de que esta MORDAZA destaque personal idoneo, tecnica y moralmente, para el cumplimiento de los servicios y procedimientos administrativos que presta la entidad; Que, conforme los informes remitidos por la Oficina Regional del Registro X - MORDAZA, los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yone del Rio MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sheyla MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el ciudadano de nombre MORDAZA MORDAZA Munante se habrian apropiado indebidamente de los recaudos por derechos de tramite recepcionados directamente de los usuarios, por concepto de derechos registrales, consignados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, la Gerencia de Control Interno del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ha efectuado una accion de control que confirman los hechos expuestos y conforme lo dispuesto en el literal f), del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 14207, las acciones de control efectuadas por cualquier organo del sistema tienen calidad de prueba preconstituida; Que, las consideraciones glosadas conllevan a presumir la existencia de indicios razonables de la comision de delito de apropiacion ilicita en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, razon por la cual resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yone del Rio MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sheyla MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el ciudadano de nombre MORDAZA MORDAZA Munante y contra quienes resulten responsables, por presunto delito de apropiacion ilicita en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 8168

Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que persona no identificada ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rodriguez. Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la administracion publica y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente. Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitandose al Ministerio Publico y la Direccion de la Policia Nacional del Peru, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificacion de los sujetos que han suplantado al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rodriguez. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la administracion publica y la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 8167 RESOLUCION JEFATURAL Nº 161-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 10 de junio de 1999 Visto el Informe Nº 118-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 12 de MORDAZA de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que persona no identificada ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Unocc. Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la administracion publica y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente. Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra

Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales contra presuntos responsables de delitos contra el estado civil, la administracion y la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 154-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 10 de junio de 1999

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.